Ley de segunda oportunidad

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Ley de segunda oportunidad

La ley de segunda oportunidad no es nueva pero sí relativamente novedosa en España. Sirve para exonerar o cancelar deudas y desde hace tiempo se venía aplicando en Europa y con diferentes nombres en Estados Unidos.

La medida es el equivalente de los procesos concursales y de bancarrota en empresas, sólo que llevado al ámbito personal y de los autónomos. Está regulada por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. En este enlace puedes ver el pdf de la Ley de Segunda Oportunidad según figura en el BOE y en este otro la última actualización a través de la Ley 16/2022.

Cómo funciona 

La Ley de segunda oportunidad es el proceso administrativo que permite entrar en concurso de acreedores a un particular, siempre que cumpla determinados requisitos.

En otras palabras,  se trata de un procedimiento para negociar primero con el acreedor (banco, financiera, clientes…) y después, en caso de no alcanzar un acuerdo, pedir la cancelación de la deuda al juez.

Una de las principales novedades introducidas en 2022 es que ahora ya no es imprescindible liquidar el patrimonio del deudor. En otras palabras, que no siempre va a ser necesario vender tu casa o tus pertenencias para hacer frente a la deuda.

Qué puedes conseguir acogiéndote a la Ley de Segunda Oportunidad

En primera instancia, un acuerdo extrajudicial para el pago de la deuda. Es decir, renegociar la forma en la que vas a devolver el dinero teniendo en cuenta que también necesitarás un dinero para vivir. Esto te puede permitir desde ampliar los plazos de pago hasta reducir lo que pagas cada mes, por ejemplo.

¿Y no podrías renegociar el pago de la deuda sin iniciar el proceso de la segunda oportunidad? Por su puesto que sí. De hecho, lo normal es hacerlo. Sin embargo, con esta ley añades un elemento de presión más.

Una vez inicias el proceso, el acreedor sabe al final del camino está el juez esperando y que podrá decidir cancelar la deuda o una parte de ella. Y es que, en caso de no alcanzar acuerdo es cuando se llegaría a la vía judicial, donde se puede obtener la cancelación o exoneración de la deuda.

En otras palabras, si los acreedores no se muestran receptivos en la negociación, el juez puede decidir cancelar toda la deuda y que no reciban nada. Por eso, esta ley para cancelar deudas supone un incentivo para que lleguen a un acuerdo.

Quienes pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada principalmente para ciudadanos particulares y para autónomos. A partir de ahí, cualquier persona que cumpla con los requisitos de la segunda oportunidad podrá acogerse a ella.

El nombre se debe a que la cancelación de la deuda permite empezar desde cero a estos colectivos, que hasta 2015 debían sí o sí el pago de sus deudas con todo su patrimonio, tanto presente como futuro.

Eso sí, este proceso no es gratuito y necesitarás dinero para hacer frente al mismo. Los últimos cambios han abaratado el coste, ya que ahora no hay que pagar un mediador concursal.

La mayoría de expertos no recomiendan acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad si el montante total de la deuda no supera los 10.000 euros.

Cuáles son los requisitos para beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad

El texto legal establece las condiciones que deben darse para poder iniciar el proceso. Básicamente hay tres condiciones para acogeré a la segunda oportunidad para eliminar la deuda.:

  1. Acreditar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas o que éste ya se ha liquidado. La vivienda tiene una consideración especial, como veremos más adelante.
  2. Además, las deudas obligaciones totales no podrán superar en ningún caso los 5 millones de euros.
  3. La buena fe del deudor.

Es precisamente este último punto de los requisitos de la segunda oportunidad el que más dudas genera.

Qué es la buena fe del deudor

Para que un deudor sea considerado deudor de buena fe vuelve a tener que cumplir con ciertos requisitos. Son los siguientes.

  • En el caso de los autónomos, no haber sido declarado culpable en el concurso de acreedores. En otras palabras, que se estime que la situación no ha sido provocada a posta por el emprendedor. Para ello deberá haber solicitado el concurso en los dos meses posteriores a detectar la insolvencia. En el caso de los particulares este punto es muy difícil de demostrar y aplicar.
  • También en el caso de los autónomos y emprendedores, no se podrá haber acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores.
  • Que no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

Una de las mejoras en la Ley de Segunda oportunidad es que ya no es necesario haber tratado de alcanzar un acuerdo extrajudicial con el deudor para acogerte a ella.

Es decir, ahora puedes optar por iniciar este proceso sin necesidad de negociar con los deudores, algo que de todas formas es recomendable.

Otra mejora que flexibiliza los requisitos para que el deudor solicite la Ley de Segunda Oportunidad es que se ha eliminado el requisito de no haber rechazado una oferta de empleo “adecuada a su capacidad”.

Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

El proceso de la Ley de Segunda Oportunidad se divide en dos pasos o instrumentos. El primero es negociar con los acreedores. El segundo es el beneficio de exoneración de deudas, que tiene que ser un juez quien lo decida. 

Como ya hemos indicado, el primer paso es intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con la empresa, banco o entidad financiera. Y es que, se supone que recurrir a una medida tan drástica como esta debe ser la última opción.

Por eso mismo lo primero es negociar la devolución de la deuda, bien ampliando plazos o solicitando quitas parciales.

En caso de fallar esta negociación es cuando se activará la vía de la Ley de Segunda Oportunidad. 

Cómo es el acuerdo extrajudicial

El acuerdo extrajudicial previo que siempre hay que intentar alcanzar estará tutelado con un juez y se podrá contar con la ayuda de un mediador concursal, aunque ya no es no es obligatorio hacerlo.

Hasta ahora, para que el acuerdo llegase a buen puerto el emprendedor tendrá que compensar a los acreedores con todos los bienes que tenga y que no necesite para desarrollar su actividad como por ejemplo un taxi.

La nueva Ley de Segunda Oportunidad elimina este requisito. En otras palabras, ahora como deudor puedes decidir que no quieres perder tus bienes y, por lo tanto, no liquidar tu patrimonio, siempre que cumplas ciertos requisitos.

Además, deberá proponer un plan de viabilidad y un calendario de pagos para hacer frente a las deudas. Esto también aplica a particulares, por lo que es importante tener ingresos para negociar. 

Este proceso de negociación no se podrá alargar más de dos meses.

Si ya tienes problemas para afrontar tus deudas, esperar hasta el final o a quedarte sin empleo para acudir a esta herramienta no es una buena solución.

En caso de no alcanzar acuerdo…

Si no hay acuerdo extrajudicial se entrará en la fase de concurso consecutivo, durante la cual el juez podrá exonerar el 100% de la deuda en lugar del 75%.

Además, durante el proceso judicial se paralizan los embargos y ejecuciones hipotecarias e incluso se puede pedir la paralización del pago de las cuotas de la deuda hasta que se resuelva la cuestión, aunque esto último es menos habitual.

Qué deudas se pueden cancelar

¿Se pueden cancelar todas las deudas? No. La Ley de Segunda Oportunidad no elimina todas las deudas.

Los artículos 487 y siguientes aclaran que se podrán cancelar las deudas ordinarias y subordinadas y la parte exceda de la garantía en un crédito privilegiado. En otras palabras, la deuda pendiente después de la subasta y ejecución de un inmueble.

Lo que no se contabilizarán son las nuevas deudas que se hayan contraído después de iniciar el proceso. Si te sigues endeudando, la Segunda Oportunidad no computará esa nueva deuda.

¿Qué ocurre con las deudas con Hacienda y la Seguridad Social? Una de las últimas sentencias sobre la Segunda Oportunidad afecta directamente este tipo de deudas.  En concreto, una sentencia del Tribunal Supremo en Julio de 2019 permite la exoneración de hasta un 70% de las deudas contraídas con las Administraciones Públicas.

En otras palabras, ahora el juez puede decidir también condonar parte de las deudas con la Seguridad Social y con Hacienda para los autónomos que se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad.

La nueva Ley de Segunda Oportunidad limita la cuantía hasta un máximo de 20.000 euros.

En resumen, la Ley de Segunda Oportunidad te permitirá cancelar las siguientes deudas:

  • Deudas contraídas antes de recurrir a esta herramienta. Esto incluye todo tipo de deudas, desde préstamos bancarios, tarjetas de crédito, préstamos preconcedidos y los préstamos como empresario.
  • Deudas con la Seguridad Social y Hacienda hasta un máximo de 20.000 euros (10.000 con Hacienda y otros 10.000 con la Seguridad Social como mucho).

¿Qué pasa con las deuda durante el proceso de segunda oportunidad?

¿Hay que seguir pagando las deudas al acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad? Esta es una pregunta recurrente y lógica. La respuesta rápida es sí. Iniciar el proceso no cancela la obligación de seguir pagando los préstamos, créditos y demás deudas. 

Se puede solicitar la congelación de los pagos, pero el juez puede denegarlo.

No ocurre lo mismo con los embargos. Una de las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad es que sí se paralizan los embargos y ejecuciones hipotecarias. Mientras dure el proceso no podrán embargarte ni vender tu casa, aunque si no pagas, la deuda seguirá creciendo.

¿Cubre la Ley de Segunda Oportunidad las hipotecas?

El texto indica que quedan fuera de su aplicación las deudas garantizadas con prenda e hipoteca. Sin embargo, esto no quiere decir que la Ley de Segunda Oportunidad no se aplique a las hipotecas.

Y es que, la Ley sí afecta a la cantidad restante por pagar del préstamo después de la ejecución hipotecaria. Para que lo entiendas mejor, según la legislación española, si tras subastar tu cada el banco no obtiene suficiente dinero como para saldar la hipoteca, seguirás debiendo dinero. Es decir, si compraste tu casa por 300.000 euros, te va mal, el banco te la quita y la subasta por 200.000 euros, todavía deberás 100.000 euros.

La Ley de Segunda Oportunidad pone fin a esa situación. En el concurso consecutivo se puede cancelar el 100% de esta deuda aplicando lo que sería una dación en pago de facto. Es decir, puedes perder tu casa, pero te aseguras que la deuda quedará 100% cancelada.

En este sentido, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser una vía de escape para quienes hayan perdido su casa, pero sigan arrastrando deudas por la hipoteca o quienes no quieren perder su casa por las deudas que tienen al margen de la hipoteca.

¿Con la ley de segunda oportunidad pierdo mi vivienda?

¿Y si todavía mantienes tu vivienda, pero no tiene hipoteca o está al corriente de pago? Antes uno de los los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad figura el haber liquidado el patrimonio para el pago de las deudas. En teoría, esto afectaría a la vivienda. 

Es decir, hasta septiembre de 2022 tu casa es una posibilidad con la Ley de Segunda Oportunidad.

Sin embargo, los últimos cambios dejan fuera de la Segunda Oportunidad la vivienda habitual. En otras palabras, que no es necesario vender o perder la casa en el proceso, siempre que la hipoteca esté al corriente de pago o ya saldada

Ahora puedes optar por mantener tu casa y establecer un plan de pagos para hacer frente a la deuda. La duración de este plan de pagos será de entre 3 y 5 años.

La parte negativa es que habrá que seguir pagando la hipoteca y que no se realizarán recortes sobre la misma (aquí puedes ver 3 formas de pagar menos por la hipoteca). En otras palabras, el juez no reducirá la deuda de la hipoteca, aunque siempre puedes pactar una ampliación del plazo para reducir la cuota.

¿Las deudas se cancelan para siempre? ¿Es posible revocar la exoneración?

En realidad, las deudas no desaparecen hasta pasados 5 años. Hasta entonces la remisión será provisional, aunque no tendrás que pagarlas. Sólo quiere decir que el Estado se reserva 5 años para revisar el caso por si los acreedores encuentran alguna circunstancia fraudulenta.

En concreto, el acreedor podrá pedir la revisión si entiende que has obrado de mala fe o si descubre que has hecho trampas. En este sentido, este proceso está más pensado para reestructurar la deuda que para no pagarla, de ahí que exista un periodo de 5 años para revisarlo.

La mala fe puede ir desde haber realizado algún fraude en los 10 años anteriores hasta no haber aceptado un trabajo adecuado para ti en los cuatro años anteriores a que empezase el concurso.

¿Seguirás dentro de los ficheros de morosos?

Una de las mejoras de 2022 es que la salida de los ficheros de morosos e informes de riesgos financieros se realiza al momento.

De hecho, el juzgado debe encargarse de pedir a los ficheros que eliminen tus datos de forma inmediata.

¿Quién te puede ayudar a acogerte a la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad no entra dentro de la justicia gratuita. En otras palabras, salvo que cumplas una serie de requisitos muy estrictos no podrás contar con un abogado de oficio para activar la segunda oportunidad.

Por eso mismo, hemos realizado un acuerdo con los mayores especialistas de España en la aplicación de ley de segunda oportunidad. Rellena este formulario y te llamarán en menos de 24 horas. Te dirán si te puedes acoger en tu caso concreto y te ayudarán a hacerlo:

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¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Mi nombre es Luis Pita y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2036.

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496 Comments on “Ley de segunda oportunidad”

  1. Hola,

    Debo cerca de 10.000€. 5000€ a la seguridad social y otros 5000€ a entidades financieras que han vendido a una cobradora que me acosa y amenaza con demandarme.

    No tengo patrimonio ni bienes (algo heredare pero para eso faltan decadas), estoy en paro de larga duración y apenas he conseguido trabajos puntuales que me permitian pagar algo de comer para no depender completamente de mis padres (vivo con ellos)

    ¿La ley de la segunda oportunidad podria ayudarme? Al estar endeudada con administración pública tampoco puedo pedir ninguna ayuda ni renta mínima.

    No tengo ingresos ni forma viable de pagar mis deudas porque llevo mas de un lustro sin ingresos regulares y no tengo visos de conseguir un trabajo por mi elevada edad.

    1. Buenas María,

      La ley de segunda oportunidad podría ayudarte, aunque normalmente tiene sentido para deudas superiores a 15.000 euros.

  2. Buenas, tengo una deuda superior a 15.000€ con varios prestamistas online de mala reputación (lo cual desconocía) que dejé de pagar por ahogamiento financiero y un préstamo con el banco Santander que sigo pagando.
    Tengo un sueldo de unos 1400€ netos mas 2 pagas extras y no tengo bienes.
    Llevo muchos meses sin pagar a esos prestamistas.

    El problema mas gordo que tengo es que soy ludopata y aunque he intentado varias veces evitar las apuestas siempre acabo volviendo. Empiezo controlándome las cantidades y como tenga un día malo me gasto todo el sueldo. Soy consciente de ello pero no puedo permitirme contárselo a nadie para que me ayude, sería mi ruina social.

    Puedo solicitar la ley de segunda oportunidad?

    1. Buenas Manuel,

      Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, aunque quienes mejor pueden orientarte son los expertos que aparecen en el artículo. Ellos analizarán tu caso y te dirán como proceder. Solo tienes que rellenar el cuestionario que ves en el artículo.

      En cuanto al problema de ludopatía, puedes empezar por tratarlo con un profesional si todavía no lo has probado o pedir ayuda a tu círculo más cercano. Si es tan acuciado como comentas, cuanto antes busques solución, mejor, por más que pueda tener su factura a nivel social.

      1. Tengo una deuda de 45.000€ no puedo pagarla me piden en total de todo para pagar no tengo recursos estoi en el paro…

        1. Buenas Sandra,

          La Ley de Segunda Oportunidad está pensada para situaciones como la tuya.

    2. Hola debo sobre 45000 euros entre préstamos y tarjetas soy ludópata y ya no puedo pagar los préstamos tengo piso al 50%con mi pareja y cobro 2100 euros soy funcionario..pero quiero dejarla fuera de esto y no perder mi piso

      1. Lamento enormemente la situación, Marcos,
        En un caso como el tuyo lo primero sería buscar ayuda para tartar tu problema con el juego. A partir de ahí, podrías buscar fórmulas para pagar esa deuda.

        En cuanto a la Ley de Segunda Oportunidad, podría reclamar el 50% de tu casa dentro de la misma.

  3. Buenas.

    Tenia una deuda con un banco, dicha deuda fue vendida por el banco a un fondo buitre hará 3-4 años.
    Actualmente la deuda asciende a 22000€, y el resto ya no me es posible pagarla.

    Aparte, tengo otra deuda con otro banco de 36000€, 2 préstamos y 2 tarjetas de crédito.

    Como bienes dispongo de una vivienda sin hipoteca y 3 copropietarios, incluido yo.
    Y una vivienda con hipoteca de 77000€ con los mismos copropietarios.

    Mi sueldo son unos 1500€ netos con las pagas extras incluidas.

    Desgraciadamente entre mi parte de hipoteca de recibos de luz, gas, gasoil… Y los otros prestamos y tarjetas de crédito mi gasto mensual asciende a precisamente unos 1500€.

    Es decir, no puedo comer, ni tener un imprevisto, con lo cual he dejado de pagar ya el préstamo vendido al fondo buitre, y tal vez tenga que dejar de pagar algún préstamo o tarjetas más próximamente.

    Mi pregunta es si podría acogerme a la ley de la 2a oportunidad, y si puedo, como afectaría en general a los préstamos y sobretodo a las viviendas.

    Como actuaría un juez Ante tales circunstancias?…
    Es decir, no me niego a pagar, de hecho lo he estado haciendo tanto al fondo buitre como al otro banco, sencillamente no puedo pagarlo todo.

    1. Buenas Antonio,

      En un caso como el tuyo es posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Primero se estudiaría una fórmula para reesctructurar la deuda y que puedas pagar y, si no es posible, realizar una quita de esa deuda. En este enlace puedes contactar con expertos que te orientarán.

  4. Hola,
    Tengo una deuda de tarjetas y préstamos personales de 19000 euros, no tengo patrimonio alguno salvo un coche de más de 15 años, no sé si me darán 1000 euros por el, tengo una nómina de 1022 euros mensuales, pago las deudas y apenas me quedan 300 euros para vivir al mes, no me llega para comida y gastos de alojamiento.
    ¿Puedo acojerme a la ley de 2a oportunidad?. Caso afirmativo, podrían hacerme quita parcial o total de las deudas?
    Gracias

    1. Buenas Roberto,
      Puedes acogerte a esta Ley, pero lo mejor es que lo consultes con los expertos que figuran en el artículo.

  5. Hola,
    En mi caso tengo un préstamo de 20.000 € a medias con mi expareja. Si me acogiera a esta ley…

    ¿le repercutiría a él?

    ¿El debería seguir pagando su parte?

    ¿El banco nos reclamaría los impagos a a los dos?

    Gracias.
    Saludos

    1. Buenas Macu,
      Si eres tú quien solicita acogerse a la Ley de Segunda Oportnidad te afectará a ti a tus deudas, pero no a las de du ex-pareja.

  6. Hola, tengo deudas por valor de 30000€, las cuales no puedo pagarlas.Tengo una propiedad gravada con una pequeña hipoteca.
    Pueden quitarme la propiedad si solicito la ley de la segunda oportunidad ?
    Gracias

    1. Buenas Pedro,
      Como explicamos en el artículo, perder la casa es una posibilidad, aunque más que perderla en su totalidad, lo que se haría es subastarla para cubrir las deudas, aunque no siempre tiene por qué ser así. Te animo a que rellenes el cuestionario que aparece en el artículo para que los expertos analicen tu caso.

  7. Buenas tardes , si se inicia una reclamacion por intereses abusivos y falta de liquidez /bienes para afrontar la deuda, mientras el proceso este en marcha hay que seguir pagando las cuotas de todo ? Y otra duda , en ese mismo caso de deuda con el banco dejando de pagar prestamo donde se domicilia nomina , todo lo q puedas tener de dinero por no pagar deudas para poder vivir y comer tiene q destinado ir al pago de deuda? Te lo quita la propia Entidad?

    1. Buenas Ggf,
      Si es una reclamación al uso sí que habría que seguir abonando los intereses (la Ley de Segunda Oportunidad sí que detienen el pago de las deudas de forma momentánea). Sobre la segunda deuda, en una reclamación el banco no quita ningún dinero de la cuenta. De hecho, no puede hacerlo salvo impago de la deuda. En ese caso sí que podrá acceder al dinero de tus cuentas e incluso pedir el embargo de tu nómina.

  8. Buenos días.

    Tengo una deuda entre microcréditos, tarjetas y préstamos personales de 79.000€

    A mi nombre un coche (con avalista).
    Una caravana (crédito dos titulares no casados) pero tanto el pedido de compra como la cuenta para cobrarlo va al otro titular.

    Varias dudas para acogerme a la 2 oportunidad.

    Podría conservar el coche si sigue pagando el avalista la cuota? Y lo necesito para trabajar? mi trabajo está a más de 60km y en mi zona no hay forma “rápida” de llegar a mi trabajo

    ¿Podrían embargar la caravana m? Aunque el 2 titular la esté pagando y el pedido esté a su nombre.

    Y si todos los créditos están solicitados con el domicilio de mis padres porque resido con ellos. ¿Podría afectarles a su patrimonio? Les pueden embargar a ellos?

    Cómo afecta tener una cuenta bancaria de uno de los préstamos con dos titulares? Podría afectar al otro titular en su patrimonio?

    Gracias por su respuesta y enhorabuena por la web.

    1. Buenas Marta,
      La primera parte de la ley de segunda oportunidad pasa por negociar con los acreedores un nuevo sistema de pagos. A partir de ahí, esta ley permite disponer de tus bienes para el pago de la deuda. Es decir, vender el coche o la caravana para pagar, siempre que estén a tu nombre. Lo que no se puede hacer es disponer de bienes a nombre de varias personas.
      En un caso como el tuyo, sería posible mantener el vehículo si lo necesitas para trabajar y si el préstamo se está pagando sin problemas. Respecto a la caravana, habría que ver el contrato, empezando por si la caravana hace de aval o no.
      En cualquier caso, te recomiendo contactar con los expertos que figuran en el artículo para que puedan darte una respuesta más concreta.

  9. Hola, tengo una deuda de unos 60000 euros entre tarjetas, préstamos y microprestamos, tengo un sueldo de 1800 euros y no tengo nada a mi nombre tan solo un coche de 13 años, las tarjetas algunas son revolving y me ha dicho que puedo coger o la ley de segunda oportunidad o reclamar por las tarjetas, que es lo que me aconsejáis? Me sería rentable la ley de segunda oportunidad sin tener nada? Gracias

    1. Buenas Francisco,
      Puedes poner en marcha ambas, aunque lo idóneo es que establezcas tu plan de acción. Por sencillez, te animo a que empieces por ver si puedes reclamar las tarjetas y préstamos. Aquí te contamos cómo hacerlo.
      Una vez tengas claro la resolución y qué parte de de esa deuda de tarjetas y micropréstamos tiene intereses abusivos, puedes plantearte acudir a la Ley de Segunda Oportunidad. Recuerda que hacerlo tiene un coste en sí mismo y que está pensado para personas que están en una situación límite con sus finanzas. En el artículo puedes encontrar un formulario para ponerte en contacto con expertos que te ayuden con el tema.

  10. Hi,

    Me encuentro en una situicion difficil.
    Tenia unas Deudas en espana de multas de trafico de casi 2000 euro.
    una deuda de la bbva de 9000,-
    y mis padres tenian una casa con una deuda en la que yo tambien fue de aval.

    Hace 12anos fue todo eso y tuve un Accidente muy grave y me fue del Pais.
    Todo eso hace 12 anos y no he obtenido ninguna noticia(claro no saben en que pais estoy)

    Ahora mis Padres me dicec que han obtenido una Tarjeta de Credito de espana ( estoneces la deuda esta arreglado con la subasta de la cas ? ) si no no les dan una tarjeta de credito me imagino.

    Buena la cosa es me gustaria volver a espana y no se si las deudas siguen ahi y si todavia me la pueden demandar si vuelvo.
    Claro seria un principio nuevo un nuevo trabajo y tengo medio de que me embarcan.
    No se que hacer !Tampoco quiero despertar a los perros dormientes ( eso decimos en alemania)
    perdon por mi escritura hace 12 anos que no escribo

    1. Buenas Martin,
      Si te reclamaron las deudas, estas no habrán prescrito y es posible que te las vuelvan a reclamar.

      1. Hola buenas tardes! Soy Patricia,tengo unas deudas a medias con mi marido del que me quiero separar de más de 23.000e entre préstamos personales y tarjetas de crédito. El único bien q tenemos es una casa con hipoteca que estamos pagando. De momento podemos pagar todo pero me encuentro con 300 e para todo el mes y no tengo para pagar comida,recibos xq el saca dinero todos los días,tiene problemas que no reconoce,podría acogerme a la ley de la segunda oportunidad???

        1. Buenas Patricia,
          En principio sí que podríais acogeros a la Ley de Segunda Oportunidad. En un caso como el que planteas, también sería interesante buscar ayuda para los problemas de tu marido, ya que si no volveréis a estar en problemas económicos.

  11. Tengo una reclamación de la financiera iberia.s.l.de 7093.€ por una deuda con Bankia ,recibo solamente una prestación no contributiva de 465€ y estoy en el paro.No tegoo propiedades ni bienes alguno …Pudiera acogerme a esa ley y borrar mi deuda de forma definitiva para empezar de cero?Es eso real y posible?

    1. Buenas Vlado,
      Te recomiendo que contactes con los expertos que figuran en el artículo para que estudien tu tema en concreto.

  12. Hola,tengo una deuda de 60000 euros con diferentes bancos y cobro 1080 euros .
    Ya estoy acogido a la ley de segunda oportunidad. Gracias a la venta de varias cosas que tenía en casa tengo ahorrados 9000 euros en el banco y no pago niguna cuota del préstamo.
    Me pueden declarar culpable en el concurso ?
    Perderé ese dinero ?

    1. Buenas Antonio,
      Si ya estás acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, tus abogados deberían ser capaces de responder a esas cuestiones. De hecho, para eso están, además de para llevar el proceso. En cualquier caso, durante el concurso lo que se hace es liquidar tus bienes para saldar la deuda y dentro de esos bienes figuran, por supuesto, esos 9.000 € que tienes ahorrados.
      En este sentido, más que culpable, lo que pueden observar es mala fe por tu parte al haber obtenido ingresos y no haberlos destinado al pago de la deuda.

  13. Hola,
    Tengo como 12 préstamos con diferentes acreedores por importe total de 280.000 euros. Un sueldo de 3.500€, el total de las cuotas es de 4.200€. Tengo vivienda habitual por valor e hipoteca de 130.000€.
    Estoy casado con separación de bienes, mi mujer no trabaja y tengo dos niños pequeños.

    El asunto es que como 3 meses antes de llegar a Notario he sacado otro préstamo porque no puedo pagar más las cuotas, el asunto que casi todo al ser de ING, como dejé de pagar me bloquean la cuenta por eso saque el último préstamo.

    La pregunta es: Me concederán la cancelación de deudas o plan de pagos habiendo sacado tres meses antes del Notario, otro préstamo?

    Como 2°pregunta: El administrador concursal verá tomará en consideración los movimientos de las cuentas bancarias

    1. Buenas Antonio,
      Desde luego que con unas deudas tan elevadas la Ley de Segunda Oportunidad puede ser una opción para ti. Al valorar el caso se toma en cuenta tu situación, la posibilidad de pagar tus deudas y lo que se llama buena fe por tu parte.
      El proceso para pedir la Ley de Segunda Oportunidad empieza con una negociación con el banco para trazar un nuevo plan de pagos y, en caso de no alcanzarlo, es cuando el juez decide.

  14. Hola mi ex se quiere acoger a la ley de la segunda oportunidad, pero tenemos una hipoteca al 50% en la que yo vivo con mis hijos. Yo me acabo de enterar de todo esto ¿puedo perder mi casa si yo no tengo nada que ver con él desde hace 12 años?

    1. Buenas Encarna,
      La ley de segunda oportunidad puede afectar al 50% de la vivienda que es propiedad de tu ex, pero no al 100% de la misma.

      1. Y en ese caso del 50%, se podría perder la vivienda de los dos estando la hipoteca de la casa al corriente de pago?

        1. Buenas Víctor,
          Si la casa está al 50% y solo uno solicita acogerse a la ley, sólo se podría perder el 50% de la vivienda. Además, con los últimos cambios la vivienda se suele dejar fuera de esta ley.

  15. Buenas noches, tengo dos sentencias de ejecución, una por un importe de 2000 euros y otra de 5000 de una tarjeta de crédito que me la refinanciaron y que no pude seguir pagando con una entidad bancaria, sigo pagando una tarjeta de crédito asociada a la misma entidad que me quedan por pagar 1800. Podría acogerme a la ley de segunda oportunidad? No tengo nada a mi nombre y ahora mismo una nómina de 1050 euros

    1. Buenas Pedro,
      Típicamente la Ley de segunda oportunidad compensa a partir de cantidades cercanas a los 15.000 euros, pero te animo a que rellenes el cuestionario del artículo para que los expertos puedan analizar tu caso concreto.

  16. yo tengo 32 años y debo casi 55000 euros

    comencé trabajando por 233 euros y me envolví en tarjetas revolving. y comprando compulsivamente.
    y haciendo prestamos para reunificar deuda llegue a esta cifra. ahora con mi sueldo me quedan solo 200 euros al mes para vivir. tengo que vivir donde mis padres porque no puedo hacer mas.

    mi caso tendría alguna posibilidad?

    1. Buenas Antonio,
      Te recomiendo que hagas dos cosas:

      • Revises si puedes reclamar alguna de esas deudas por intereses abusivos. Puedes hacerlo aquí.
      • Consultes con los expertos que hemos seleccionado tu caso concreto con tus números. Puedes hacerlo aquí.
    2. Buenas tardes estoy acogido a la ley de segunda oportunidad a la espera de proceso judicial ,actualmente vivo de alquiler y el propietario a decidido vender pero antes tiene que hacer obras ,la pregunta es puedo cambiarme de domicilio pagando aún más porque los pisos están altísimos y seguir empadronado en el actual para no volver a tramitar ??Al firmar un contrato nuevo dale reflejado??

      1. Buenas,
        Si ya estás acogido al proceso de segunda oportunidad, tus abogados son los que mejor podrán responder a tus dudas.

  17. Mi marido y yo estamos casados por gananciales, separados de hecho desde hace 3 años, él adquirió una deuda con préstamos personales de 40.000 euros, que no fue destinada a la familia, se lío con una drogadicta que le sacaba el dinero, se dió una buena vida y se compró un buen coche, ahora quiere que firme un reconocimiento de deuda o dice que nos quitarán la casa, que es de los dos, sin hipoteca. ¿Pueden quitarle su parte de la casa, o incluso la de los dos? Es dónde vivimos la familia, dos hijas y yo con una menor a mi cargo y única vivienda. El quiere pedir la segunda oportunidad, pero dice que tengo que firmar por una deuda solo suya y que lo reconozcamos los dos, es una deuda sin beneficio familiar. ¿Qué debo hacer? No me quiero divorciar. Muchas gracias.

    1. Buenas Esther,
      En un caso como el tuyo te recomiendo que te pongas en manos de los abogados expertos que figuran en el artículo.

  18. Buenas tardes, en mi caso, hace unos años el banco se quedó mi casa y me quedó una deuda con ellos. Hace 3 años me llamaron de una empresa de recobro para reclamarme la deuda, pero estaba al paro y no tenía recursos. Hace un par de meses he vuelto a quedarme al paro. No tengo propiedades a mi nombre. Podría acogerme a la LSO y quitarme la deuda que me quedó pendiente de la hipoteca??
    Gracias

    1. Buenas Mónica,

      En un caso como el tuyo la Ley de Segunda Oportunidad puede ser una buena solución.

      1. Hola. Tengo graves problemas. Soy divorciada y mi ex marido alquilo la casa en común sin mi consentimiento y el alquiler se lo está quedando el y no paga la hipoteca desde hace dos años. Cobro la ayuda familiar ,vivo de alquiler y pago 350 más luz y agua tengo dos niños a custodia compartida. No puedo hacer frente al pago de la hipoteca y tengo q comer todos los días en casa de mis padres. Aparte, tengo un coche a mi nombre q compre cuando aún trabajaba el cual debo sobre unos 13.000. (mis padres me ayudan a pagarlo) tampoco pude pagar mi parte de la contribución del año pasado q la tenemos 50% 50% cada uno y se me junta con esta de este año. Si me acojo a esta ley me podrían quitar el coche?? Y ya q no vivo en mi casa podría darla en daccion en pago? Realmente me da igual perder la casa. Realmente vivo en una situación muy mala y no se si hacerlo ya que en mi situación me es muy difícil pagar el abogado para tramitar la ley de la segunda oportunidad

        1. Lamento mucho tu situación, Encarnación,
          Te animo a que consultes con los abogados que aparecen en el artículo para que analicen tu caso y, ya de paso, te informen sobre qué acciones puedes llevar a cabo respecto al alquiler de la casa familiar.

  19. hola tenemos desde hace 7 años una dacion en pago, ya la cumplimos y acada 3 años nos subian el alquiler del piso, ahora nos piden 360$ por alquiler o dson dan 5000$ por dejar nuestra casa, cual es la mejor situacion ??? quedarnos en casa o irnos¿? dicen que si no nos vamos nos meten en juicio, pero un juicio que puede tardar 6 años en salir o vete a saber cuando???

    la mejor opcion seria abandonar el hogar? si nos quedamos nos meten de morosos? o corremos el riesgo de que el juicio tarde poco y nos tiren a la calle la policia??? si alguien nos pudiera ayudar lo agradeceria

    1. Buenas Juan,
      En un caso como el que planteas, lo mejor que te puedo recomendar es acudir a abogados expertos como los que mencionamos en el artículo.

  20. Buenas noches;

    Tengo una deuda con los bancos de 64000 euros. No tengo trabajo ni subsidio de desempleo. Sólo poseo 10.900 euros en fondos de inversión y una casa sin hipoteca
    Valorada en 28000 euros.
    Se podría lograr una quita o condonación de la deuda sin tener que subastar la vivienda?. Es mi residencia habitual y no tengo otra. Muchas gracias. Un saludo.

    1. Buenas Antonio,
      Siendo tu vivienda habitual es posible que se pueda lograr una quita sin tener que subastar la vivienda. Te recomiendo que consultes con los expertos del artículo tu caso concreto.

  21. Hola, pedí un préstamo a una entidad bancaria por 15.000€ que pague mientras trabajaba, ahora no tengo trabajo y no estoy pagando, no tengo bienes a mi nombre ni ningún coche y vivo con mis padres, ¿al ser insolvente pasaría algo? Si en unos años trabajo y me compro una casa pasaría algo?

    1. Buenas Lili,
      Las deudas tienen un periodo de prescripción. Es decir, caducan después de un tiempo siempre que el acreedor no reclame su pago, cosa muy rara con una entidad bancaria. A efectos prácticos, esto quiere decir que en algún momento tendrás que devolver ese dinero que estás dejando de pagar más los intereses que vaya generando. Cuando encuentres trabajo es posible que te embarguen parte de la nómina para hacer frente a esas deudas.
      Acogiéndote a la Ley de Segunda Oportunidad puedes conseguir que te exoneren del pago de la deuda. En otras palabras, que el juez perdone esas deudas, aunque el propio proceso en sí mismo también tiene un coste.

  22. Tengo una duda con acogerme a esta Ley.

    Estoy como titular y avalista de varios créditos hipotecarios y créditos de una empresa con mi exmarido. Yo no pago nada pues tanto los pisos que se hipotecaron de forma particular como una hipoteca que se hizo a la casa de mis padres para refinanciar el negocio de mi ex, lo está pagando a través de la empresa que fue la beneficiaria.

    Mi duda viene porque hay hipotecas donde también están como titulares solidarios otros familiares, como la hipoteca de casa de mis padres que ellos también están como titulares de esa deuda y también es solidaria.

    ¿Qué pasa con ellos? quiero decir, si yo me acojo a esta Ley ¿ a ellos también le reclaman esa cantidad, pueden ejecutarlo, o pueden seguir pagando ellos y mi ex como hasta ahora ? Lo que principalmente quiero es no aparecer en las deudas que al fin y al cabo ni estoy pagando ni son mías. He tratado de negociar con mi ex para que me quite y renegocie con los bancos, pero no quiere o dice que no está en disposición, y me amenaza con dejar de pagarlo.

    1. Buenas,

      El caso que expones es, tristemente, más habitual de lo que puedas pensar. Ese es uno de los problemas de contratar préstamos como matrimonio y no separarlos o cambiarlos al divorciarse, además de los riesgos propios de hacerse avalista de un préstamo.
      La Ley de segunda oportunidad sirve para afrontar casos donde el deudor no puede pagar. No sé si es tu caso concreto, pero creo que lo que buscas es simplemente traspasar la deuda a tu exmarido…

  23. BUENAS TARDES
    DEBO 38000 A CETELEM Y 13000 A BBVA AL DIA ESTOY SIEMPRE HE PAGADO PERO EN TOTAL SON UNOS 650 EUROS ESTO MAS EL ALQUILER DAN UNOS 1350 EUROS YO COBRO MAS MENOS 1550 EUROS YA NO PUEDO PAGAR MI MUJER COBRA UNA DE SSSOCIAL 450 EUROS ESTO NOS SIRVE PARA COMER Y PAGAR LA LUZ,TELEFONO,AGUA YO YA INTENTE REFINANCIAR CON CETELEM Y LO HICE ESTO HACE UN AÑO ANTES PAGABA 640 EUROS Y DESPUES DE LA REFINANCIACION PAGO 381 EUROS AUN ASI YA NO PUEDO PAGAR QUE PUEDO HACER QUIERO ACOGERME A ESTA LEY PERO SI DEBO SEGUIR PAGANDO LAS CUOTAS Y SUMARLE LA CUOTA DEL ABOGADO ES NO VIABLE ME ENTIENDE, QUIERO SABER EN LA ARREGLO PREJUDICIAL LAS ENTIDADES BANCARIAS PODRIAN QUITARME PARTE DE LA DEUDA O DECIR QUE NO ES SU PROBLEMA ESO SERIA ACTUAR DE BUENA FE EL ECHO DE HABER REFINANCIADO HACE UN AÑO ME SIRVE COMO HABER ACTUADO DE BUENA FE Y UNA ULTIMA COSA SI ME CONCEDEN EL PERDON DE LAS DEUDAS ME SOBRARA DINERO PODRE AHORRAR Y MIS ACREEDORES PODRAN VER ESTO Y PODRAN DECIR QUE TENGO DINERO Y ME RECLAMARAN LOS PAGOS ES ESTO ASI, PERDON POR LAS PREGUNTAS Y GRACIAS

    1. Buenas Fran,

      Esta ley se divide en dos partes. La primera es la negociación con los acreedores donde se trata de alcanzar un acuerdo extrajudicial que, normalmente, se centra en un plan de pagos que te permita devolver la deuda, no tanto en la exoneración o una quita de la misma.
      Ya en la segunda parte, si no hay acuerdo, el juez puede establecer una quita de esa deuda. Se trata de una posibilidad, no de una certeza. El juez suele decidir en función de tu situación financiera y capacidad de pagos. Durante el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad se puede pedir que paralicen los pagos de la deuda para que esta no siga creciendo.

  24. Hola, me gustaría recibir más información sobre la ley segunda oportunidad, básicamente estoy muy informado de los beneficios y del procedimiento, pero he visto poca información o básicamente nada de que pasa si no se aprueba o no se me concede el bepi o exoneración de la deuda, mejor dicho si soy declarado culpable en el concurso o por el motivo que sea el juez rechaza la segunda oportunidad.

    Se que por un lado puedo estar inhabilitado para administrar bienes ajenos durante un tiempo. y también se que perdere el dinero que me haya costado los abogados, notarios y administrador concursal.

    pero que puede pasar después? el juez me exigira pagar la deuda, me haran un calendario de pagos acorde a mis ingresos?

    gracias me llamo noel espero que me contestes preferiblemente a través de este correo electrónico. gracias

    Y solo quiero saber que pasa si no se aprueba los beneficios de segunda oportunidad. Ya se como funciona y como se procede para solicitar la segunda oportunidad.

    1. Buenas Noe,

      Te animo a que contactes con los expertos para que analicen tu caso concreto y puedan darte más información al respecto y a qué pasa si te deniegan el BEPI.

  25. Esta ley no da duros a cuatro pesetas. Cuesta una pasta. No se entiende añadir una deuda más. Debería ser gratis. Notario, mediador y administrador, y procurador cobran por arancel, y abogado hay de todo. Por debajo de entre 5000 y 7000 euros no he visto nada para deudas a partir de 10000 euros, ya que por debajo de ese umbral no interesa.
    Depende el administrador que te toque hasta para comprar una bolsa de pipas hay que pedir permiso, porque interviene tu cuenta.
    Y el juzgado que te toque cada juzgado es un mundo. Los embargos tardan en paralizarse.

    1. Buenas Luci,
      Efectivamente, el umbral a partir del que esta Ley empieza a merecer la pena está en torno a los 10.000-15.000 euros. Y sí, dependiendo del juez puedes necesitar permiso para realizar cualquier gasto hasta que finalice el proceso.

  26. Buenos días

    Por favor, tengo entendido que desde el momento en que se inicia el procedimiento de LSO en primera fase (es decir, desde que se encuentra un mediador concursal) los acreedores no podrán iniciar ni continuar ejecución judicial o extrajudicial alguna sobre el patrimonio del deudor. Mi pregunta es: En el frecuente caso de que el Notario no encuentre mediador por rechazo de éste a llevar el caso y por tanto, pasar a segunda fase sin haberse podido llevar a cabo acuerdo extrajudicial por falta de mediador, ¿Qué ocurre con los embargos que están en vigor? ¿Se puede proceder a su paralización aunque no se haya encontrado mediador?

    Gracias

    1. Buenas Cristinas,

      El mediador es quien debe iniciar e impulsar el proceso, pero según tengo entendido, la paralización de los embargos no depende de la designación del mediador, sino del inicio del proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.

    2. No. La orden de paralizarlos la da el juez del concurso. Y eso puede demorarse mucho.

  27. Estoy en pleno proceso de la LSO. Al no haber salido ningún mediador concursal se supone que vamos directos a Juicio. El caso es que Legálitas me puso en contacto con un gabinete de abogados asociados a ellos. Pero también empecé al mismo tiempo y con otro Gabinete reclamaciones porque el 90 % de mis deudores me aplicaron intereses de usura. Algunos de ellos, como WIZINK, me ofrecieron la condonación total de la deuda, cosa que esté gabinete me explicó que sería yo quien se la condonase. A lo que voy, según uno de los especialistas en esta materia de Legálitas me aseguro que las financieras, o bancos que me hayan aplicado está irregularidad debo podría vetarlas en LSO. Y otra cosa muy importante. El principal acreedor me llegó a conceder préstamos, créditos incluida la hipoteca por un valor que supera el 150% de mi nómina, cuando creo que solo una financiera o banco puede ofrecerte hasta el 30 ó 35 %. También Legálitas cree que han actuado con mala fe, por tanto se podría denunciar a esta entidad por mala praxis. Y por último, y ya acabo, llevo más de 1 año bajo tratamiento psiquiátrico en Salud Mental en el que hay un informe clínico que dice que tengo adicción al dinero. Estoy también siendo tratado por el CTA (Centro de Tratamiento a la Adicción).
    Por todo ello mis preguntas son si se puede presentar estos datos al Juez de la Ley de la Segunda Oportunidad. Todos ellos. Y si se puede llevar LSO, con un gabinete, y las reclamaciones por aplicar Intereses de Usura con otro distinto.

    1. Buenas José Luis,
      Quienes mejor pueden asesorarte son los expertos con los que puedes contactar a través del formulario al final del artículo. En cualquier caso, es posible contar con dos abogados diferentes para cada una de las causas y demandar a la entidad bancaria y a la emisora de la tarjeta si ha habido mala praxis.

  28. Buenas yo llevo 3 años acogido a lso y llegué a acuerdo extrajudicial de pagos con quita d 50% a pagar en 5 años en pagos mensuales .mi pregunta es la siguiente una vez terminado de pagar el 5 año como puedo hacer para que me borren de registro concursal y si yo podría volver a pedir financiación si me surgiera el caso?gracias por la respuesta

    1. Buenas José,
      Los datos de carácter personal del Registro Público Concursal se cancelan al mes siguiente de que finalice sus efectos y los del acuerdo extrajudicial dos meses después de que finalice el plan de pagos.
      Por otro lado, puedes volver a pedir financiación en cualquier momento, ahora y cuando termines el acuerdo de pagos.

  29. Hola.

    He consultado con 3 despachos de abogados y en principio cumplo con las condiciones para acogerme a la LSO.
    Todos me han dicho que lo primero que tengo que hacer es cambiar la nómina de banco y dejar de pagar las cuotas de los préstamos. Que una vez iniciado el procedimiento queda en suspenso la deuda y se paralizan los embargos si hubiera. De hecho sería la única manera de poder afrontar los honorarios correspondientes.
    Leo aquí que no, que las deudas hay que seguir pagándolas durante el proceso. Por otro lado tengo entendido que los abogados no comienzan con el procedimiento hasta no haber cobrado los honorarios y gastos.
    Si sigo pagando la cuotas, no puedo pagar los honorarios y si no pago los honorarios no comienzan a tramitar, eso es así?
    Muchas gracias

    1. Buenas Alberto,
      Durante el proceso se puede solicitar la congelación del pago de las deudas, pero sólo una vez se supera la primera fase de negociación. En cualquier caso, te recomiendo que contactes con los abogados que figuran en el artículo, que son en los que confiamos desde Preahorro para estas situaciones.

  30. Hola
    He contactado con Legálitas (tengo asesoramiento con ellos a través de un seguro) y me dicen que no me puedo acoger porque la buena fe implica haber reducido mis ingresos económicos, empresas que quiebran o situaciones similares y no el hecho de que me hayan surgido una serie de gastos que en su día no pude afrontar y tiré de préstamos personales y que han ido haciendo la pelota, cada vez más grande.
    Es eso cierto?
    Muchas gracias

    1. Buenas Mónica,
      Hasta donde sabemos, los requisitos para ser deudor de buena fe no están relacionados con una reducción de ingresos. Es decir, no es necesario que se reduzcan los ingresos para ser considerado un deudor de buena fe. Sin embargo, entiendo que los abogados ya habrán estudiado tu caso adecuadamente. Si necesitas una segunda opinión, puedes contactar con los profesionales que figuran en el artículo.

  31. Buenas, tengo una casa a medias con mi ex pareja, la cosa es que la casa me la quede yo y está al corriente de pago, pero aún está al nombre de los dos (la hipoteca desde la separación me encargo yo de pagarla no el) y tengo 2 hijos a mi cargo. Mi pareja está negociando ya la segunda oportunidad con el 50% de su parte de la casa.

    Mi duda es si me pueden echar de la casa o me pueden obligar a venderla, no dispongo del dinero necesario para irme de alquileres ya que tengo negociada la hipoteca muy económicamente. Pero estoy con el miedo de que nos hechen por qué mi pareja no haya podido pagar sus deudas

    1. Buenas María,
      Podría darse el caso, no te voy a mentir. El hecho de que en la vivienda residan dos menores ayudará a evitar que los acreedores pidan o consigan que la casa se ponga en venta, pero no es seguro.
      Lo que sí te recomiendo es que contactes con un abogado o que le indiques a tu ex-marido que pregunte a quien le está llevando su caso con la Ley de Segunda Oportunidad sobre si hay algo que se pueda hacer con esas cantidades que tú has aportado al préstamo y tu expareja no.

  32. soy trabajador transfronterizo, y estoy censado en Francia (trabajo en España). Me dicen que para poder acogerme a la ley de 2a oportunidad tengo que estar censado en España, es eso cierto?

    1. Buenas Manuel,

      La ley de segunda oportunidad es un mecanismo para personas residentes en España. Si resides en Francia no puedes acogerte a ella.

    2. Hola mi abogado m a pedido los datos del coche si se lo doy me quitan el coche? Tengo una menor a cargo

      1. Buenas,
        Con los datos que nos das no podemos responderte de forma adecuada. Imagino que habrá pedido los datos del coche para hacer inventario de bienes y, si fuese necesario, subastar el vehículo para afrontar la deuda como parte del proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.

  33. Hola, después de haber leído los post y problemas de otras personas, mas o menos tengo claras algunas dudas.
    Ambos, mi mujer y yo tenemos deudas que superan nuestros ingresos y ya hemos llegado al punto que hemos dejado de pagar algunas de ellas. Los dos tenemos trabajos estables, pero si ya estábamos ahogados, la situación COVID y la disminución drástica de ingresos en 2020, nos ha llevado a estar en un postura muy grave y delicada.
    Mi pregunta es, si solicitamos la LSO, ¿las empresas, para las cuales trabajamos y obtenemos nuestros ingresos, ¿tendrán conocimiento de ello? esto podría poner en riesgo la confianza y supondría un gran desmérito que podría afectar a la estabilidad actual de nuestros puestos de trabajo.

    Muchas Gracias

    1. Buena pregunta, Jorge,

      Lo primero que debes tener claro es que, ante un impago en fase judicial, el juez puede dictaminar el embargo de una parte de vuestra nómina. Si lo hace, la empresa ya sabría de la situación, así que estarías en el mismo caso.
      Aquí puede ver qué cantidad te pueden embargar de la nómina.
      Respecto al proceso de LSO, las empresas en las que trabajáis no participarían del mismo ni tienen por qué enterarse, salvo que se dictamine el embargo de una parte del salario como parte del nuevo esquema de pagos.

  34. Puedo dejar de pagar mis deudas excepto la hipoteca? Y que no me la embarguen ya que es mi vivienda habitual…
    Sin contar la hipoteca tengo 8000 banco, 8000 cetelem, 3600 financiacion moto, 1000 cofidis y 8000 de deuda a mi ex…

    1. Buenas Andi,
      El proceso no es tan sencillo como dejar de pagar las deudas excepto la hipoteca. Primero hay que tratar de alcanzar un acuerdo con los acreedores y después, en caso de no hacerlo, el juez decidiría sobre si se perdona parte o toda la deuda y qué hacer con tus bienes, incluida la vivienda.
      En un caso como el tuyo te recomiendo que contactes con los expertos que aparecen en el artículo para que puedan estudiar si compensa acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

  35. Hola buenas tardes,
    me quedan mas o menos claros los pasos del concurso de acreedores de persona fisica.
    Mi preocupacion es la siguieten;

    Una vez te han enhoxerado de las deudas, los acreedores que estaban implicados.
    ¿Pueden negarse a pesar se ser ya solvente y no estar en fichero de morosos a darte un nuevo credito?
    Ya sea porque te registren de alguna manera en un listado interno… etc

    Muchisimas gracias por la respuesta.

    Saludos.

    1. Buenas Nuria,
      Una vez te han exonerado de las deudas estarás en el Registro Público Concursal por un plazo de cinco años. Este registro depende del Ministerio de Justicia.
      El Registro Público Concursal se encarga del almacenamiento, sistematización y difusión de las resoluciones procesales, así como de los asientos objeto de publicación en los distintos registros públicos previstos legalmente, siguiendo un criterio de integración y coherencia de toda información concursal. En otras palabras, es como un archivo para los casos de Ley de Segunda Oportunidad y los concursos de acreedores.
      ¿Quiere esto decir que te vayan a denegar un nuevo crédito? No tiene por qué. Sí que es verdad que una entidad a la que no has abonado parte de la deuda difícilmente vuelva a concederte crédito, pero puede no ser así.

  36. MI PREGUNTA SERALA SIGUIENTE.MI DEUDA ES DE 35.000 EUROS CON HACIENDA.ESTO COBRANDO EL PARO..Y NO TENGO NINGUN BIEN A MI NOMBRE ..

    1. Buenas María,
      Las deudas con la administración suelen ser más complicadas de exonerar al 100%, pero aún así es posible. Te recomiendo que preguntes por tu caso en este enlace.

  37. Buenos días!

    Quisiera saber si iniciar el proceso para acogerme a la LSO me obliga a cancelar mi tarjeta de crédito.

    La duda surge porque tengo una tarjeta de crédito que utilizo como débito, es decir, todos los pagos los realizo a una cuota y, por tanto, la tengo al día y me beneficio de las ventajas que me ofrece. Por lo anterior, no quisiera cancelarla y devolverla a mi actual banco.

    Muchísimas gracias por la información, os contactaré para que valoréis mi situación.

    Un saludo 😊

    1. Buenas María,
      No, la Ley de Segunda Oportunidad no te obliga a cancelar los productos financieros que tengas contratados, como esa tarjeta.

  38. Buenas Tardes, por favor pido en lo posible que me oriente como hacer un escrito al Juzgado y si tengo la posibilidad de acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad, explico: 16/09/2005 préstamo con Cofidis por € 600.-, no recuerdo cuantos meses pague la cuota deberia pedir un resumen bancario 2005/2006, cuando deje de pagar por problemas económicos, despues de 16 años el dias 8 de Abril 2021 recibo un requerimiento judicial Juzgado de Primera Instancia e Instrucción , Cofidis reclama la deuda a la fecha €1.748,65. Mi problema son varios, fui desahuciada, vivo de alquiler social y cobro una mínima ayuda del gobierno por mi situación etc. etc. , resulta que no puedo pedir abogado de oficio porque la deuda no supera los € 2.000, obviamente no tengo para pagar abogado y no tengo idea como hacer un escrito al juzgado, a todo esto la semana proxima finaliza el limite de compadecer. Pido encarecidamente que me asesore que debo hacer, muchas gracias

    1. Buenas Irene,

      Con ese importe lo más habitual es que no compense acogerte al proceso de segunda oportunidad. En cualquier caso, puedes rellenar el cuestionario al final del artículo para que los expertos contacten contigo.

      Lo que sí puedes hacer de todas formas es tratar de alcanzar un acuerdo con Cofidis antes de la fecha del juicio.

  39. Hola.
    Tengo deudas por valor de unos 57000 euros .
    Por otro lado, vivienda valorada en unos 75000 con hipoteca al corriente de pago de la que solo restan 14700 euros por pagar y nómina fija de 2300 euros
    Mi duda es si podría acogerme a Ley Segunda Oportunidad sin que peligre esa vivienda.
    Muchas gracias

    1. Buenas Luis,
      Es posible que el proceso afecte a la vivienda, especialmente si no es tu vivienda habitual. En cualquier caso, sí que plantearía el caso a los expertos que aparecen en el artículo, que son quienes mejor te pueden orientar.

  40. Hola!

    La crisis afectó mucho mis planes y he quedado con varias deudas encima.

    Tengo una deuda de 8000 € con el banco, otra de 4000 con otra entidad financiera, incluso una de un móvil que no he terminado que pagar.

    No tengo ninguna propiedad a mi nombre fuera del ordenador y el móvil con los que trabajo en línea para pagar mis gastos básicos.

    Aún sin tener propiedades liquidables que ayuden a saldar la deuda, puede apegarme a la Ley de Segunda Oportunidad??

    1. Buenas Nacho,
      Podrías acogerte a ella, aunque normalmente ese proceso es rentable o sale a cuenta para deudas superiores a 15.000 euros.

  41. Muy buenas, en primer lugar gracias de parte de todas las personas que no tenemos otros medios para acceder a información de este tipo y por llevar tanto tiempo resolviendo dudas.

    Mi caso es el de una deuda con Hacienda, en 2013 contraje dicha deuda al tener que devolver una beca de estudios (6.000€ + lo que se haya sumado por tardar en pagar) y que por circunstancias personales me fue imposible hacerlo. Según he leído las deudas con Hacienda también tienen un «plazo de caducidad» pero a finales de 2020 encontré un empleo de jornada parcial como repartidor y a la empresa le llegó una carta de embargo de nómina (aunque no pudo efectuarse porque es inferior al salario mínimo). Entiendo que aún está «activa» mi deuda. Con este tipo de sueldos tan bajos, que son todos los que he conseguido desde que tengo la deuda, me es imposible ahorrar para pagarla, ¿cuándo «expirará» o cómo puedo hacer para poder salir de este problema?
    Muchas gracias de antemano.

  42. Mi nombre es Ana, soy socia al 50% de una SL que estamos pagando aún el préstamo, pero el aval(familiar) hace unos 6 años por voluntad propia decidió pagar parte del préstamo para dejar su condición de aval. Profería reclamar en algún momento esa aportación que realizó? Gracias

    1. Buenas Ana,

      ¿Qué es exactamente lo que querrías reclamar del aval?

  43. Hola,buenas. Debo 12000 euros de dos prestamos que pago 364, tarjeta de crédito que debo 3000 y pago 120, otro préstamo en otro banco que debo 5100 y pago 205 y por último otra tarjeta de crédito que debo 6200 y pago 156,cobro 1200. He intentado hablar con los dos entidades para pagar menos o una reunificación de deudas y no hay manera. Tengo una niña de 4 años y no sé que hacer ya. Gracias.

    1. Buenas Rocío,
      Has dado el primer paso para solucionar el problema, que es contactar con tus acreedores. De hecho, esto es algo que ya se incluye como un paso dentro de la Ley de Segunda Oportunidad.
      Lo que puedes hacer ahora es:

      • Contactar con los expertos que figuran en el artículo para que analicen tu caso.
      • Revisar las tarjetas que tienes para ver si puedes reclamar por ellas por cobrar intereses excesivos. Aquí te contamos cómo hacerlo
      1. Hola tengo una hipoteca que debo 36000€ que pago 230€ . Una tarjeta de débito3000€que pago 100€ al mes que no baja nada la deuda y soy aval de un crédito de mi pareja y padre de mis 2 hijos y que lleva 5 años sin pagar y he intentado hablar con el banco para ver cómo podemos pagarlo pero me pidieron el año pasado 30000€ y fue imposible conseguirlo y ahora tengo un proceso judicial en el que estoy metida. Que puedo hacer? Puedo acogerme a la ley?

        1. Buenas Judith,

          Entiendo que el proceso judicial del banco tiene que ver con la reclamación de una deuda. En tu caso, podrías estudiar una reunificación de deudas para aligerarla cuota aunque al final pagues más por el total de las deudas.
          Por otro lado, respecto a la tarjeta, te recomendaría que revisases el tipo de interés que pagas por si pudieses reclamar por ser abusivo.

      2. Hola, tengo un piso heredado de mi padre al 16%, si me acojo a la ley de segunda oportunidad, pierdo ese piso?

        1. Buenas Esther,
          La ley de Segunda Oportunidad incluye la liquidación (venta) de los bienes a tu nombre, lo que alcanzaría ese piso. Sin embargo, al ser un bien no divisible, habría que estudiar qué pasaría con él.
          Mi consejo es que contactes con los expertos que figuran en el artículo para lo estudien.

  44. buenas tardes era para informarme si puedo acogerme a la ley de la segunda oportunidad tengo una hipoteca de la cual debo 45870 € y pago 200 € al mes y después tengo tres préstamos el primero la cuantía son 21832 y pago 339 € otro de 13196 y pago 295 euros y otro de 1847 los cuales pagos 100 he intentado hablar con el banco para ver si se puede ampliar los plazos no me dan ninguna contestación me dan solamente largas y a ver de qué manera podría gestionarlos gracias

    1. Buenas Rubén,
      Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad perfectamente. De hecho, ya has empezado el proceso en cierto sentido. Y es que el primer paso es hablar con el banco para intentar llegar a un acuerdo. La Ley de Segunda Oportunidad es una forma de presionar para lograrlo y de que, en caso de que no contesten, un juez pueda condonar parte de esa deuda.
      Te recomiendo que contactes con los expertos del artículo para que te asesoren.

  45. Hola!! Era autonoma. Con unos problemas con el gestor ahora despues de 10 años de haber cerrado mi negocio, me he enterado que el gestor (ya fallecido) no dio de baja ni la empresa ni me dio de baja como autonomo. Ahora tengo una gran deuda con hacienda i la seguridad social.
    Eso tambien entra en la segunda oportunidad??

    Muchas Gracias

    1. Buenas Montse,
      Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social también entran dentro de la Ley de Segunda Oportunidad. Por otro lado, si el gestor falleció pero la gestoría sigue en marcha, podrías reclamar.

  46. Hola
    Tengo deuda con una entidad que tiene mi hipoteca y un préstamo personal y además otro préstamo con otra entidad , iba a ir a la LSO pero la entidad de la hipoteca me ha puesto demanda ejecución y ahora quiere pactar dación en pago por toda la deuda es decir hipoteca y préstamo, con alquiler social.En estás circunstancias me quedaría solo un préstamo que llevar a la LSO podría o tienen que ser más acreedores ? Serviría alguna deuda con suministros por ejemplo la luz?
    Y si dejo que la ejecución siga y luego voy a la LSO ?
    Que puedo hacer ? Cuáles pueden ser los acreedores solo bancos?

    1. Buenas,

      Los acreedores de la LSO pueden ser bancos, otras entidades financieras e incluso particulares. Puedes reclamar un solo préstamo, aunque lo más habitual es que este proceso se haga con varios créditos.

      1. Buenas tardes,tengo una deuda de alrededor de 25 euros entre tarjeta y microcreditos,actualmente no tengo ningún bien a mi nombre y tampoco dispongo de nada solo de mi nómina,que se va entera para pagar las deudas.
        Como me puedo acogerme a esta ley y en mi caso que solución habría,pueden exigir el pago a un familiar?desde que empecé a tener problemas con el dinero no tengo relaccion alguna con ellos.
        No tengo antecedentes penales de ningún tipo,ni debo dinero a ningún organismo como hacienda y seguridad social.

        1. Buenas David,
          Quienes mejor pueden asesorarte son los expertos que figuran en el artículo. Para contactar con ellos solo tienes que rellenar el cuestionario que aparece en el artículo.

  47. Hola, si tengo una deuda por impago de alquiler podría acogerme a la Ley de Segunda oportunidad? Tengo informes de las administraciones públicas que demuestran que no tengo ingresos suficientes ni patrimonio. Gracias

    1. Buenas Carla,
      Podrías acogerte a ella, pero normalmente este procedimiento se usa cuando hay más de una deuda.

  48. Hola! Una pregunta la ley de la segunda oportunidad es lo mismo que el concurso de acreedores, es el mismo procedimiento con los mismos pasos a seguir o son dos modalidades diferentes? Sería para el caso de un autónomo. Gracias!

    1. Buenas Marta,

      Son dos procesos similares, pero no exactamente iguales. El concurso de acreedores está más enfocado en la empresa, mientras que le Ley de Segunda Oportunidad pone su foco en los ciudadanos particulares y los autónomos. Está más pensado para esos dos perfiles. Si tienes dudas, te recomiendo que contactes con los expertos que mencionamos en el artículo para que te ayuden.

          1. Hola estoy en proceso de lso. Soy el titular de la hipoteca juntos con mis padres y avalista mi hermano. Tenía un negocio de integración porcina y no podía hacer frente al pago de la hipoteca, bueno realmente hize frente un tiempo pero no me quedaba nada de mi trabajo, es decir, trabajaba y mis padres me mantenían pq lo dedicaba todo a pagar. Hasta que contacte con abogados y me involucre en el proceso. Leyendo aquí me ha surgido la duda si voy a juicio y se líquida la granja que es un terreno de 2 hectáreas con sus naves para cerdos. La casa de mis padres no corre ningún peligro??? Mi hermano que es avalista no tiene nada a su nombre….

          2. Buenas Javier,
            Si ya estás en proceso, tus abogados deberían poder responder a esa pregunta con más exactitud que nosotros.

  49. Buenas, quería comentarte mi caso, en 2019 cerramos el negocio que teniamos pero seguimos teniendo una deuda con banco y varios proveedores de unos 280.000 euros…ha pasado tiempo y tengo un amigo que recurrió a la ley de segunda oportunidad para que le resolvieran la deuda y esta muy contento, yo quisiera informarme más y queria saber cómo podrían resolver mi situación.

    1. Buenas Manuel,

      En Preahorro hemos alcanzado un acuerdo con los mayores expertos en la Ley de Segunda Oportunidad. Puedes contactar con ellos a través del cuestionario que hay en el artículo para que te orienten.

  50. Buenas tardes
    Mi pareja tiene una deuda con la seg social, el tenia una empresa y era autónomo,y pero el pago de los seguros sociales que no pudo asumir porque a el no le pagaron, le devolvieron los pagares que aun los tiene en su poder, le quedó una deuda de 41.111,89€ (fue sobre el año 2004) que con la nomina embargada todos estos años que le quitan unos doscientos y pico euros todos los meses ya va por 79.138,80€, el ha ido varias veces a la seg social para poder pagarla pero no le dan ninguna solución factible, tendría que sacar un préstamo, pero como no tiene vivienda en propiedad y tiene un hijo con minusvalía no es posible, el quiere poder pagarla, pero así es imposible, mi consulta es ¿Se puede acoger a la ley de la segunda oportunidad ?
    Un saludo

    1. Buenas Ana,

      Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad te recomiendo que contactes con los expertos que aparecen en el artículo.

  51. Hola buenas mi marido y yo debemos unos 40.000€ de la seguridad social y de y contribución , aun estamos pagando piso que nos queda aun unos 59.757.07€ y una hipoteca del negocio que cerremos que aun pagamos que nos queda aun unos 35.935,42€ los estamos pagando hay no se debe nada ! la casa esta abalado por mi suegra , por su casa . queremos venderla la casa por culpa de un vecino que no esta amargando la vida con amenazas etc desde hace tiempo . No sabemos que podemos hacer , para poder vender y poder pagar algo de lo que debemos de la seguridad social , no tenemos trabajo ninguno de los dos y estamos pagando como podemos , como nos ayudan m tenemos dos hijos menores .
    Que podemos hacer !?
    GRACIAS

    1. Buenas Elvira,
      La Ley de Segunda Oportunidad puede ser una alternativa en vuestro caso y os animo a consultar con los expertos que aparecen en el artículo.
      En vuestro caso particular, habría que revisar bien qué puede pasar con esas propiedades. Respecto a la casa, si están mediando amenazas, lo suyo sería ponerlo en conocimiento de las autoridades y, dado que la vivienda está avalada por vuestra suegra, la venta debería servir para, por lo menos, cubrir el préstamo hipotecario.

  52. Hola.Mi pregunta es la siguiente y es un caso particular en el 2006 avale con mi nómina a mi hermano para firmar una hipoteca pago hasta el 2010 y no pudo seguir pagando más iso una dación parcial en la cual quedó una deuda de 46.000€ de los cuales el pagado 0€ los primeros años llamaban a cobrar pero desde ase muchos años no llegan cartas ni llaman lo que estamos en el cirbe razón por la cual me deniegan todo tipo de préstamo que pido.la pregunta es verdad que a partir del 2021 deudas que no ayan sido reclamadas estos últimos 10 años pueden ser borradas del cirbe de no ser así puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad?.Por otro lado mi OTRO hermano yo tenemos otro dilema desde el 2012 no pagamos la hipoteca el piso aún está habitado por mi cuñana y mis sobrinos ahora ya mayores de edad .Por este caso están llevando un proceso judicial que no se cuando termine. Emos ofrecido en reiteradas veses el piso pero que nos dejen sin deuda y ellos se niegan. Mi pregunta por este caso puedo acogerme a la ley de la segunda oportunidad o tenemos que esperar aver si quedamos con deuda y ahí si acogerme a dicha ley todo esto es un sin vivir.Muchas gracias de antemano.

    1. Buenas,

      Efectivamente, el caso es bien particular y dista de la típica deuda. Respecto a cuándo ‘caduca’ una deuda, en este artículo te lo explicamos, incluido lo que se considera que no hayan sido reclamadas (no tiene por qué ver con cartas ni llamadas): cuándo prescribe cada tipo de deuda.
      En este caso, la deuda no es explícitamente tuya ni de tu hermano, sino de tu cuñada y tus sobrinos, que son quienes entiendo que ostentan la titularidad del préstamo que se canceló y la titularidad de la vivienda. La mejor recomendación que puedo hacerte es que rellenes el cuestionario que hay en el artículo para que los expertos estudien tu caso.

  53. Buenas quisiera saber si me puedo acoger a la ley de segunda oportunidad, expongo mi caso.. Vivía en Canarias mi padre opta por comprar unos locales (Traspaso), en los cuales me encargo yo de administrarlos y trabajarlos como autónomo, empezamos bien aunque a duras penas nos alcanzaba para pagar todo, debido a la competencia nos vimos afectados y poco a poco fueron bajando los ingresos, antes de eso quisimos invertir en acondicionarlo lo cual me llevo a pedir créditos bancarios que ascienden a los 15.000€, nos vimos luego obligados a cerrar el local, debido a que ya no podíamos pagar el alquiler y mucho menos asumir con los demás gastos ya que solo dependían nuestros ingresos, aparte de la deuda con los bancos, quedamos con una deuda en la seguridad social, la cual incremento de una manera exagerada y luego a los meses también apareció otra deuda mas, esta proveniente de hacienda.. Creo que sumando todo podría estar cerca de los 25.000€ o tal vez mas, con lo poco que tenia me mude a Madrid, ahora me encuentro mas estable, pero quisiera poder solventar todo esto, ya que me perjudica mucho al no poder pedir nada a mi nombre.. También desde hace mucho hacen embargos a mi cuentas o directamente a la nomina, he pagado aproximado en total unos 2.000€ entre hacienda y seguridad social, estoy casado con un hijo menor, vivo de alquiler y tengo 30 años.. Si tendría opción a esta ley?

    1. Buenas Ricardo

      Quienes mejor te pueden asesorar son los expertos con los que puedes contactar al final del artículo. Te recomiendo que contactes con ellos.

      Dicho esto, pienso que sí puedes acogerte a la Ley y que puede ayudarte a, por lo menos, reducir tus deudas si no consigues la exoneración total.

  54. Buenas ..quiero acogerme a la ley de segunda oportunidad.
    Mi pregunta es el mediador concursal interviene las cuentas de la unidad familiar o solo las mías?
    Y si soy autorizada en la cuenta de mi hijo y no titular tb la interviene?
    Cuanto se tarda en obtener el BEPI?

    1. Buenas,

      Dependerá del régimen matrimonial, pero si lo que te preocupa es la cuenta de tu hijo, lo normal es que no la intervengan. Los expertos con los que puedes contactar a través del artículo son los que mejor podrán informarte.
      En cuanto al BEPI, en este artículo resumimos cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad.

  55. Hola ,

    Hace varios años el banco me embargo mi casa y se la adjudico la propia entidad bancaria. La hipoteca era de 300 mil euros y el banco se la quedó en 150 mil, con lo que contraje una deuda de 150 mil euros que no he podido pagar. No he encontrado trabajo y soy mayor de 60 años, con lo que mis posibilidades de encontrar empleo han ido disminuyendo con el tiempo aun mas.
    ¿usted cree que puedo aplicar para la ley de segunda oportunidad y el hecho de que el banco se quedara con la casa no satisface de alguna manera la deuda? Ellos hicieron una tasación de la casa cuando me otorgaron la hipoteca de 350 mil euros, no entiendo como se la quedan en el embargo la casa por 150 mil y yo sigo con una deuda. Gracias.
    Jaime

    1. Buena Jaime,
      Creo que eres un firme candidato para que puedan exonerarte ese exceso de deuda derivado de la venta de la casa. Te animo a que rellenes el formulario para contactar con los expertos y que te asesoren.

  56. Estoy el el proceso y me an congelado la cuenta con todo el dinero no me dejaron no para comprar comida no me avisaron nada alguien sabe cuanto tardar para que el mediador concursal me de dinero para mis gastos llevo ya semana sin saber nada

    1. Buenas Diego,

      Una buena pregunta que no tratamos en el artículo. Aquí puedes ver los pasos del proceso.
      En cuanto al tiempo que puede tardar el mediador concursal para aprobar los gastos, lo cierto es que no hay un tiempo marcado, pero no debería ser mucho. Nuestra recomendación es que tus abogados presionen al mediador para que te ofrezca una respuesta inmediata poniendo el tema de la comida sobre la mesa, como has hecho aquí.

      1. Si mi vivienda habitual la aporté a una sociedad patrimonial , por lo tanto no va a mi nombre. pero mantengo la deuda hipotecaria que está al día !
        Si me declaro en la LSO, afectaría de alguna forma?

        1. Buenas Miriam,
          Habría que ver qué dice el préstamo sobre la garantía inmobiliaria. En cualquier caso, si la vivienda es de la sociedad, no tendría por qué verse afectada.

  57. Buenos días, me gustaría exponerles mi caso, yo estoy ya en el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad, tengo deudas porque mi pareja ( no estamos casados ni pareja de hecho) y yo pusimos un restaurante, pero sólo él como auntónomo y yo como avalista. Al final negpocio no fue bien y ambos nos acogimos a la ley de la segunda oportunidad, pero nuestra preocupación es mi caso, yo trabajo en una empresa recibiendo 3000 euros mensuales ( neto) y algunas personas me han dicho que con ese ingreso dificil que salga aprobado mi caso, yo soy la única que pago todo ( vivo en Madrid), pero adicionalmente a ello yo tengo la necesidad de salir del país porque tengo a mi madre enferma y estoy pensando pedir excedencia en el trabajo.
    Mi pregunta es: Puedo pedir excedencia e irme a mi país y dejar el proceso que siga ( mi expediente ya está en manos del juez) , no lo vería le juez como acto de mala fe irme, porque claro ya no tendré ingresos en España .

    Mil gracias por su amable respuesta.

    1. Buena Jacky,
      Si ya estás dentro del proceso de Ley de Segunda Oportunidad tus abogados serán quienes mejor puedan responder a esas dudas. De hecho, es parte de su labor hacerlo. Bajo mi punto de vista, un salario alto hace que tengas posibilidades de pago y de devolver el dinero por lo que es fácil que no te exoneren de las deudas. En su defecto, el proceso serviría para renegociar los plazos y los pagos. Respecto a la excedencia, es posible que eso rompa lo que se considera buena fe dentro del proceso, como bien apuntas, pero no te lo puedo asegurar. Es decir, se puede interpretar como que no quieres hacer todo lo que esté en tu mano por solucionar el problema, con lo que el juez no te exoneraría de las deudas.
      Si tus abogados no son capaces de responderte a esa pregunta te recomiendo que busques otros.

  58. Buenos días, soy autónomo y tengo deudas con hacienda y la seguridad social además de con algún banco, llevo mas de 18 meses de baja y al tener deuda con la seguridad social no he cobrado prestación, ahora también me entero de que no tramitarán mi expediente de incapacidad permanente por no estar al corriente de pagos, he intentado negociar un fraccionamiento desde el principio de la baja sin éxito, ofreciéndoles incluso una propiedad que no tiene cargas (tiene apunte preventivo de la propia seguridad socia y del banco por no pagar la hipoteca de mi vivienda habitual) han rechazado todas las propuestas alegando que el inmueble está en otra provincia y diciéndome que lo venda yo, podría acogerme a la ley de segunda oportunidad para poder resolver el expediente de incapacidad y poder tener ingresos? muchas gracias de antemano

    1. Buenas David,
      Una de las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad es que ahora también permite a los jueces exonerar una parte de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social. En tu caso concreto, te recomiendo consultar con los expertos que figuran en el artículo porque te ayudarán a entender mejor si la exoneración de la deuda te permitirá acceder a la incapacidad.

  59. Hola buenas, soy autónomo y tengo 2 sanciones administrativas que hacen una suma de 69000 Euros aproximadamente, aparte tengo un piso el cual sigo pagando la hipoteca y poseo el 50% de la misma. Hacienda me embargo mi 50% del inmueble quería saber si me puedo acoger a la ley de la segunda oportunidad. Tambien quería saber si pueden poner a subasta ese 50% del inmueble ya que es mi vivienda partciular.

    1. Buenas Jose,

      Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, pero al hacerlo es posible (sólo posible, no seguro), que pierdas la casa. Lo que te recomiendo es que contactes con los expertos que aparecen en el artículo.

  60. BUENOS DÍAS, Tengo deudas de mas de 60.000€ en total con Bancos, financieras, prestamos personales y tarjetas de crédito y me cuesta un montón pagar los mínimos, estoy en paro actualmente cobrando prestación por desempleo. De esos prestamos unos 30.000 están a mi nombre, el restante está a nombre de familiares y amigos que han pedido prestamos en sus bancos a sus nombre para dármelos y poder pagar yo mis gastos, y por su puesto soy yo quien paga las cuotas de sus prestamos que hacen unos 600EUR mensuales de las cuotas.
    Mi esposa tiene otro préstamo personal de unos 10.000EUR que paga ella y está trabajando actualmente.

    Actualmente no tengo retrasos en los pagos pero me cuesta lo que tengo y no tengo para pagar los mínimos, tengo una hija de 2 años.

    Con los gastos fijos del día a día, incluyendo alquiler (ya que no tenemos propiedades), no nos alcanza para cubrir todos los gastos con nuestros ingresos actuales.

    ¿Los gastos de las cuotas de los prestamos que no están a mi nombre, puedo reflejarlos como gastos míos? Tengo todos los ingresos y pagos de las cuotas realizadas, es decir que puedo demostrar que esos gastos son reales como los estoy declarando.

    ¿Que puedo hacer en mi caso?

    Gracias

    1. Buenas Anon,
      Si ya te cuesta afrontar todos los pagos, es el momento de buscar soluciones antes de que la situación te supere por completo. La complejidad de tu situación es que los préstamos no están a tu nombre y, por lo tanto, a efectos legales no son tuyos. De hecho, si te dieron ese dinero deberías de haber firmado un préstamo entre particulares o una donación para que todo fuese 100% legal.
      Dicho esto, el primer paso en tu situación sería negociar con tus acreedores el pago de la deuda. Como los préstamos no están a tu nombre, tu situación crediticia será mejor que la real (a efectos de los bancos no cuentas con esa deuda de tus familiares y amigos). Así, puedes buscar un nuevo préstamo que te permita saldar las deudas que tienes con tus allegados y al mismo tiempo reducir la cuantía mensual que pagas por tus deudas. Sería como reunificar tus deudas. Lo que se hace en estos casos es alargar el plazo del préstamo para reducir la cuota (eso sí, pagarás más intereses en total. Aquí puedes ver más al respecto).
      Esa parte de negociación con los bancos también forma parte de la Ley de Segunda Oportunidad. Esta sería la siguiente solución, acogerte a esa ley de segunda oportunidad, aunque en tu caso de hacer la petición habría que arreglar el tema de la titularidad de la deuda, porque si no, sólo se tendrá en cuenta la deuda que esté a tu nombre.
      En un caso tan complejo como tuyo, lo mejor es que te pongas en contacto con los expertos que mencionamos en el artículo para que te orienten sobre los pasos a seguir antes de solicitar la Ley de Segunda Oportunidad.

  61. Buenas tengo varias deudas con tres entidades pero una de ellas es por un valor de 80.000€ por ser avalista,he estado estudiando para acogerme a esta ley me dicen que si puedo acogerme pero me dicen que tengo que dejar de pagar un préstamo que tengo al día con el banco.Eso es cierto y porque? Pasaría algo si dejo de pagarlo

    1. Buenas Antonio,

      Hasta donde yo sé, no hace falta convertirse en moroso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. De hecho, dejar de pagar el préstamo hará que empiecen a cobrarte intereses de demora, por ejemplo. Mi recomendación es que te pongas en contacto con los expertos que mencionamos en el artículo.

  62. Buenas tardes
    Tengo deudas y créditos más o menos por un valor de casi 200.000 euros, sólo pago por retención judicial en nómina uno de ellos lo qué estipula la ley…, un 30 por ciento más o menos, lo demás lógicamente nada puedo pagar de buenas.
    Tengo casa con hipoteca me queda más de 20 años para terminarlo de pagar, estoy en asnef y nada mendan, hay alguna solución para empezar de nuevo??

    1. Buenas,
      El mayor handicap para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad es la vivienda, que podrías perderla si te acoges al proceso. Te recomiendo que contactes con los expertos para que puedan orientarte.

  63. Hola, tengo dos deudas desde 2010

    1 corte inglés – 5000€
    1 La Caixa – 5000€

    No he podido pagarlas por que desde entonces no encuentro trabajo estable y desde 2013 estoy sin trabajo, me ayudan mis padres y mis hermanos.

    No tengo ni cuenta bancaria ya que me cuesta dinero mantenerla y siempre me llegan cartas de embargos

    Puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad.

    Gracias

    1. Buenas Rafa,

      Con esos datos, podrías perfectamente acogerte a la ley de segunda oportunidad.

  64. Hola buenos días, tengo una duda, si una vez iniciado el proceso y cumpliendo los plazos de pagos que estipule el juez y el administrador concursal, ¿se puede adquirir una vivienda? En el supuesto de conseguir una hipoteca al 100%, o que familiares te financien los gastos, ¿ Por ejemplo para bajar el gasto mensual del alquiler? Si no es así, ¿Cuánto tiempo habría que esperar? Gracias, un saludo.

    1. Buenas David,
      Sí, es perfectamente posible comprar una vivienda después de pasar por el proceso de la ley concursal. Si lo haces antes del mismo o durante, podrían requerir que la casa forme también parte de los bienes a liquidar.

      En cuanto al tiempo, no hay ningún plazo estipulado legalmente para poder comprar la casa. Sí que existe un plazo de 5 años en el que los deudores pueden pedir que se revise el caso.

  65. ¡Hola! Muy buenas.
    Tengo varios creditos que estoy pagando actualmente, pero hay una entidad bancaria de creditos que he dado una demanda por abusivos intereses, al final la respuesta de la demanda decia que se anulara total la deuda, pero yo no sabia nada de esto hasta que me ofrecieron dinero por parte de banco con una excusa por molestias. En mismo momento de la llamada me ofrecieron un acuerdo y yo lo acepte sin saber la respuesta de la demanda. En mismo tiempo de la llamada me mandaron el acuerdo por coreo electronico y la operadora con la intecion de desviarme mi atencion decia que me fije bine si estan escritas bien mis datos para no leer todo lo demas y yo sin pensar mucho lo firme. Mi pregunta es, puedo por segunda vez una demanda, ya que estoy en paro y trato de pagar todas mi deudas, pero es imposible 🙁

    1. Buenas Martin,

      En un caso como el tuyo, te recomiendo que contactes con los abogados que figuran en el artículo. Ellos podrán orientarte mejor, aunque si nunca te has acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, entiendo que podrás hacerlo, ya que una cosa es demandar por intereses abusivos y otra diferente este proceso de exoneración de deuda.

  66. Buenas tardes.
    Si se inicia el procedimiento de obtener el beneficio de la Ley de Segunda Oportunidad y entre ese momento y la decisión del tribunal consigo trabajo, que ocurre? Se suspende el proceso? De suspenderse el proceso y en consecuencia no conseguir la declaratoria del tribunal favorable, que ocurre con los honorarios pagados si el proceso no se ha culminado?

    1. Buenas José Manuel,
      El hecho de conseguir trabajo no afecta al proceso en sí mismo. No se suspendería, simplemente cambiaría tu situación económica y tu capacidad de pago. En otras palabras, en lugar de exonerarte el 90% puede que te exoneren un porcentaje menor, por ejemplo

  67. Hola soy Oswaldo quiero saber si puedo acogerme a la 2 oportunidad tengo varias deudas cada mes pago 1500 euros y estoy trabajando pero gano 1950 euros no tengo bienes quiero saber si puedo xq hace tres años hice una sanción de deudas de un piso gracias

    1. Buenas Oswaldo,

      Los expertos con los que puedes contactar a través del cuestionario son quienes mejor pueden orientarte.

      1. Buenas. Durante los 5 años despues de la exoneración de deudas podré comprar una vivienda?

        1. Por supuesto, Blanca,

          Una vez se dictamina la exoneración, esos 5 años solo sirven como periodo de seguridad donde el banco o los deudores vigilarán que no hayas escondido dinero, por ejemplo. Sin embargo, desde el momento de la sentencia, empiezas de cero y te podrás comprar cada o hacer lo que quieras con el dinero que ganes sin que tus antiguos deudores puedan decir nada.

      2. Hola , tengo una deuda desde hace unos 20 años con la seguridad social que después de cerrar un pequeño negocio no me di de baja de autónomo. ( que no lo sabia , creía que se daba de baja junto con la sociedad.) Eran unos meses y que me llegó subir a
        a 18.000 E , no lo sabía gasta hace poco que intentaron embragarme pero no llegaba al mínimo. Puedo acogerme a esta ley ? No tengo propiedades ni trabajo fijo. gracias

        1. Buenas Petra,
          Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Los abogados con los que puedes contactar con el artículo son quienes mejor pueden orientarte.

  68. Hola, mi marido y yo estamos a punto de entrar en concurso de acreedores por una deuda importante con diferentes financieras. El piso ya lo vendimos para intentar pagar por lo menos parte de ella, pero todavia tenemos un coche del año 2007 que podria estar valorado en unos 3000€. Hoy nos ha dicho el mediador que tal vez nos obliguen a venderlo, pero con esa cantidad no se puede hacer gran cosa ya que la deuda es superior a 100.000. Podriamos perder el coche?. Muchas gracias

    1. Buenas Elena,
      En el concurso de acreedores lo que se hace por un lado es liquidar el patrimonio que tengáis para saldar la deuda y tratar de reestructurarla para que sea viable afrontarla. En principio, salvo que el vehículo sea necesario para desarrollar vuestra actividad económica, sí que puede ser que se venda para saldar una parte de la deuda.

  69. Hola Luis,
    he visto que una persona preguntaba por si puedes seguir en tu casa aunque hayas perdido los ingresos como autonomo y no puedas pagar las mensualidades de la hipoteca. ¿Es cierto que en 2020 no te quitan la casa? He visto por ahí en una web que te dejan negociar mensualidades más bajas pero no entiendo cómo se puede convencer al banco que haga las cuotas mas bajas si no les obliga la ley o un juez.

    1. Buenas Jaime,
      La Ley de Segunda Oportunidad termina incluyendo al juez en el proceso si la primera fase de la negociación no termina con acuerdo. Así, actúa a modo de incentivo para que elb banco sea más flexible al negociar las condiciones de pago.

  70. Hola buenas debo 13.000 euros de mi coche y 5000 a la agencia tributaria soy un chico que esta de baja laboral cobrando unos 950 e mensuales no puedo hacer frente a tanta deuda y quedarme para vivir me podría acoger ala ley de la segunda oportunidad

    1. Buenas Luis,
      Gracias al último cambio, la Ley de Segunda Oportunidad también permite exonerar las deudas de la Agencia Tributaria. Te recomiendo que rellenes el formulario para que los expertos puedan asesorarte.

  71. tengo que hacer frente al pago de 11000 euros mas costas judiciales por sentencia por lesiones. Soy parado de larga duracion y cobro salario social por importe de 442 euros/mes.No tengo ningun tipo de patrimonio. Podria acogerme a la ley de segunda oportunidad?. La sentencia es de hace 4 años y me temo que si algun dia puedo pagar los intereses seran astronomicos.

    1. Buena María,
      La Ley de Segunda Oportunidad está más orientada a las deudas originadas por préstamos más que por otras sentencias judiciales. En cualquier caso, los expertos con los que puedes contactar al final del artículo podrán orientarte.

  72. Buenas tardes,

    Tengo 26 años y tengo una deuda de unos 8 mil euros con diferentes financieras en estos momentos tengo un trabajo a media jornada donde mi sueldo son 900€ y no llego para pagarlo todo puedo acogerme a esta ley? Que debo hacer?

    1. Buenas Luisa,

      Con los datos que nos aportas, podrías acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para reducir parte de esa deuda.

  73. Hola! Me gustaría consultar si me puedo acoger a la ley de la 2 oportunidad.
    Tengo una deuda de unos 15000 € aproximadamente con varias financieras.
    No he dejado de pagar ninguna letra ni tengo ningún pago sin realizar pero tengo unos gastos de 1000€ al mes y cobro 1159€.
    No dejo de pagar pero tengo que pasar el mes con 159€, no tengo hipoteca gracias a dios.
    Así llevo 3 años y no veo que me bajen las deudas.
    Muchas Gracias.

  74. Hola! Tengo algunas deudas de prestamos personales rapidos, tipo quebueno, mykredit, etc… y no puedo asumir los pagos. Que puedo hacer?

    1. Buenas María,
      El primer punto sería negociar con tus acreedores, que siendo de préstamos rápidos pueden no ser muy receptivos. Te recomendamos que rellenes el cuestionario del final del artículo para que los expertos puedan estudiar tu caso concreto.

  75. Buenos días:
    Mi ex- pareja y yo teníamos una deuda pendiente tras ser embargada la casa q teníamos en común, quedando casi 90000 €. Se subasta y el mismo banco se la queda por menos cantidad. En casi 10 años nunca me habían pedido nada. Hace unos meses mi ex se acoge a la ley de la segunda oportunidad y yo me entero ahora q ha sido exonerado y justo después de casi 10 años ahora me reclaman a mi el 100% de la deuda.
    ¿Esto es justo? Si le han exonerado o cancelado la deuda, porque pueden ahora cargarme a mí con todo el problema? ¿Puede una ley de segunda oportunidad darle oportunidad a uno y cargar con todo a otro? Pensaron q no era una deuda de un solo titular y las consecuencias q me derivarían a mi.?
    No se si me pueden asesorar algo. Gracias

    1. Buenas María,
      Entiendo que no pueden reclamarte a ti el 100% de la deuda, pero quienes mejor pueden asesorarte son los expertos con los que puedes contactar al final del artículo. En cualquier caso, si a tu ex le exoneraron, puede que a ti también.

  76. Hola buenas tengo 22 años y tengo una deuda de una empresa que estaba a mi nombre, además de otros embargos. El total de la deuda perfectamente puede ascender a los 70000€ o más. No tengo bienes a mi nombre, ni préstamos que pagar. Pero debido a mi deuda cada mes me embargan unos 100 euros de mi nomina de 1200. Querría saber si me puedo acoger a la LSO. Y por donde podría empezar.

    1. Buenas Czc,
      La Ley de Segunda Oportunidad puede ser una buena alternativa para ti. Al final del artículo puedes encontrar un formulario para que los mayores expertos de España en este tema estudien tu caso y se pongan en contacto contigo.

  77. Tengo una deuda con el banco de 120mil € en total pero debido a problemas familiares y pandemia ahora mismo estoy debiendo 20 mil € atrasados de varios préstamos entre ellos una licencia detaxi ,yo quiero pagarles y q me den facilidad de refinanciar mi deuda y no quieren q debo hacer ya q quieroncontinuar con mi taxi ya q es mi medio de vida y la de mi familia gracias .

    1. Buenas N.N.,

      En tu caso la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarte a empezar de cero y/o a poner más presión a los acreedores para negociar antes de que sea el juez quien decida.

  78. Buenas noches, cobro solo 490€ de prestación de desempleo, debo dos prestamos de unos 50000 euros en total, aparte tengo un piso con hipoteca que es mi vivienda habitual, y un coche sin cargas y valorado en 2200€, hay posibilidad de acogerme a esta ley sin perder al menos el piso? A día de hoy no debo una sola letra, pero ya no podré pagar más, solo la hipoteca y porque tengo una carecía de unos meses. Otra duda que tengo es si es posible conservar el coche en caso de llegar a un acuerdo.gracias de antemano.

    1. Buenas Diego,
      En tu caso, puedes adelantarte a la situación negociando con tus acreedores un periodo de carencia en el que dejes de pagar parte del préstamo y solo amortices intereses. ¿La ley de segunda oportunidad? Puedes mantenerla como recurso final, pero los expertos son los que mejor pueden decirte si es el momento de hacerlo.

  79. Buenos días,
    En caso de resolver el concuros mediante un auto de un Juez en el que se declare la exoneración de las deudas, qué consecuencias legales se podrían derivar durante los siguientes 5 años? Podría el concursado acceder a la compra de un inmueble? Si le toca la Lotería podrían los acreedores reabrir el proceso? Hay alguna consecuencia oculta que sea conveniente conocer?
    Gracias

    1. Buenas pregunta Iago,
      Esos 5 años de margen se establecen como colchón de seguridad para comprobar si la persona que se ha acogido a la Ley de Segunda Oportunidad ha incurrido en algún tipo de inexactitud o trampa, por así decirlo. Es decir, si se han ocultado bienes o se ha mentido sobre la situación de ingresos, por ejemplo.
      Te puedes acoger a la ley y que en un año te toque la lotería y no deberías nada de tus deudas antiguas.

  80. Hola, mi mujer y yo avalamos una empresa que quebro,con una deuda de 500000 ahora queremos acojernos a la ley de segunda oportunidad, la pregunta es , siendo una unidad familiar, el administrador concursal nos cobraria deuda por separado entendiendo que son dos deudas de 500000 a cada uno, o solo puede facturar como una deuda sola 500000.

    1. Buenas Alfonso,
      El montante de la deuda no se duplicaría. En todo caso se dividiría a la mitad entre cada uno de los dos. De todas formas, los expertos con los que puedes contactar al final del artículo son quienes mejor pueden orientarte.

  81. Buenas noches;

    Os escribo en relacion a un caso que tengo con el B. Santander en su dia me ofrecieron unos prestamos de los cuales yo acepte ya que en la familia estábamos pasando por un mal momento el caso es que page ya pague dos prestamos y ahora todavia me quedan3 prestamos por pagar ah todo esto hay que añadir que tengo una tarjeta de credito denominada «Revolving» y otra de credito la deuda que tengo actualmente es de 26.427,94€ de los cuales los prestamos ya son 363,93€ en total + las tarjetas de credito no tengo vivienda propia y solo tengo ingresos de una prestación por hijo a cargo que me dan mis padres pero que no esta a mi nombre a todo esto tengo que decir que tengo una discapacidad del 68% y mi situación actual es desempleada por lo cual no puedo hacer frente a los pagos de las tarjetas de credito ni a los prestamos.

    La pregunta es la siguiente:

    ¿Seria factible acogerme a la segunda oportunidad?

    1. Buenas,

      Entiendo que puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, aunque los expertos que figuran al final del artículo son los que mejor pueden orientarte. En cuanto a las tarjetas revolving, es muy fácil que puedas reclamar por ella. En este enlace puedes ver cómo hacerlo.

  82. Hola tengo un embargo de seguridad social es de 1000 ahora y me quitan 70 euro cada mes ..me llegó otro embargo judicial de un alquiler ..el dueño me dije de non pagar los últimos meses así me recuperaba la fianza y después dos años me llegó da pagar 3500 el abogado en primero momento me dije de declarame culpable así non me ponevan otro gastos y subió el doble en principio era 1700 .. está persona non quiere un acuerdo le dije qué empezaba a pagarle cada mes pero nada non quiere un acuerdo …se puede hacer algo en respecto non tengo casa propria vivo de alquiler y tampoco tengo trabajo fijó también hijo a cargo .. gracias

    1. Buenas Simona,
      Si no tienes bienes, es más sencillo y adecuado acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

  83. Buenos días, tengo trabajo temporal hace 2 meses, ya que me despidieron en marzo por covid19 (obra y servicio).
    Tengo 10.500 euros de deuda de 6 microprestamos con Bankia. Pago 300 euros de cuota y gano 1000…no puedo ni pagar un alquiler…nada de nada. ..
    Me ofrecen una reorganización y poner una cuota menor (pero los intereses me harán pagar mas dinero)…
    Puedo acogerme a la Ley Segunda Oportunidad.
    No tengo más deuda, ni casa propia…sólo un coche de segunda mano..
    Bankia me ha cobrado 35 euros de penalización por cada recibo pagado con demora…
    Quiero saber si puedo acogerme para condonar parte de la deuda aunque sea…me veo sin ahorros, proyectos, independencia…etc.
    Me gustaría saber viabilidad de mi caso, consejos de actuación y presupuesto aproximado en caso de proceder con ello.

    Gracias.

    1. Buenas Laura,
      Puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, pero quizás no sea la mejor alternativa. Los expertos con los que puedes contactar al final del artículo te orientarán al respecto.
      En cualquier caso, recuerda que una parte de este proceso de Ley de Segunda Oportunidad incluye la negociación con el banco y sólo en caso de no alcanzar un acuerdo con ellos sería el juez quien decidiría si condonar o no la deuda.
      Por otro lado, lo que sí puedes hacer es reclamar la penalización por la demora y los intereses adicionales que hayan incluido en Bankia. En este artículo encontrarás a los expertos que te ayudarán a hacerlo.

  84. hola buenos dias:
    mi pregunta es la siguiente . Puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad ,tengo una deuda con la seguridad social de 14.700€ por el no pago de las cuotas de autónomos ya que el negocio que tenia no iba bien , estuve trabajando y me embargaron la nomina y con el embargo estaba pagándoles pero me enferme y actualmente estoy de baja por enfermedad por la mutua ya que me tienen que realizar un trasplante de cornea por que me quede siego de un ojo cobro actualmente 600€ que es mi unico ingreso y tengo un coche del 2005 que me costo 1500€ y me lo han quitado también .la seguridad social quiere que le pague como minimo 4000€ pero no los tengo pero si quiero pagar y que de una vez por todas me esten quitando lo unico que tengo y mal viviendo .
    me puedo acojer a la ley .
    no tengo ni vivienda propia ni bien alguno .

    1. Buenas Rafael,

      Los expertos son quienes mejor pueden orientarte sobre cómo actuar y si la Ley de Segunda Oportunidad es lo más adecuado en tu caso. Sólo tienes que rellenar el cuestionario del final del artículo y se pondrán en contacto contigo.

  85. Hola tengo unas deudas que sumadas son unos 75000€, mi sueldo es de 1750€ casado y con una hija, he intentado negociar para ir pagando mes a mes pero se niegan lo quieren todo de una vez o pagos muy grandes de mes en mes, no tengo ningun tipo de propiedades me podria acoger a la ley de segunda oportunidad

    1. Buenas Adrián,
      Si no tienes propiedades es más fácil que puedas acogerte a esta Ley como fórmula para forzar la negociación con tus acreedores. Rellena el cuestionario del dinal del artículo para que los expertos puedan aconsejarte.

  86. Buenos días

    actualmente tengo una deuda con hacienda de unos 31.000€, corresponden a impagos de irpf, iva y sus correspondientes sanciones, intereses y demás. Dejé de ser autónomo hace ya casi 4 años, actualmente trabajo con contrato fijo en una empresa (la misma desde que dejé de ser autónomo) en la que tengo embargada la nomina (unos 1600€ netos antes de embargos), hace años que dictaron embargo del inmueble que poseo junto a mi pareja, que esta hipotecado, y conforma nuestra residencia habitual, no tengo ningún otro inmueble, hoy he recibido una notificación en la que me comunican que proceden a embargarme el vehículo, que es indispensable para desplazarme a mi lugar de trabajo (150KM diarios). Frecuentemente también proceden a embargar el saldo de las cuentas corrientes.

    Tras conocer la sentencia del supremo, ¿seria viable ampararme en la ley de segunda oportunidad? si se consiguiera una quita de las sanciones e intereses y se pudiera fraccionar el pago a 5 años lo veo posible…..

    1. Buenas Rodrigo,
      La Ley de Segunda Oportunidad puede ser una opción en tu caso, especialmente con el embargo de bienes ya en marcha. Las últimas sentencias en torno a esta opción han llegado a establecer quitas sobre las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, que es lo que te vendría bien en tu caso.

  87. En los gastos está incluido el alquiler de la vivienda habitual, la casa que tengo en propiedad la tengo a la venta ya que está en un pueblo y ha sido por herencia de mi madre, yo vivo en distinta ciudad.

    1. Buenas María Teresa,
      Como parte del proceso de la Ley de Segunda Oportunidad se procede a liquidar tu patrimonio salvo la vivienda habitual. En este caso, se vendería la vivienda del pueblo como parte del proceso.

  88. Hola, compre una vivienda en 2009 con un sueldo de 2.000€, pero por una enfermedad me incapacitaron y me quedé con 1.218€ de pension hace 5 años, con lo que al ser soltera y depender sólo de este ingreso, no podía atender hipoteca, comunidad, ibi, seguro, medicos, comida, suministros, transporte, etc … y tuve que alquilar el piso para cubrir todos los gastos que representa tener vivienda e irme a una habitacion individual de alquiler
    El banco no quiso una quita. Y además tengo un prestamo personal de 2.700€ que me representa 80€ al mes. La hipoteca son 658€, e ibi y comunidad son 130€ al mes. Si sumo el resto de gastos en Barcelona … no llego a final de mes.
    Puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad? Hasta ahora he estado malviviendo en una habitacion para poder alquilar mi casa y atender hipoteca, seguro, ibi y comunidad, y tambien no tener que pagar suministros, pero mi incapacidad de salud es para siempre, con lo que el ingreso no mejorará, y la hipoteca le quedan 35años. Y no quiero pasar el resto de mi vida en una habitación.
    Puedo dejar de pagar para poder vivir dignamente en mi piso y acogerme a la ley de segunda opotrunidad? O me puede decir el juez o administrador que porqué he dejado de alquilarlo? (obviamenre a costa de malvivir en una hab)
    Solo tengo este piso y un coche que tiene 12 años.
    Me gustaria poder cancelar esta hipoteca, que se quede el juez el piso, y poder empezar de nuevo en un piso mas humilde que sí pueda permitirme. Ahora ni siquiera puedo ir de alquiler a un piso porque en Barcelona nadie me alquila al ver que cualquier alquiler supera el 40% de mis ingresos. Los alquileres aquí estan por las nubes y aún yendo a barrios muy humildes, es dificil encontrar un alquiler que se ajuste a lo que yo puedo pagar, unos 400€.

    1. Buenas Silvia,

      La dación en pago no es habitual en España. Es decir, ningún banco se quedará con la casa como pago de la deuda salvo que le obliguen legalmente vía sentencia… No tengo muy claro si la Ley de Segunda Oportunidad es lo mejor en tu caso, ya que todavía no estás al límite de tus capacidades de pago (otra cuestión diferente es la calidad de vida que puedes tener, lógicamente). Para esa consulta te recomiendo rellenar el cuestionario del final del artículo para que los expertos atiendan a esta duda.
      En cualquier caso, tanto si la Ley de Segunda Oportunidad aplica en tu caso como si no lo hace, hay algunas cosas que puedes hacer para mejorar tu situación:
      1- Buscar mayores ingresos por el alquiler de la vivienda. Revisa si estás maximizando el alquiler de tu casa. Hay colectivos que pagan más que otros o suponen menos riesgo, como por ejemplo los estudiantes. Si con ese alquiler consigues cubrir los gastos de la hipoteca más los gastos de la comunidad tendrías tu salario íntegro para buscar piso.
      2- Vender la vivienda. Esta sería otra alternativa, siempre que el precio de venta cubra el precio de compra más la hipoteca. Si además inviertes el dinero en comprar otra casa no pagarías impuestos (más allá de los impuestos de la compra de la nueva casa).

      1. Hola buenos dias,
        Adquirí un vehículo en el año 2008.
        Solicité al que era mi banco una tarjeta de crédito con el que pagué en varias ocasiones el seguro del coche..
        Y para finalizar pedí un préstamo a Cofidis para ayudar a un familiar.
        Pagaba las cuotas religiosamente hasta que por problemas económicos no pude pagarles…
        Tendré en total una deuda de 22000€, a bankia le debo unos 4000€ pero me dejan la deuda al 50% si lo pago en una sola cuota y antes de que se acabe el mes, cofidis les debo 2000€ y me dejan la deuda en unos 900€.
        La deuda de bankia y cofidis creo que lo voy a poder pagar, pero los del coche me piden que les abone unos 16500 euros en el plazo de 1 mes, dinero que no tengo.
        No tengo hipoteca, ni nada, sólo el coche que en el mercado no me dan 1000€ por él…
        Quisiera poder acogerme a esta ley, actualmente tengo trabajo estable pero gano 1000 euros, acabo de ser madre y mis gastos teniendo en cuenta que casi la mitad de mi sueldo se me va en pagar la casa y los sumimistros no me dan para ahorrar y mucho menos para que me refinancien la deuda.
        Tengo posibilidad de que se me anule la deuda del coche??

        1. Buenas Beatriz,
          Te recomiendo que rellenes el cuestionario del final del artículo para que te asesoren. En cualquier caso, veo que tienes avanzada la parte de negociar con tus acreedores, que es una de las fases de la Ley de Segunda Oportunidad.

    2. Buenas tengo una deuda de entorno a 10.000 que me lleva de cabeza y no puedo más con ella..

  89. Buenas noches.monte un restaurante y firmé un contrato con los de la máquina recreativa por 3 años, pero sólo dure abierto 10 meses.los mismos me dieron un crédito de 2000€ y les dejé a deber 1200€.Han ganado los juicios y me piden 28000€.aparte debo 8000 al estado y al banco.tengo solucion?

    1. Buenas Jonatan,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario del final del artículo para que te asesoren los expertos.

  90. Hola ,a mi me embargaron la cuenta por orden judicial ,me dejaron sin ningún centimo,por una deuda comprada por terceros, he llamado para tratar de llegar un acuerdo y quieren que les pague el total ,estoy divorciado tengo que pasar una pensión ,pagar el alquiler del piso más otros gastos ,puedo acogerme a esta ley

    1. Buenas Carlos,

      En ese caso creo que la Ley de Segunda Oportunidad te podría ayudar a negociar con tus acreedores, ya que una de las partes de esta Ley incluye esa negociación, sólo que tutelada por abogados y jueces.

  91. Hola… Tengo una deuda bancaria de 27000 euros desde 1996 por un préstamo avalado a una sociedad, que no pago. No tengo bienes, solo una pensión de viudedad de 537 euros…. Ahora de nuevo me embargan lo poco asegurado con la pensión en el banco (4000 euros), durante diez años últimos. Puedo hacer algo?

    1. Buenas Pablo,
      Creo que tu caso aplica a la perfección para acogerte a la citada Ley de Segunda oportunidad. En el formulario del final del artículo puedes ponerte en contacto con asesores expertos en esa cuestión.

  92. Hola, tengo una deuda con la seguridad social de cuando era autónomo, de hace unos diez o doce años. Después de varios pagos y un embargo de un coche que me devolvieron a los 4 años por no vender en el 2012, creo que se quedó paralizada la deuda y me fueron embargando alguna cantidad. En 2013 empece atrabajar por cuenta ajena y me embargan algo de la nomina, pero no me pueden jubilar sino pago la deuda y no sé como puedo pagarla o negociar. No sé que puedo hacer mi nomina es de el sueldo mínimo . gracias de antemano

    1. Buenas Francisco,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo. Por ley, sólo hay una parte de la nómina que te pueden embargar y sólo siempre que supere el salario mínimo.

  93. Hola!
    Mi situación es peculiar. A mi me metieron en proceso judicial hace unos 6 años y me embargaron todos los bienes y sueldo (cuando trabajo) por una deuda de
    3 créditos por un total de unos 50k más 20k aprox de costas e intereses.
    Tenía otra deuda de unos 5k que conseguí pagar hace 3 meses.
    A veces tengo trabajo y a veces no porque trabajo por proyectos.
    Intenté llegar a un acuerdo varias veces con una cantidad que pudiera pagar pero me dijeron que era muy poco: yo pedí los
    Créditos para pagarlos en 4 años pero perdí empleo y se me hizo imposible. Les dije que me rehicieran la deuda para dejarme una cuota de 100-200euros a 20 años y poco menos que se rieron en mi cara.
    ¿Cómo puedo librarme de pagar ? Me está arruinando mi vida.
    Saludos

    1. Buenas Jose,
      Con la Ley de Segunda Oportunidad primero se negocia con los acreedores y en caso de no llegar a acuerdo, es el juez quien establecerá quitas a la deuda. Es decir, te condonará parte de esa deuda. Te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para que los expertos puedan estudiar tu caso de forma gratuita.

  94. En el año 2008 solicité el concurso de acreedores. En el juicio no se me condenó porque el juez no vio dolo por mi parte. Pero las deudas aún siguen ahí. ¿Podría solicitar La Ley de la Segunda Oportunidad? Yo no puedo renegociar las deudas ya que malvivo de un subsidio y no puedo pagar nada.
    Gracias

    1. Buena Antonio,
      La Ley de Segunda Oportunidad funciona de forma similar al concurso de acreedores, pero podrías solicitarla.

  95. Buenos Tardes ….
    en el año 2005 me arruiné con una empresa de transporte.
    Me retiraron una franquicia de transporte y me quedaron deudas del IVA y Segurarida Social y también pagaré, que firme, cuando compre la empresa y solamente pude pagar un 50 por ciento de la deuda.
    Con una deuda de 100 mil euros
    Mi pregunta es si puedo acogerme a la ley de segunda oportunidades.
    No tengo bienes ni trabajo

    1. Buenas Miguel Ángel,

      Si ya se liquidó todo tu patrimonio, es muy posible que puedas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad e incluso que te convenga hacerlo. Rellena el formulario que encontrarás al final del artículo y los mayores expertos en España en esta cuestión contactarán contigo para estudiar tu caso concreto.

  96. Buenas.
    Recientemente he iniciado proceso para acogerme a esa ley con la ayuda de la asociacion para la ayuda al endeudamiento.
    Una de las premisas que me dijeron , era que una vez se iniciaba el procedimiento y se hacia la comunicacion al juzgado de primera instancia de mi partido judicial, ya podia dejar de atender los pagos de las deudas dado que el propio inicio del procedimiento «protege» o te blinda , contra acciones que pudieran tomar los acreedores y que no se aplicaban intereses hasta el final del procedimiento.
    Ahora leo en vuestro blog que hay que continuar atendiendo las cuotas?
    Quiza pues no me han informado debidamente?

  97. Si uno inicia el proceso para la ley de segunda oportunidad, durante el tiempo que dura el proceso ya sea 1 o 2 o mas años,se siguen pagando las cuotas de creditos o se dejan de pagar? Los bancos van a cobrar interés por no seguir pagando? Cómo saben las entidades que uno esta en un proceso de segunda oportunidad para que no sigan pasando las cuotas mensuales?

    1. Buenas Sandra,
      Durante el proceso se mantienen los préstamos y las deudas tal y como están a no ser que se llegue a un acuerdo para establecer un periodo de carencia durante el proceso o el juez así lo dictamine. En otras palabras, mientras estás negociando y el juez decide, debes seguir atendiendo a las cuotas y los bancos seguirán cobrando intereses si no pagas.
      Por otro lado, las entidades financieras saben que estás en el un proceso de Ley de Segunda Oportunidad porque son una parte interesada y se les informa del mismo al iniciarlo. No ven vano, la primera parte del proceso es una renegociación de la deuda.

  98. Hola, PreAhorro…. porque a un político le prescribe los cargos de presunta deuda, y al ciudadano de pie tiene que pagar toda la vida….. donde están los abogados con tanta dignidad , para el Rico…… pero son ustedes ciegos para los pobres, que pobre no tiene deudas.? no existe Ley para los pobres, solo intentan justificar, un poco… como dice un buen humorista.. las gallinas que salen por las que entran o dicho de otra manera….. los zorros que ustedes libran? pero los pollos siempre en el gallinero? y estos toda la vida a pagar…..

    1. Buenas Oscar,
      Nos escribes como si fuésemos responsables de haber creado esta o cualquier otra ley. En el artículo explicamos cómo funciona y si es una buena opción para una persona endeudada, no entramos en la justicia del sistema… Quizás deberías haberlo leído antes de comentar.

  99. Buenos dias, tengo deudas superiores a 75000€ (tarjetas, creditos y mini prestamos), en estos momentos no puedo hacer frente a los pagos y me estan reclamando desde las entidades con las que tengo la deuda.
    No tengo propiedades ya que estas fueron liquidadas el año 2019.
    ¿Puedo acogerme a la Ley de segunda oportunidad?
    que costes tengo que asumir.
    En este momento no tengo liquidez.

    1. Buenas Pedro,
      Te recomiendo que rellenes el formulario del final del artículo para que los expertos te orienten al respecto.

  100. Hola!!
    Cuando tenía 20 años el banco me obligó a firmar como avalista de un préstamo para mis padres. Ese préstamo no se pudo pagar y ahora yo tengo una deuda que no es mía.
    ¿Podría acogerme a esta ley si fui obligada a firmar como avalista en una época en la que no tenía ni ingresos?

    1. Buenas María,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te puedan asesorar en tu caso.

      1. Tengo deudas con bancos diferentes a un valor más o menos de 28mil euros tengo cargo de 2 hijos y mujer que no trabaja me intera la ley

        1. Buenas,
          En ese caso, rellena el formulario del final del artículo y un equipo de expertos te ayudarán con tu caso concreto.

  101. Buenos dias,entonces una vez finalizado y cancelada la deuda,la deuda no desaparece y esta presente durante cinco años,de esta manera estas controlado y no puedes acceder a ningun tipo de financiacion durante esos cinco años esto es asi?

    1. No exactamente, ese plazo de 5 años es un periodo que el Estado se reserva para revisar el caso. Eso no quiere decir que no vayas a poder acceder a financiación.

  102. Buenas tardes: tengo una deuda con un fondo buitre, parecer ser que estaba en el juzgado en archivo provisional, soy jubilada con una jubilacion de minimos y este año hacienda me tenia que devolver dinero y se lo han quedado por esta deuda.

    No tengo ninguna propiedad (vivo en el piso de mi hijo), es posible haceder a la ley de segundas oportunidades o cancelacion de dicha deuda?.
    Muchas gracias por su atencion

    1. Buenas María,

      Habría que ver el caso con más detenimiento, pero en tu situación entiendo que el fondo será el primer interesado en negociar las condiciones de tu deuda.

  103. Buenas noches, en casa tenemos una hipoteca de 65000€, la parte ya pagada es de 40000€, el valor de la casa se supone 120000€ y si la vendemos tendríamos que pagar una plusvalía de 9800€ pero ademas debemos 15000€ a hacienda también tenemos una deuda de 120000€ en créditos y prestamos (si contamos hipoteca, coches y hacienda la deuda seria de 235000€) y tenemos dos vehículos, ambos con reserva de dominio de cuya venta no podríamos realizar ya que tendríamos que pagar por venderlos, en resumen, con la venta de la casa no podríamos saldar las deudas ya que o bien no podríamos pagar la plusvalía o no podríamos pagar a hacienda y ademas de quedarnos sin casa, no podríamos alquilar en ningún lado porque los gastos de las deudas bancarias superan los 4000€ y en la unidad familiar llegamos 2900€ lo que nos dejaría completamente insolventes. ¿Es posible mirar de cancelar las deudas bancarias y continuar pagando coche hasta la extinción de contrato e igualmente continuar con la hipoteca ya que a dia de hoy no hemos tenido ningún impago?

    1. Buenas Álvaro,

      Creo que la mejor solución es ponerte en manos de expertos que te ayuden a afrontar la situación y ver si lo mejor para vosotros es acogeros a la Ley de Segunda oportunidad o buscar otras soluciones. Rellena el cuestionario del final del artículo para que te puedan asesorar.

  104. Hola, mi caso es que en 2017 pedí un préstamo clik and go de la caixa, de 15.000€ de los cuales he pagado 6500euros me quedan todavía casi 8700 euros pof pagar, el caso es que perdí mi trabajo en diciembre de 2019, fui a mi oficina les comenté mi situación y si por favor podíamos negociar la cuantía mensual de 455euros que pagaba a 180 puesto que iba a pedir un subsidio por días cotizados, el caso ez que me dicen que si que iban a estudiar el tema, yo sin tener ni para el alquiler les pague el mes de enero de 2020 es decir los 455 que se suponía no podía pagar… La cuestión es que me querían hacer pagar 290euros wud para mi es imposible pagar puesto que me quedaría sin comer y no es el acuerdo al we ue to había llegado en la oficina con la asesora que me atendió ese día, podría pedir la ley de segunda oportunidad… No poseo nada de nada ni casa nada vivo de alquiler qud encima pago 400 euros. Bueno no se si me he explicado bien. Gracias.

    1. Buenas Elena,

      En tu caso eres una firme candidata para acogerte a esta ley, que forzará al banco a renegociar las condiciones del préstamo si no quieren una quita de parte del dinero que adeudas.

  105. Buenas tardes,
    A finales de 2006 cerré con pérdidas una empresa de la cual yo era la administradora aunque la gestionábamos entre mi ex marido y yo. Las deudas me las reclaman a mi.
    He calculado que debo en total unos 65.000€ entre proveedores y SS a la que se le deben unos 40.000€ de ese total.
    Mi nómina, ya embargada judicialmente para atender la deuda de la SS, asciende a unos 1200€ brutos.
    Vivo de alquiler y no tengo bienes aunque a finales del 2018 falleció mi padre y consto como heredera del 25% de la vivienda principal de mi madre y de una finca rural. El resto corresponde a mi madre y mis dos hermanas a las que no quiero perjudicar si me acojo a esta Ley.
    Mis gastos mensuales (alquiler, suministros, seguros y comida ) son superiores a mis ingresos y no creo que viviendo 10 vidas pueda pagar lo que debo.
    Puedo beneficiarme de la Ley sin perjudicar los bienes que antes he mencionado?.

    Saludos

    1. Buenas Montse,

      Una de las ventajas de la Ley de Segunda Oportunidad es que ahora sí se pueden hacer quitas en el dinero que se debe a las administraciones públicas, por lo que sí parece una buena idea acogerte a ella. En cualquier caso, te animo a que rellenes el cuestionario del final de la página para que te informen.

  106. Buenos dias , Mi marido tenia n piso antes de casarnos. Y en la crisis de 2008 lo entrgo a los bancos contra la deuda. hacienda nos reclama el plusvalia de ese piso . ahora estamos en separacion de bienes . La deuda que reclama hacienda a mi es de 18000 euros. Estoy en paro me puedo acoger a la ley de segunda oportunidad . Mi marido tambien trabaja media jornada. Tenemos alguna solucion.

    1. Buenas Aarti,

      Lo primero es ver si esa deuda ya ha prescrito, ya que la plusvalía del piso se paga en la declaración de la renta y el plazo de Hacienda para reclamar el IRPF es de 4 años desde su entrega.

    2. Buenas noches ,yo tenía una empresa con otros dos socios una comunidad de bienes…tenemos deudas en total hasta 60000 euros ,tengo embargada la nómina no creo k pueda pagar mi parte xk tengo hijos yi sueldo no supera los 1300 euros …kerian saber si puedo acogerme a esta ley??

      1. Buenas,

        Te recomiendo que rellenes el cuestionario del final del artículo para que te asesoren. En principio, todo el mundo puede acogerse a esta Ley, otra cosa es que sea la mejor opción. En tu caso, si tu nómina ya está embargada, el proceso puede ayudarte a renegociar con los bancos y que se te exonere parte de la deuda.

  107. Hola me gustaría saber que y cómo funciona la ley de la 2 oportunidad,ya que tengo una deuda de unos 18000 euros de una tarjeta y justo justo y meses que paso apuros para poder tener para comer y muchas veces no puedo hacer frente a ella ya que soy el único sustento de mi familia en estos momentos.
    Me quitarían el piso para hacer frente al pago? Es lo único que tengo(hipotecado)

    1. Buenas,

      Te recomiendo que rellenes el formulario que aparece al final del artículo para que te asesoren respecto a la Ley de Segunda Oportunidad y la vivienda, que normalmente queda fuera de ella.

      Por otro lado, también te animo a que mires el siguiente artículo sobre cómo reclamar las tarjetas de crédito: Cómo reclamar por la tarjeta revolving

  108. Hola tengo 2 deudas una con el banco de 9000 euros y otra con hacienda de 6500
    Tengo 2 preguntas :
    1)puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad tanto con hacienda como con el banco.?
    2)si llegase a consederce la remisión de las deudas, llegaría a estar en lista negra con las entidades financieras?

    1. Buenas John,

      Las deudas del banco siempre entran en la segunda oportunidad. Con las de Hacienda, hay sentencias que también las incluyen, pero debes tener cuidado porque es fácil que Hacienda no lo haga de motu propio.

  109. Acabo de salir de cumplir 3 años de cárcel, nada más salir me están cobrando una deuda de 1000 € , por el impago de un minicredito de 300€. Que lo pedí antes de ingresar en prisión, es posible cancelar esa deuda acogiéndome algún programa de reinserción social.gracias

    1. Buenas Julio,

      La verdad es que desconozco si existe algún programa de ese tipo que aplique a las deudas, aunque sí parece lógico que no cobren nada más salir de penitenciaría. Lamento no ser de más ayuda.

  110. buenas tardes. En relacion a la ley de segunda oportunidad. Que sucede con el despues?? Vale te aprueban el concurso y te hacen una quita digamos el 100%. Como quedas delante de otros bancos?? Entras en al alguna lista negra? Tendras problemas para solicitar futuros prestamos o hipotecas? Gracias

    1. Buenas Fabián,

      En principio no entras en ninguna lista negra ni nada similar. Después podrás solicitar hipotecas y préstamos normalmente.

  111. Hola, querría preguntar si se puede acoger a la segunda oportunidad alguien que deba recibos de un coche.
    Gracias

  112. Hola, quisiera información sobre la Ley de la segunda oportunidad, tengo una deuda de unos 70000 euros y estoy comenzando a atrasarme en los pagos, cobro menos de lo que debo pagar al mes, no se si hay alguna solución, no quiero dejar de pagar, solo poder pagar una cuota que me permita pasar el mes.
    Gracias de antemano.

    1. Buenas Ana,

      Te animo a que rellenes el documento que hay al final del artículo para contactar con los expertos.

  113. Hola, tengo un piso a medias con mi exmarido desde hace 15 años en Tarragona. Lo compramos cuando aún eramos pareja con la intención de vivir en el, pero al separarnos volvimos a Barcelona cada uno por su lado. El es una persona económicamente bien situada y yo he ido tirando a duras penas todos estos años, ya que él nunca quiso venderlo porque suponía perder mucho dinero y la verdad es que es una persona muy difícil. La cuestión es que después de convencerlo, pude alquilar el piso, y eso me ayuda a pagar parte de la hipoteca. El resto lo hemos pagado a medias, yo más mal que bien. La cuestión es, que él, hace un año que ha dejado de pagar su parte con lo que me han metido en una lista de morosos. Yo a duras penas puedo pagar lo que a mí me pertenece pagar ( he tenido que pedir dos carencias) y no puedo hacer frente al pago de su parte. Aún se debe 90.000 euros de los 120.000, y creo que él ya no tiene intención de pagar más. Me gustaría saber si hay una solución para mi caso, ya que deseo con toda mi alma desvincularme de el, y del piso, después de tantos años.
    Gracias

    1. Buenas Araceli,

      La mejor solución es vender el piso. Si el no quiere, pero sin embargo no hace frente a los pagos, podrías plantear el caso a un juez para que él decida.

  114. Hola, poner en marcha la ley de segunda oportunidad acarrea algún costo? Gracias

    1. Buenas Dácil,

      Si, ya que es un proceso judicial. Te animo a que rellenes el formulario del final del artículo para que te expliquen cómo funciona todo el proceso.

      1. Es posible alquilar el mismo piso que entregue en la ley de segunda oportunidad y con un precio igual o parecido al que pagaba la ipoteca, o no?
        Así evitar mudanzas y busque interminable de piso para arrendar.
        Ó cuál sería el precio de esa vivienda para mi? Y si a caso lo necesitará acoger me a la ayuda de alquiler social si reúno los requisitos?
        Gracias por vuestra atención.
        Un saludo, Alain.

  115. Hola soy de tenerife., Mi caso no sé si tiene alguna posibilidad. Fui multada con 9557,18 euros en el año 2009 a causa de que salí del estado español mientras cobraba el paro y no lo comunique a la oficina de empleo. Me lo comunicaron en el año 2011 y desde entonces arrastro esta deuda mas los intereses. Mi vida a cambiado desde entonces porque tengo 2 hijos menores de edad y he podido hacerle frente a esa multa como he podido. Los intereses no me dejan avanzar en la reducción de esta absurda deuda y ha subido hasta un tope de 13.000 euros en el 2016. Actualmente he realizados varios abonos más todos mis cobros de paro todos al completo han sido embragados y no he tenido posibilidad alguna desde entonces de cobrarlo . No tengo cuentas en ningun banco porque todo me lo han terminando embargando Todo. Me gustaria saber si tengo alguna posibilidad y viendo su respuesta relleno el formulario Gracias.

  116. Hola durante unos años tuve una cierta “bonanza” económica la cual me llevó a un endeudamiento elevado pero que soportaba sin problema. Decidí cambiar mi trabajo y montar un negocio físico con un socio capitalista que hizo la inversión. Dedique todo mi tiempo a levantar dicho negocio sin suerte…. a la vez que dejé en ese tiempo de lado mi anterior trabajo, contactos, clientes, etc…..
    El local abierto durante 10 meses en los que no percibí ni un solo euro de ingreso fue acabándose mi dinero acumulado en la cuenta hasta quedarme sin dinero. Pues bien se cerró el local con una deuda total de 36.000€, partida para cada socio de 18.000€
    Todo se torció, y tuve que buscar trabajo de donde fuera, intenté retomar la actividad anterior pero las deudas acumuladas no me dejaban apenas dinero para vivir, además de generar nuevas deudas con Hacienda y Seguridad Social por lo que tuve que dejar de ser autónomo de nuevo y hoy estoy contratado por una de las empresas que prestaba servicio con una nómina de 1.100€.
    También en éste tiempo sufrí el divorcio de con mi ex pareja y debido al historial de buenos ingresos anteriores se me impuso una pensión alimenticia de 300€ más otros 250€ de la mitad de la vivienda en común hipotecada. Además de mi ex pareja desentenderse de otros créditos contraídos en el período matrimonial.
    Resumiendo el total de las deudas acumuladas son las siguientes:
    – Hacienda y S.S…..4.000€
    – Préstamos personales…45.000€
    – Tarjetas Credito…. 6.000€
    – Proveedores…. 18.000€
    TOTAL: 73.000€
    Con estas deudas más 530€ mensuales que tengo que ingresar a mi ex pareja y con mis ingresos, no puedo hacer frente a todo. He echo algunos planes de pago con algunas deudas pero no consigo pagarlos o llevarlos al día, y cuando pago la mayoría de los casos es con ayuda de familiares.
    Podría acogerme a esta ley, aunque sobre todo mi intención es de PAGAR pero en unas cuotas y tiempo viables que me permitan vivir y compaginar los gastos mensuales del divorcio, aún así tarde muchos años pero que todo el mundo cobre.
    Gracias .

    1. Buenas Pablo,

      Rellena el cuestionario del final del artículo y unos expertos se pondrán en contacto contigo para estudiar tu situación.

  117. buenas tardes, tengo una deuda de 150 000 euros de prestamos personales, no tengo tarjetas de credito. la vivienda tiene hipoteca, al ser viuda la casa esta al 50 por ciento entre mis hijas y yo. la hipoteca la pagamos a medias. se deben unos 225000 de la misma. puedo acogerme a la ley de la segunda oportunidad? cuanto me costaria?

    1. Buenas Luis,
      Te animo a rellenar el cuestionario del final del artículo para que los verdaderos expertos puedan ayudarte.

  118. Tengo pendiente de pago mi hipoteca por 195000eur, el coche 11000eur y mi marido pidió a mis espaldas hace 2 años un préstamo de 30000eur, como los gastos han superado a los ingresos, cobramos en total 2700eur, el banco hoy nos reunifica la deuda de coche+préstamo+tarjetas de crédito por valor de 35000eur a 10 años.

    ¿Me puedo acojer a la Ley de Segunda Oportunidad?. Tebgo 2 hijas menores de edad a las que casi no puedo ni darles de comer.

    1. Buenas Raquel,

      Te recomiendo que rellenes el formulario del final del artículo para poder plantearle tu caso a los expertos.

  119. Hola,

    Por la situacion en el sector turistico ( que va de mal en peor ), por las deudas que tengo me veo obligada de dar mi agencia de viajes de baja ( yo como autonoma ) y por el impago de parte de mis clientes en este caso un cliente que debe , ( una agencia que me debe 17.000 € no me ha pagado ni me pagara, se han ofrecido cerrar ellos la deuda hacia UNA COLABORADORA EN MI NOMBRE, PERO NO SE SI 10.000 € o 15.000 €), que no me han pagado ni me pagaran, luego tambien dos agencias de ex Yugoslavia que me deben aprox. 2.000 € , tengo los contratos firmados con algunas y en el caso concreto de la agencia DE ESLOVENIA. que me debe 17.000 € tengo todas las reservas y las facturas emitidas , adjunto la poliza aval ( no se lo que se podria hacer en este caso es decir la quiebra de mi agencia , cuanto cubre y en que caso cubre la insolvencia de la agencia y QUE CANTIDAD ).

    PEDIR LA CITA URGENTE YA QUE NO SE LA FECHA LIMITE PARA DECLARAR LA AGENCIA INSOLVENTE , SI LO PUEDO HACER YO I SI PUEDO ACOJERME A LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD.

    La deuda de la agencia sube a unos 45.000 € aprox. y de la siguiente manera:

    Banco la Caixa – 15.000 € credito de linia abierta que tengo que cancelar pero no puedo pagarlo .

    La agencia colaboradora de Cataluña- 16.000 € DEUDA

    empresa de buses Madrid- 10.000 € DEUDA

    empresa de buses de Lloret de mar- 2.000 € DEUDA

    varias exc. – aprox. 1.300 € LA DEUDA

    Seguro de vida banco Sabadell – aprox. 100 €, aqui tengo la cuenta dada de baja, pero sigo debiendo en cuanto el seguro de vida.

    SI se abre un concurso de acrededores para venderla con esta deuda que pasaria , cuales son las POSIBILIDADES de que alguien la compra y como me perjudica esto a mi a nivel personal y profesional en Cataluña, cuanto podria tardar y que seria de mi en el caso de que alguien la compre y cuales son los pasos a seguir ?

    En cuanto el seguro de registro civil y el credito de caucion , ESO ESTA PAGADO PARA ESTE AÑO 2020 en enero, es decir la cuota.

    El iva del ultimo trimestre que sube segun mi gestoria sube 2.500 € se ha pedido el dia 30.01.2020. pagarlo en 6 cuotas , un aplazamiento, es decir el mismo dia cuando se presento.

    He leido algo de la ley de la segunda oportunidad , como seria todo, que pasaria conmigo y como ultimo tendria derecho a cobrar el paro ?

    AUN NO HE DECLARADO LA INSOLVENCIA DE LA AGENCIA Y TAMPOCO ME HE DADO DE BAJA COMO AUTONOMA ( TRABAJO DESDE CASA ) , TODOS LOS RECIBOS QUE LLEGARAN PARA PAGAR EL DIA 01.3. NO TENGO DE DONDE PAGARLOS, YA QUE NO COBRO NADA.

    EL PISO DONDE ESTOY TENGO QUE DEJARLO EL DIA 01.3.20. YA QUE LO QUIEREN VENDER , NO PUEDO ALQUILAR OTRO PISO YA QUE NO CUMPLO LOS REQUISITOS EN CUANTO EL SEGURO DE ALQUILER.

    Un saludo y mil gracias por su respuesta,
    Emina Nikolic
    17310 LLORET DE MAR,
    GIRONA

    1. Buenas Emina,

      Te animo a que rellenes el cuestionario al final del artículo para que los expertos puedan asesorarte sobre tu caso.

  120. Hola!! mi nombre es Anna. Llevo 3 años divorciada y con custodia compartida. Antes de separarnos vendimos la casa pero nos quedo una deuda de la venta junto con otras que cuando nos separamos pudimos reunificar (unos 40000€ ). Para poder tirar cada mes tenia que trabajar en diferentes sitios de camarera y de lo que fuera y aun asi no poder llegar a final de mes. Para eso tuve que pedir algun prestamos, tirar de targeta. La declaracion de la renta como que tambien estoy obligada a hacerla, pues tambien me toca pagar cada mes una cantidad para liquidarlo…mas o menos todo esto suma unos 14000€. En el mes de marzo, tuve un accidente de coche que estuve de baja hasta agosto y cogi el alta por tema de trabajo, sino no me hubieran podido colocar en otra plaza, pero aun tengo secuelas del accidente en el hombro despues de 3 infiltraciones y eso me impide que pueda hacer trabajos extra. Cada mes tengo que pedir que me ayuden a pagar facturas, a comprar comida, poner gasolina para ir a trabajar y solo hago que incrementar las deudas.
    Estas es la ultima carta que me queda.

    Muchas Gracias

    1. Buenas Anna,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario del final de la página para que los expertos puedan aconsejarte.

  121. Hola, tengo un préstamo personal de 32.000€ más póliza de crédito de 6.000 y otros dos de 10.000€ que pedí en su día para abrir un negocio en 2018. Cerré el negocio en mayo de 2019, y acudí al banco donde tenía el préstamo mayor para pedir una refinanciación de la deuda para evitar complicaciones. a fecha de hoy, sigo sin que me den respuesta por su parte, y estoy llegando a un punto de imposibilidad de hacer frente a todos los pagos. Tengo una vivienda en propiedad, pero al ser viudo y con dos hijas, una de ellas menor de edad, no se me permite hacer una hipoteca con el total adeudado y poder hacer frente a los pagos. No pido que me quiten la deuda, sino simplemente refinanciarla de manera que se pueda pagar. ¿Podría esta ley ayudarme a ello dado el desinterés de de los acreedores? Gracias

    1. Buenas Rafa,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te asesoren expertos en la materia.

  122. Buenas tardes, he sido autónoma con un negocio con dos empleados. Finalmente en el mes de octubre 2019 se cerro. Deudas; a proveedores, ninguna significativa, banco tarjeta que se están cubriendo. El gran problema es hacienda y la seguridad social, esta ultima se deben los aportes de un mes de cada trabajador. Los trabajadores cobraron absolutamente todo. En hacienda, las ultimas retenciones y una multa de trafico que llego. Mi realidad es que estoy en la búsqueda activa de empleo, soy madre soltera de un menor y recibo 300 euros de prestación por la extinción del paro de mi antiguo trabajo. Ya que si bien he pagado autónomo con derecho a paro ha sido una gran estafa- Me comentaron sobre este derecho realmente fue la única vez que me puse al frente de un negocio como autónoma. Tengo alguna posibilidad de beneficiarme. La deuda es de algún modo irrisoria pero para mi en este momento no me deja respirar. Les agradezco profundamente la información,

    1. Buenas Paola,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te asesoren expertos en la materia

  123. buenas mira tengo el problema de que soi autonoma tengo dos tienda la cual una de ella e tenido que cerrar por falta de caja y pagos y la otra la verdad que me va tirando pero el problema es que entre prestamos y tarjetas de las alamar y de mas me estan comiendo a yegado un punto que pago mas de prestmos y de mas que lo que gano en la tienda entonces estoy super estresada porque nose que debo de hacer pero ya mi punto es o tengo para comer en mi casa o tengo para pagar todos los prestamos y de mas ? entonces e intentado hablar con los bancos poruqe no me niego a pagar nada solo e dicho que necesitaria que me lo pusieran todo lo que debo en una solo cuota pa en vez de pagar 2500euros mensuales en prestamos pueda pagar 500 asin seria un alivio y podria tirar y me piden casa y avales … cosas que ellos asben que yo no dispongo pero saben que soi buena pagadora en 3 años jamas e fallado en nada pero ya no puedo mas porque no yego ya y tengo dos niños y no puedo pagar mas de lo que ya gano necesito ayuda la verdad …. y ley lo de la segunda oportinidad y quisiera saber como se aplica y si me sirve ami para poder aplicarla lo necesito ayuda la verdad gracias y saludos

    1. Buenas Anabel,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te asesoren expertos en la materia.

  124. Hola tengo una nomina de 826 no dispongo de casa vivo de alquiler y tengo 2 hijos menores de edad, tenemos deudas bancarias y de creditos online (estos creditos online llegan a los 9mil de deuda) por motivos personales de salud tuve que adquirir esas deudas he ido prorrogandolas, pero no he logrado solventar ninguna ya que estoy sobregirada entre los bancos, tarjetas de credito y los gastos de hogar.. he intentado hablar con ellos para que me den la posibilidad d epagarlo a plazos y solo me dicen que de no hacerlo completono es posible y me pasaran al departamento de cobro. no se si mi situacion podria acojerme a esta ley para poder llegar a un acuerdo ya que estos no me dan oportunidad y solo me exigen todo de un solo pago.

    1. Buenas Rodríguez,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que unos expertos puedan aconsejarte.

  125. hola, tengo una consulta, trabaje en un negocio menos de 1 semana le di mis documento para el alta de la seguridad social y no me dio el alta llego una inspección y un compañero dio mis datos ya que no me dio el alta y me dijo que me fuera y tampoco cobre a los 3 años me llego una multa porque estaba cobrando la ayuda familiar me quitaron todos los derechos por culpa de este empresario que no me dio el alta mi pregunta puedo a cogerme a la ley de segunda oportunidad para hacerme autónoma y trabajar x mi cuenta? gracias un saludo

    1. Buenas Gladys,

      Te aconsejo que te pongas en manos de expertos rellenando el cuestionario del final del artículo.

  126. Hola. Recibe una notificación del juzgado.. Primera estància /juicio verbal. Sobre una deuda de 1.253 euros. Demandante un comprador de deudas a través de c. Cartera. Que debo hacer.? Y si necesitare abogado..?

    1. Buenas Med,

      Te aconsejo que te pongas en manos de expertos rellenando el cuestionario del final del artículo.

  127. Buenas tardes, mi caso es algo complicado.me di de alta como autónomo en 2015 y no trabaje más que los primeros 2 trimestres pero no me di de baja. El caso es que padecía una discapacidad minusvalía entonces de la que estoy recuperada. Tengo una niña de 1 año. Y me han embargado la cuenta con lo que había varias veces, pequeñas cantidades, según el banco la ss me reclama 18.000€. Necesito asesoramiento porque me gustaría negociar esta deuda o acogerme a la ley de la segunda oportunidad. Seria posible?
    Gracias

    1. Buenas Pat,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que unos expertos puedan asesorarte.

  128. Buenos días,

    Yo estoy acogida a la ley de segunda oportunidad. He leído el apartado de las hipotecas. Yo tengo una hipoteca que esta al corriente de pagos y que sigo pagando. El problema es que el banco donde tengo la hipoteca ha impugnado porque dice que es un préstamo privilegiado.
    Me gustaría saber si puedo hacer algo ya que yo quiero seguir pagando mi hipoteca y que esta quede fuera del concurso

    1. Buenas Antonia,
      En un caso como este te recomiendo que hables con los abogados que te llevan el caso o que rellenes el cuestionario al final del artículo para solicitar ayuda.

  129. Buebos dias,

    tenia dos deudas por impago de tarjetas de credito, los bancos vendieron las deudas a empresas de recobros ,ahora me reclaman 7..000 y 9.00 €, teng ouna vivienda en propiedad con un valor catastral de 30.000 y una nomina de 266€ , me pueden quitar la vivienda? puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad?

    1. Buenas Juan,
      El proceso de liquidación de la Ley de Segunda Oportunidad podría implicar que pierdas la vivienda, pero es sólo una posibilidad. Te recomendamos que rellenes el cuestionario del final del artículo para que te asesoren.

  130. Hola. Tengo un préstamo hipotecario de 103000€ y otro préstamo personal de 18000€. El hipotecario es de una casa la cual aún está sin terminar del todo, ya que la constructora me dejó tirado cuando llegó la crisis. Y el personal es de un préstamo puente para una casa la cual nunca se llegó a hacer y que tengo que pagar cada mes. Tengo un trabajo y estoy indefinido. Cobro unos 1500€ al mes, y tengo que vivir con mis padres ya que no me conceden otra hipoteca. Podría irme de alquiler, pero pagaría más que con una hipoteca. Sería posible acogerme a la ley de la segunda oportunidad aunque pierda la casa que aún está en construcción??

    1. Buenas Javi,

      Con la Ley de segunda Oportunidad lo que se hace es renegociar la deuda y establecer quitas. Es posible que pierdas la casa que está por construir y que a cambio se condone la deuda. Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te asesoren en tu caso concreto.

  131. Buenas tardes. Si tengo bienes en otro país cuenta? O hablamos de España, no tengo bienes sólo un coche. Y como y cuanto me cuesta vuestros servicios.. Gracias Juan

    1. Buenas Juan,

      Rellena el cuestionario del final del artículo y te responderán.

  132. Buenas tardes.
    Yo ya estoy en el proceso de la ley de la segunda oportunidad. Desde el pasado mes de febrero el juez dictaminó el auto, en el cual me autorizaba a un gasto mensual de 2000€. Pasados 9 meses el administrador concursal, ha bloqueado la cuenta porque dice que ya he gastado lo que podía gastar. Después de hablarlo con el, me dice que desde el 1 de febrero hasta el 30 de octubre ya he gastado los 18000€ que me corresponden y que tengo que regularizar la situación, ya que según él voy un mes por adelantado. Yo le expongo que lo que cobro con la nómina de febrero, es para los gastos de marzo, ya que no puedo gastarme antes de tener el dinero, el piso lo pago por adelantado, no por mes vencido, a mi no me dejan pagar a final de mes los supermercados, etc. El insiste que contablemente no es así y que tengo que estar un mes sin cobrar.
    ¿Es normal? ¿Se puede hacer algo? Ya lo he hablado con los abogados que me llevan, pero no saben darme respuesta y solo me dicen que estamos en un paso que dependo de lo que diga el administrador.
    Por otro lado, he leído que en algún caso se había incluido alguna deuda con la administración pública. Yo estoy pagando la «plusbalía» del piso que subastó el banco. ¿Se podría incluir ahora?
    Gracias

    1. Buenas Iván,

      Te recomiendo que consultes con los abogados expertos a los que puedes acceder con el formulario al final de la entrada.

      Este tipo de discrepancias ente la contabilidad personal y la meramente contable son muy habituales. En cuanto a las deudas con Hacienda, la clave está en una sentencia de hace unos meses en la que el Tribunal Supremo daba la razón al demandante y no a Hacienda. Eso no quiere decir que el fisco haya cambiado de criterio, sólo que ahora hay fundamentos legales para reclamar. Lo que no sé es si se aplica a fallos en firme.

  133. Buenas!
    Mi cuñada (45 años) está separada con dos hijos(16 y 11 años), nunca ha querido legalmente denunciar a su ex, por lo que éste le pasa dinero cuando le da la gana. El renunció a la hipoteca por lo que le ha dejado con la hipoteca y la lucha de sus dos hijos.
    La mayor está en Bachillerato e inevitablemente sus gastos son mayores para sus estudios.
    Solicitó en su día una opción que le dio el banco de aplazar la hipoteca y ha estado así unos 3 años como una carencia, ahora ha tenido que alquilar su vivenda para no dejar de pagar su hipoteca porque aunque lo venda le quedaría deuda. Ella es limpiadora y no puede atender a la hipoteca, teme que los inquilinos le dejen de pagar..
    La hipoteca tiene avalista.
    ¿tendría opciones?

    1. Buenas María,

      Si rellena el formulario le explicarán cuáles son sus opciones. Lo que sí puede hacer tu cuñada es contratar un seguro de protección de pagos para garantizarse que recibe los ingresos del alquiler aunque los inquilinos dejen de pagar.

      Por otro lado, le animaría a que tome cartas legales en el asunto si su ex pareja incumple los términos del acuerdo de divorcio o separación. Si la hipoteca sigue a nombre de ambos y la vivienda también, ha estado pagando una parte que ahora podría reclamar.

  134. Hola buenas tengo pendiente dos prestamos personalesa nombre de mi ex pareja y el mio el era el q los pagaba ya q tenia una empresa ahora dejo de pagar y ya no estamos juntos esos prestamos fueron para la comprar de sus vehículos . Yo pago una hipoteca y estoy en paro y tengo un bebe de 2 años q puedo acer no quiero perder mi piso .

    1. Buenas Pamela,

      Con la ley de segunda oportunidad no tienes por qué perder tu vivienda. Por otro lado, si los préstamos personales están a nombre de tu expareja, es él o ella quien tendrá que pagarlos, no tu.

      1. Hola, estoy en la ley de Segunda Oportunidad y no tengo ningun bien a mi nombre ( ni coche, ni casa…), vivo en un piso de alquiler… que ocurre entonces?
        solo cobro 700 euros de pensión que no me llega ni para alimentos…
        Cuanto va a durar el proceso?

        1. Buenas Montserrat,

          Al final del artículo hay un pequeño cuestionario con el que los expertos podrán responderte.

  135. Buenas tardes, hace dos años y medio me diagnosticaron un cáncer siendo autónomo lo que me dejó impedido para seguir desarrollando mi trabajo. Estuve dos año de baja y me llegaron a conceder la incapacidad total, la cual tras el último tribunal médico me la han revocado al estar recuperado. Trabajo desde hace un año en régimen general con un sueldo de 1500 € / mes y hace un año que estoy divorciado con sentencia judicial. Paso una pensión de alimentos por mis cuatro hijos de 1600€ / mes. El alquiler vacacional de un apartamento que tengo al 50% con mi exmujer cuya gestión llevo yo, me permite pagar la pensión y llegar a final de mes. Durante los dos años que estuve de baja solo recibí 700 € / mes y con eso no se mantiene una familia de 6 miembros (mi exmujer trabajaba por aquel momento con un sueldo de 500 / € mes). En esos dos años me las apañé para ir cobrando comisiones de clientes y haciendo retiradas a cuenta ya que no podía facturar pero era la única manera de sacar a mi familia adelante. Esto me ha generado na deuda de IVA con la Agencia Tributaria de todo lo facturado una vez me di de alta de nuevo de 15.000 € más un IRPF de otras 15.000 € por lo facturado (retiradas a cuenta del banco durante dos años). En estos momentos, tras el divorcio, se me generaron muchos gastos, con el alquiler vacacional apenas llego a final de mes y tengo bastantes retrasos de la hipoteca. Debo unos 11.000 € al banco y tengo un préstamo personal que pago 390 € / mes. A mi exmujer le pago puntualmente los 1600 € pero me cuesta mucho llegar a final de mes. A veces no sé ni como lo hago. Me podría acoger a esta ley?. Muchas gracias.

    1. Buenas Sergio,

      Te animo a que rellenes el formulario del final del artículo para que te asesoren de forma personalizada. La Ley de Segunda Oportunidad tienes sus ventajas, pero también sus inconvenientes, uno de ellos es que posiblemente exijan que vendas tus bienes o buena parte de ellos para poder hacer después una quita de la deuda.

      1. Buenos días, tengo una deuda de casi 80000€ porque fui víctima de una estafa, la cual está en proceso a través de una querella.Estoy al día con el pago de esos créditos pero ya me he quedado sin ahorros, tengo trabajo hasta el 22-11-19 y comenzaré en otro trabajo con una nómina mucho más baja y digo endeudandome con la famila para afrontar mis gastos de hipoteca,y préstamos .
        Necesito acogerme a la ley de segunda oportunidad, ya que tengo una hipoteca basura adquirida con UCI la cual he podido bajar a la mitad pero esto no es la solución. Creo que sí me acojo a esta ley puedo por lo menos comer sano .
        Un saludo
        He rellenado el formulario
        Espero me llamen lo antes posible.
        Un saludo

  136. Hola, Soy Diana.
    Mi consulta es para mi suegra , ella realizo un préstamo por un banco en el 1990 hace 29 años, fueron pesetas en aquel entonces en € equivalen a unos 18.000€; ella empezó pagando su préstamo normal y corriente hasta que un día perdió su empleo y no pudo pagar mas.
    Al cabo de un tiempo volvió para empezar de nuevo a pagar pero el director del banco le dijo que no había nada que hacer que el dinero que tenia en su cuenta lo retirara antes que se lo quitaran.
    Que le llegaría una carta certificada del juzgado.
    La carta nunca le llego pero si le quitaron la casa por valor de 70.000€ y ahora le siguen reclamando
    103.000€.
    Estamos hablando de una mujer de 66 años cobrando una pensión de 600€ y con un estado de depresión por haber perdido lo que ella le ha costado el trabajo de toda una vida.
    Les agradecería que me orienten que puedo hacer.
    Muchas gracias.

    1. Buenas Diana,

      En España no existe la dación en pago con carácter general. Cuando el valor de la vivienda no alcanza a pagar la deuda, se sigue debiendo ese dinero. Por otro lado, las cifras no me cuadran por más que firmase el préstamo en 1990. Es decir, entiendo que la hipoteca era por 180.000 € y no por 18.000 ¿Es así=
      En cualquier caso, habría que ver si ese consejo del director de oficina era el más indicado.
      Para saber si la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarla, te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para recibir asesoramiento personalizado,

  137. Hola, mi nombre es OSEMENKHIAN IRABOR. Por favor, me gustaría saber si es posible para mí refinanciar todo el préstamo que tengo con otros prestatarios con usted porque estoy pagando más de 500 euros por EXTENSIÓN cada mes por mis préstamos completos, por favor, estoy en estado de insolvencia y todos los días Estoy buscando un banco para ayudar a financiar todas mis deudas y esto ha afectado gravemente mi vida emocionalmente y los medios para pagar mi deuda … POR FAVOR ayuda

    1. Buenas Osemenkhian,

      No somos una refinanciadora ni trabajamos con ninguna… Lo que sí puedes hacer es rellenar el formulario del final de la página para ver si la ley de segunda oportunidad puede ayudarte en tu caso.

  138. Hola: mi nombre es Juan M. M. tengo 71 años, el caso que les voy a exponer, es seguramente el caso de muchos pequeños empresarios entre los años 2008/2009/2010, años en los que entrabamos de lleno en la grave crisis que nos azoto a todos, y de forma bestial al autónomo y pequeño empresario, como fue mi caso, el cual era socio propietario al 50% con mi hija también propietaria con el mismo porcentaje, nuestra empresa marchaba sin dificultad alguna y con grandes proyectos de trabajo, lo que permitía tener una solvencia y liquidez cómoda como para atender todas aquellas obligaciones contraídas por la empresa, situación que fue normal hasta la gran avalancha de impagados que por desgracia tuvimos soportar el 85/90% de los pequeños empresarios, y ante los cuales estábamos prácticamente indefensos, para soportar esas situaciones, en principio pasajeras salvables, procedimos al los clásicos créditos puente, estas situaciones fueron salvables hasta que los impagados superaron todos los limites inimaginables, y sobre todo las cuantías de los mismos, llegando incluso a superar el 1.300.000 Euros. entre impagados y cliente que no atendió sus compromisos de ampliación de contrato previamente firmado, los costos de esta ampliación ascendieron a mas de 900.000 Euros, entre tanto para soportar la situación y poder atender losa pagos a organismos, proveedores, y trabajadores, tuvimos que pedir prestamos avalados con nuestras garantías personales, al final la crisis no concedió tregua alguna y termino por hacer la situación insostenible, y quedamos embargados de por vida en mi caso. Perdida de la vivienda habitual chalet de 2 plantas y parcela de 760 metros cuadrados, perdida de la nave industrial, perdida de vehículos de la empresa, perdida de todo el dinero en cuentas bancarias, perdida del plan de pensiones personal, y pensión de jubilación embargada con el 30% sobre el SMI. en el caso de mi hija, perdida de 2 viviendas (fruto de las ganancias de su marido, deport. profesional,) bloqueo de cuentas bancarias, perdida de vehículos, y parte proporcional de sueldos embargados de por vida. PREGUNTO: Es posible en este caso acogernos a la citada Ley. Aunque sea con carácter retroactivo. Saludos cordiales.

    1. Buenas Juan,

      Hasta donde sabemos, no es posible acogerse a esta ley con carácter retroactivo. Te animo a que rellenes el cuestionario del final del artículo, con el que unos expertos en el tema te podrán informar mejor para tu caso concreto

  139. Hola!! me llamo Anna, estoy divorciada con 2 niños. Tengo una custodia compartida con lo que no me tiene que passar nada. Tengo una reunificacion con el padre de mis hijos ( antes de divorciarnos), algun prestamo, targetas, que en su momento me han servido para tirar adelante… pero no puedo pagar con lo que cobro, si no es que me dejan dinero cada mes, familiares, amigos,…

    1. Buenas Anna,

      Un caso como el tuyo puede ser apto para la Ley de Segunda Oportunidad, con la que podrás renegociar tus deudas con tus acreedores.

  140. Hola, tengo una deuda con la diputación de Barcelona por 2012 euros
    que me cobran de un impuesto de un piso que embargo el banco y se lo quedo pero el piso no era mio era codeudor 50 % de la deua ipotecaria, figuraba e la escritura con el 50% y mi sueldo es de 700 euros por ue solo eno n conrato de 6 horas que puedo hacer mucha gracas.

    1. Buenas Álvaro,
      La última sentencia del Tribunal Supremo al respecto hace que las deudas con la administración pública también sean susceptibles de entrar en la Ley de Segunda Oportunidad. En cualquier caso, también puedes tratar de negociar un esquema de pagos que te venga mejor con la diputación.

  141. Hola buenas noches hace mas de un año pedi dinero a reditos cn una señora que presta dinero a reditos nos hacia firmar pagares y hojas en blanco . Siempre le pague reditos y su dinero me faltaban 10mil cuando fui a quererlos pagar y le pedia dichos documentos que avia firmado en blanco me dijo que no me iva a regresar mis documentos hasta que le pagara una muchacha que avia llevado ya que necesitaba dinero esta muchacha se me hizo facil llevarla cn esta señora . La señora se nego rotundamente a regresarme mis documentos yo confiada pues dije pues que le pague esta muchacha . Aclaro que esta señora jamas nos daba ningun papel de los reditos que se entregaban . Bueno al paso de unos dos meses me entero que esta muchacha jamas le dio reditos y que le dijo que no le pagaria y me llego una demanda por 100000mil la cual se siguio un proceso y perdi senti que ubo anomalias por que jamas la investigaron a ella . Yo quise llegar a un acuerdo con ellos pero pedian mas y ahora me quieren embargar y ya no se que hacer estoy desesperada no tengo nada y me amenazan que pagare en la carcel temo por mis 4 hijos pequeños que tengo que queden desamparados ayudenme por favor

    1. Buenas Celeste,

      Te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para que expertos en la materia se pongan en contacto contigo.

  142. Hola buenas tardes,
    Mi consulta es la siguiente:
    Tenemos 2 hipotecas, una de ellas algo forzosa puesto que es en una finca familiar y tocó sacarla de subasta por una mala gestión de uno de los familiares.
    Trabajamos ambos
    Nuestros hijos uno se encuentra estudiando un master y el otro en el instituto.
    Habría posibilidad alguna de acojerse a esta ley? No hay mucho margen entre salario y lo que pagamos con lo que toca hacer un poco de encaje para llegar a fin de mes y pagar todos los gastos.

    Muchas gracias

    1. Buenas,

      Podéis buscar una reunificación bancaria que os de más margen o tratar de acogeros a la Ley de Segunda Oportunidad.

  143. Buenas tardes,

    Una pareja de hecho no inscrita puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad? Mi pareja y o llevamos juntos 4 años. La mayor parte de las deudas son mías personales, y el resto suyas. Tendríamos oportunidad para el beneficio de exoneración? O ya el notario nos dirá que no al no estar inscritos como pareja de hecho? gracias

    1. Buenas Daniela,

      Cualquier persona puede acogerse a esta ley. Otra cuestión diferente es el porcentaje de deudas que se puedan exonerar, pero si no estáis inscritos como pareja de hecho ni casados, lo normal será que se traten las deudas de forma independiente. En cualquier caso, si rellenas el formulario al final de la página, te podrán asesorar.

  144. Buenas mi nombré es Agustín y tengo una deuda de unos 30000€ entre unos prestamos y tarjetas. Me he quedado en el paro y cobro 1200€ estos seis primeros meses y luego me lo rebajaran. No tengo vivienda propia y con lo que cobro no llego a poder pagarlo todo. He intentado hacer unificación de deuda y no me lo han concedido. Me puedo acoger a la ley de segunda oportunidad?

    1. Buenas Agustín,

      Puedes acogerte a esta opción. Para estudiar si es lo mejor, rellena el formulario al final de la página y se pondrán en contacto contigo.

  145. Buenas tardes. Estoy divorciada, vivo en un piso de alquiler. Tengo un crédito con un banco, mini créditos y tarjetas. No puedo pagar todo con mi sueldo. Me gustaría unificar todo y poderlo pagar, pero me ponen una letra inalcanzable. Qué puedo hacer?. Estoy desesperada. Gracias.

    1. Buenas,

      Puedes tratar de acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para que se te condone parte de la deuda si reunificar la deuda ha quedado ya fuera de tu alcance.

    2. Hola buenas tardes.
      He tenido que cerrar mi negocio porque no era sostenible y me endeude con hacienda, seguridad social y banco el cual me quiere cobrar el triple por una te financiación.
      Que puedo hacer?
      Gracias

      1. Buenas Martin,
        Las refinanciaciones suelen ser costosas, especialmente si incluyen un aumento del dinero prestado. Te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para que te asesoren.

  146. Buenos días. Hace casi 3 años inicie un restaurante con una ampliación de hipoteca de mis padres donde también figuro como deudor de 35.000 euros para iniciar el proyecto. El restaurante no funcionó y tuve que cerrar. Aun me quedan casi 3 años por pagar una cuota de 470 euros. Hace 1 año que encontré trabajo, me acaban de hacer indefinido, pero cobro 835 euros mensuales, no llego para pagar un alquiler y aún no puedo asumir el pago. Espero se pongan en contacto conmigo.

    1. Buenas Alejandro,
      Si has rellenado el formulario del final del artículo, contactarán contigo para informarte.

  147. Abrí un negocio para el que tuve que pedir préstamos por valor de 24000 €. He ido pagando y ahora la deuda está en 19000 €.
    El negocio no es rentable y he tenido que indemnizar a la empleada que tenía y cerrar. He dejado de pagar el autonomo y no tengo liquidez para pagar el préstamo.
    En estos momentos estoy en paro . ¿Que puedo hacer en esta situación?

    1. Buenas Ernesto,

      En casos como el tuyo la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarte a renegociar con los deudores. Te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para recibir una opinión de abogados expertos.

  148. Saque un prestamo puente para la entrada de una vivienda en planos el constructor no hizo vivienda y no me devolvio el dinero me meti en cetelem.etc.etc estoy en el asnef por mas de 45.000 euros trabajo pero tengo 3 hijos prestamo hipotecario de 174.000 euros y ningun banco me hace una reunificación me ahorco y que desaparezcan mis deudas . Me llaman cada 30 minutos amenazando la casa de mis suegros estan a punto de subastarla y mi opcion va a ser suicidarme

    1. Buenas,

      Te animo a que rellenes el formulario al final del artículo, porque tu caso sí podría entrar dentro de la Ley de Segunda Oportunidad.

  149. Mi marido debe 350000 euros a Hacienda y nos han embargado la vivienda y un local. Mi marido lleva 9 años sin trabajar. Yo llevo 2 años en el paro. Ahora Hacienda quiere cobrar. No tengo dinero para pagar un abogado y en orientación jurídica me recomiendan que solicite la segunda oportunidad. Me van a echar de la casa verdad? Tengo una hija de 29 años con agorafobia entre otras enfermedades. Yo tengo artritis reumatoide, diabetes y muchas más patologías. Estoy haciendo un curso del sepe para ver si encuentro trabajo. Tengo 56 años y no sé cómo voy a poder salir adelante si nadie me dá una oportunidad

    1. Buenas,
      En ese caso la Ley de Segunda Oportunidad podría ser una salida. Te recomiendo que leas el artículo y que rellenes el cuestionario del final para que te puedan orientar.

  150. Hola, va a hacer 6 años que contraje una deuda tributaria por el impago del IVA de un trimestre. Todo sucedió a raiz de un trabajo por el cual facturé 10.000 euros que nunca cobré. Ese cliente disolvió su empresa y desapareció. Al no obtener respuesta por su parte me puse en contacto con su hermano el cual me ofreció un trabajo en su empresa a cambio de que tuviera paciencia y no denunciase. La idea era poder tener algo con lo que pagar el IVA aunque fuese fraccionado, pero me encontre con que el sueldo por aquel trabajo no me llegaba apenas ni para vivir y aun así no denuncié la situación porque temía perder la unica fuente de ingresos que tenía en aquel momento en el que tanto costaba encontrar un trabajo. También influyó mucho mi desconocimiento de todo ese mundo tan nuevo para mí y el tiempo que pasé esperando esperanzada a cobrar aquello.
    A día de hoy sigo trabajando para la empresa del hermano de mi deudor y aunque he asumido que nunca veré un duro de esa deuda no dejo de atormentarme con las consecuencias que acarrea esa situación ¿a cuanto habrá ascendido mi deuda? ¿que va a pasar si alguna vez tengo un bien? ¿tendré sanción por no hacer nada al respecto?…. y sobre todo… habrá alguna manera después de tanto tiempo de reclamar la deuda o minimizar los perjuicios con hacienda por algo que ocurrió hace un trillón de años? ¿Aquí podría considerarse la posibilidad de acogerse a la ley de 2ª oportunidad ?

      1. Queria hacer una consulta. Q ocurre en la ley de Segunda Oportunidad, si, ni en el acuerdo extrajudicial ni en el concurso abreviado se presenta ningun acreedor? Muchas gracias

        1. Buenas María del Mar,

          En ese caso será lo que determine el juez lo que valga.

  151. Mi pregunta es yo sin darme cuenta e pedido minicreditos no tengo propiedad ninguna solo nómina boy pagando lo que puedo pero hay uno de cetelen que les pedí y hace dos meses no les he podido pagar porque la caixa se queda con. Toda mi nómina pues tenia un préstamo con ellos que puedo hacer bienes no tengo solo mi trabajo tengo que negociar con la caixa para poder pagar a cetelen encima estos de cetelen ponen unos tipos de interés muy alto no se como lo puedo aregal gracias

    1. Buenas María,

      Creo que el tuyo es un caso que podría encajar con la Ley de Segunda Oportunidad. Te animo a que rellenes el formulario del final de la página para ponerte en contacto con especialistas.

  152. Mi pregunta es yo sin darme cuenta e pedido minicreditos no tengo propiedad ninguna solo nómina boy pagando lo que puedo pero hay uno de cetelen que les pedí y hace dos meses no les he podido pagar porque la caixa se queda con. Toda mi nómina pues tenia un préstamo con ellos que puedo hacer bienes no tengo solo mi trabajo tengo que negociar con la caixa para poder pagar a cetelen encima estos de cetelen ponen unos tipos de interés muy alto no se como lo puedo aregal gracias

    1. Buenas,

      Te animo a rellenar el documento a final de página para buscar ayuda de expertos. En principio el tuyo parece un caso claro en el que acogerte a la Segunda Oportunidad puede ayudarte.

  153. Hola, un impago de Alquiler de la vivienda la mujer me denuncia y me pide 4.500 euros yo no puedo pagar y la juez me dice ya que el contrato esta a nombre de mi mujer que tiene que pagar 250 mensuales más 450 de préstamo personal más 230 de la vivienda donde estamos ahora viviendo más luz .agua Tuve un accidente laboral y llevo dos años de baja con 5 intervenciones quirúrgicas cobró 780 euros y soy familia númerosa con mis tres hijas menores.

    El caso es que yo ingresó 30 euros todos los meses, ya que me es imposible pagar más pero me llaman del juzgado y me dicen que es poco y que el abogado de oficio apela con recurso y me lo deniegan ahora piden 1 año de prisión a mi esposa por la deuda de 4500 en 15 días hábiles el lunes me vuelven a operar estamos desesperados por favor .¡¡¡¡ que puedo hacer si me operan y a mi esposa la mandan ha prisión mis niñas que va ser de ellas sólo decir que nunca he tenido nada con la justicia soy blanco y estoy limpio el accidente me arruinó la vida

    1. Buenas César,

      En un caso como el tuyo lo mejor que puedes hacer es ponerte en manos de abogados profesionales, no sólo para que te aconsejen en torno a las deudas, sino sobre tu situación jurídica en general.

  154. Buenas tengo una hipoteca de 279.000€
    Me e divorciado soy autónomo y devo 14000€ en préstamo personas.mas uno de 10.000 Cetelem más 2500 en tarjetas .
    Ha día de hoy estoy de alquiler al estar divorciado pero no llego.

    1. Buenas Jordi,
      En tu caso la Ley de Segunda Oportunidad podría ser una buena opción. Rellena el cuestionario al final del artículo y unos abogados expertos se pondrán en contacto contigo.

  155. Hola, tenía con bankia cuatro prestamos y dos tarjetas de crédito pero llegué a un acuerdo con ellos y me hicieron una reunificación y ahora pago una sola cuota gracias a la cual he rebajado más de 300 euros con respecto a lo que pagaba por separado por cada uno. El problema que tengo es que, además, tengo un prestamo con cetelem y ya debo un recibo porque estos meses he tenido gastos imprevistos y ahora mismo ya estoy en números rojos y no puedo hacer frente a ese recibo porque tambien debo el recibo de la hipoteca de este mes y cuando cobre y el banco me descuente todo lo que debo, no llegaré, y se me acumulará otro recibo y ya me estan acosando, me quedan por pagar unos 14500 euros, mi consulta es si podria acogerme a la ley para poder renegociar la deuda no con una quita si no con una ampliación del tiempo de devolución para que se rebajara la cuota. Lo he intentado negociar con ellos pero no han querido. El miedo que tengo es perder la casa por esta causa. Tengo trabajo fijo desde hace treinta años y gano entre 1500 y 1600 mes, dependiendo de los pluses, con una rebaja de la mitad de la cuota que pago ya me conformaría, la cuota actual es de 493,38, incluyendo el seguro. No pido la exoneración total si no poder pagar según mis posibilidades. Gracias.

    1. Buenas Antonio,

      Un primer paso sería tratar de renegociar los pagos con Cetelem. Para consultar tu caso concreto y si acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarte, te recomendamos que rellenes el cuestionario que hay al final del artículo.

  156. Hola mi caso es siguiente compramos un piso de segunda mano lo reformamos y por no poder pagar la hipoteca se lo quedó el banco. Hace diez años… después de invertir 20.000 € en la reforma el banco nos reclamó mucho dinero casi el valor del piso. Aún no me lo puedo creer dejar el piso y pagar como si tuviera otro piso. Antes le cogía una cantidad de dinero de la nómina de mi marido. Ahora ya no… Quiero saber qué oportunidad tengo con la ley de segunda oportunidad? Y si en el futuro compraría otro piso me voy a quedar sin el? Muchas gracias

    1. Buenas,

      La ley española no prevé la dación en pago, es decir, la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria. Por el contrario, lo que hace el banco es vender la vivienda y restar ese capital de la deuda que se tiene. Si con la venta se paga todo, queda saldada la hipoteca. En caso contrario, seguiría debiéndose dinero. Esa deuda la tendrás hasta que termines de pagarla y respondes de ella con tus bienes actuales y futuros.

      Para saber si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad puedes rellenar el cuestionario del final del artículo.

    1. Buenas Rafael,

      Rellena el cuestionario del final del artículo para poder contactar con abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad.

  157. Hola me llamo Ana, soy divorciada hace 13 años o mas, estoy destrozada por qque creo que me han echado un mal de ojo, no levanto cabeza, estoy enferma y no puedo trabajar, apenas epiezo a barrer un comedor? ya no me deja hacer nada mas, me duele las hernias lumbares, fibromialgia, y una dpresion dsde muy joven por degracia. Vivo alquilada y me tiran de mi casa, estoy alquiladaa debo 3500 euros, pero entre meses si y meses no, no he cobrado nada, aparte le debo 10.000 euros a los Señores que me abaralaron en la otra casa, porque mi enfermedad no me deja trabajar, lo he intentado, pero no me sirve de nada. aparte 5000 euros de hipoteca qye tengo, porque mi ex, no quiere darme la parte que me corresponde por mi casa de casada, no me gusta deber nada a nadie, y estoy desdesperada, pido una ayuda

    1. Buenas Ana,
      Al final del artículo puedes rellenar el cuestionario para saber si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y si te compensa.

  158. Buenas tardes, mi problema es el siguiente, por problemas personales me he enterrado literalmente en minicreditos cetelem, cofidis… En total son unos 30000€. ¿ Me pueden ayudar?.. Soy pensionista y cobro 2200€

    1. Te recomiendo que rellenes el cuestionario al final del artículo para que te atiendan personalmente.

  159. Hola buenas tardes , tengo una consulta , soy autónomo desde hace 6 años siempre me ha ido bien pero llevo 3 meses que facturo 425 euros , y no puedo hacer frente a los pagos de prestamos personales ni de hacienda,ya he gastado mis ahorros haciendo esos pagos, y cada vez me resulta más difícil. Vivo de alquiler. Y el coche lo estoy pagando aún ,cosa que veo que no voy a poder pagar. Podría acojerme a ley de segunda oportunidad o algo ? Vivo en españa

    1. Buenas Manuel,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario que encontrarás al final de la página para que estudien tu caso concreto, pero por lo que comentas, eres un buen candidato para acogerte a esta Ley de Segunda Oportunidad.

  160. Hola buenas.
    Vivo en un piso de alquiler, el banco se lo embargó a mi casero.
    Estuve viviendo 4 años en esa casa sin pagar ( estuve en el paro) hasta que en 2017 me mandaron una factura en concepto de alquiler. (Primera noticia del banco)
    Desde ese momento hasta el día de hoy he pagado puntualmente la renta cada mes.
    Ahora me reclaman con carácter retroactivo esos 4 años de alquiler (30.000€ Aprox)
    Me han metido en proceso judicial , y además en la denuncia han metido rentas que si estàn pagadas.
    Estoy trabajando como comercial, y necesito el coche para trabajar. Podrían Embargarlo?
    Es una deuda de alquiler, pero con un banco… Podría acogerme a esta ley?
    Por otro lado, he intentado llegar a un acuerdo extrajudicial pero ni siquiera me contestan…

    Gracias

    1. Buenas Ana,

      El embargo de bienes es una posibilidad en estos casos, pero no suele ser la primera vía. Antes es más habitual el embargo de parte de tus ingresos. Si no has conseguido llegar a un acuerdo extrajudicial, la Ley de Segunda oportunidad puede ayudarte a lograrlo, ya que obliga a las partes a negociar.

  161. Hace 6 años firmo un contrato por un traspaso de un negocio 100.000 euros ,en un año pago 33900,el propietario del negocio me echa por impago ,me arruino y quedo a deber dinero por el traspaso 66100 euros ,después de unos años y haberme amenazado de muerte me denuncia , intento pactar una quita ,15000 euros ,esto seria con un crédito que tardaría en pagar entre 9 y 10 años ,no acepta, pasamos a ejecutoria, no tengo nada y trabajo de autónomo «dependiente » explotado,…. vaya lío no?

    1. Buenas Rober,

      Por lo que expones, eres un candidato idóneo para la Ley de Segunda Oportunidad. Te recomiendo que rellenes el formulario al final del artículo para recibir asesoramiento.

  162. Hola un prestamista me dejo15000€ para abrir un bar a los seis meses me dio un infarto y tuve que cerrar le pague 7000€ pero le he dejado a deber 8000€ y me ha denunciado no trabajo estoy en el paro y no cobro nada la casa que tenia de propiedad la he alquilado con opción a compra y pagan los inquilinos la hipoteca pero sólo tengo el 50% del alquiler puedo acojerme a la segunda oportunidad gracias

    1. Buenas José Luis,

      Te recomiendo que rellenes el cuestionario del final del artículo para plantear tu situación.

  163. Tengo un prestamo a caixa que lo deje de pagar hace mas de 1 año.Pedi el prestamo para abrir un restaurante pero me a ido mal y he cerrado despues de 7 meses. He hablado con los de caixa recalcular mi deuda para poder pagarla en mas tiempo y al principio me dijeron que si , luego cambiaron de opinion y me dijeron No. Que puedo hacer porque tengo un sueldo de 1273 y no llego al final del mes con mis gastos. Gracias

    1. Buenas,

      En estos casos la Ley de Segunda Oportunidad podría ser una alternativa.

  164. Hola, debo de seguridad social, Hacienda, autónomos y préstamos unos 45.000 euros, la nómina de mi mujer y mía son de dos horas diarias, podrían anularme las deudas?, Gracias.

    1. Buenas María,
      La Ley de Segunda Oportunidad está pensada como fórmula para renegociar las deudas con los acreedores y, en último caso, establecer quitas de las mismas.

  165. Hola Buenos días tengo una deuda total de unos 43000e. con banco y varias entidades de crédito, mi mujer ha perdido el trabajo estoy al corriente de los pagos pero en breve no lo podre hacerlo, tengo nomina de 1400 e. me puedo acoger a la ley

    1. Buenas Juan,

      Tu primera opción debería ser hablar con el banco y las entidades de crédito para negociar un nuevo sistema de pagos, bien alargando plazos o estableciendo algún periodo de carencia. Esa es, de hecho, una de las patas de la Ley de segunda oportunidad: negociar con los acreedores y establecer si no una quita de la deuda.
      Antes de entrar en una espiral de deuda te recomiendo que rellenes el cuestionario que hay al final de la página para que te asesoren profesionales.

  166. Buenas tardes,
    Tengo una deuda con el banco por prestamos personles y tarjetas de unos casi 13.000 euros,los cuales eh ido pagando hasta el pasado mes , ahora tengo saldo negativo no pude cubrir todos los prestamos , eh hablado para una reunificacion pero ya una vez me han dicho que no.Ahora me endeude aun mas con microprestamos que en total ascienden a 2.600 euros. Tengo una hija menor , con mi marido el que cubre los gastos de la casa y el dia a dia lo que solo le permite su sueldo.
    Podria acojerme a la ley de segunda oportunidad?
    Desde ya muchas gracias

    1. Buenas María,

      En este caso más que acogerte tú a la reunificación de deudas, tendríais que acogeros la unidad familiar. Al final del texto hay un formulario que te animo a rellenar para que te ayuden con el tema abogados expertos.

  167. Hola! ¿tiene coste el asesoramiento? ¿Hay alguna entidad que te asesore gratuitamente (como asociación, etc.)? Muchas gracias!

  168. Mi nómina es 1020€. Contrato obra y servicio desde hace casi tres años, tengo embargada la nomina. Tengo un préstamo personal, aún pago el coche, cuatro micro creditos que eran peque