Uno de los errores más habituales al jubilarse es querer recuperar el plan de pensiones inmediatamente, ese mismo año e incluso el mismo mes en el que te jubilas. Las consecuencias fiscales pueden ser nefastas y podrías ‘perder’ buena parte del dinero que has ahorrado por los impuestos.
La mayoría de personas se pasará décadas ahorrando con su plan de pensiones, mimando (o no) su inversión para después destinar menos tiempo del necesario a pensar cómo rescatar el plan de pensiones, los ahorros de toda una vida.
Los planes de pensiones son un producto muy especial con muchas ventajas para las aportaciones, pero penalizaciones a la hora de recuperar el dinero. Hazlo mal y puedes perder casi la mitad del dinero acumulado. Así de duro así de simple.
Esta es sólo una de las 8 cosas que no te contaron sobre los planes y que, llegado a este punto, deberás afrontar. Te explicamos las opciones para recuperar el plan de pensiones para que puedas tomar la mejor decisión. ¡Vamos allá!
ÍNDICE
Cómo puedes recuperar el plan de pensiones: fiscalidad del rescate
La fiscalidad de los planes de pensiones es diferente a la del resto de productos financieros.
En primer lugar, porque sólo puedes recuperar el plan en determinadas circunstancias determinadas. La jubilación es una de ellas.
Llegado el momento del retiro podrás elegir rescatar tu plan de pensiones de tres formas diferentes:
- En forma de capital, es decir, todo de golpe. Ingresarías todo el dinero que hayas acumulado en un solo pago.
- En forma de renta, es decir, como una mensualidad o un pago semestral o anual, según quisieses. Así irías consumiendo el dinero del plan hasta agotarlo.
- Como una mezcla de las anteriores, es decir, cobrando un porcentaje en un pago único y lo sobrante como una renta.
En función de cuál elijas, pagarás más o menos impuestos. Por eso es importante saber si te conviene rescatar el plan de pensiones en forma de renta o de capital. No te preocupes, porque luego te ayudamos a hacer cálculos.
La segunda gran diferencia de cómo tributa el rescate del plan de pensiones es el tipo de renta que supone a efectos de IRPF. El dinero del plan de pensiones tributa como renta del trabajo en lugar de como renta del ahorro.
La diferencia es importante, ya que los porcentajes que tendrás que pagar al hacer la declaración de la renta son distintos.
Aquí puedes ver de forma gráfica cuánto pagarás en cada caso.
Como puedes comprobar, los porcentajes que se aplican sobre las rentas del trabajo son más escalonados, pero también mayores.
Aquí puede ver, de la mano de cazadividendos.com una tabla avanzada con cómo tributa el dinero que ganas en cada caso.
El dinero del plan se suma a tu pensión
Que los tipos generales de IRPF sean mayores que los del ahorro no es lo único que debes tener en cuanta. La clave de cómo tributa el rescate de los planes en el IRPF es cómo se contabiliza ese dinero.
Y es que el dinero de tu plan se sumará al salario del año en el que te jubiles y también a tu pensión pública. El resultado es que para Hacienda será como si hubieses ganado mucho dinero.
Precisamente por eso, no es aconsejable rescatar el plan en el preciso instante de jubilarse.
Es muy fácil que el salario sea superior a la pensión pública. De hecho, la tasa de sustitución de las pensiones españolas es del 78%. En otras palabras, la pensión sol cubre un 78% de tu último salario.
Solo ese dato ya hará que tributes a una escala más alta que si esperas a cobrar el plan el año siguiente a jubilarte.
Para que lo entiendas mejor, si a los 20.000 euros que has cobrado de tu plan de pensiones en 2021 le sumas los 30.000 de tu sueldo y los 15.000 de la pensión pública, estarás tributando a un tipo máximo del 45%, mientras que si te hubieses ‘ahorrado’ esos 20.000 euros y hubieses sacado sólo 15.000 el tipo sería del 37%. A efectos prácticos y de forma muy sintética la diferencia es de 2.250 que Hacienda ha ingresado y que podrías haberte ‘ahorrado’ pagar.
Esta es la forma general en la que tributa un plan de pensiones en la renta. Si existen diferentes fórmulas de recuperar el dinero es porque cada una paga impuestos de manera diferente. Lo que acabas de ver se aplica al rescate en forma de renta.
Ventajas de rescatar el plan en forma de capital
El rescate en forma de capital cuenta con una ventaja adicional. Y es que los derechos consolidados generados hasta 2007 cuentan con una exención del 40% en el IRPF.
Dicho de otra forma, si recuperas 100.000 euros, Hacienda solo tendrá en cuenta 60.000 a efectos de sumarlos a tus rentas del trabajo. Eso sí, solo se puede aplicar esta medida en el año de jubilación y los dos siguientes ejercicios. A partir de ahí, desaparecerá y se aplicará la fiscalidad general.
Capital o renta ¿Cómo es mejor recuperar el plan depensiones?
Esta es la pregunta del millón ¿Rescato mi plan de pensiones en forma de capital o como una renta? Desde un punto de vista fiscal la respuesta parece clara: en forma de renta sale ganando por goleada. Si no lo tienes claro piensa en el ejemplo anterior.
Existen, lógicamente, algunas excepciones. Si la mayoría de las aportaciones al plan son anteriores a 2007, sí que puede compensar optar por rescatar todo en forma de capital, ya que la reducción del 40% podría compensar el tributar en la escala más alta del impuesto.
Lo mismo ocurre si con tu pensión no estás obligado a presentar la renta y sí lo tendrías que hacer al sumar los ingresos del plan de pensiones.
Para que lo tengas más claro, nada como un ejemplo. Esto es lo que dicen los números.
Un ejemplo de cómo elegir entre renta y capital
¿Qué dicen los fríos número sobre cómo rescatar el plan de pensiones? ¡Vamos a verlo!
Para este ejemplo vamos usar el siguiente punto de partida. Una persona que ha acumulado 100.000 euros en su plan de pensiones se plantea:
- Recuperarlo todo al año siguiente de jubilarse en forma de capital.
- Rescatarlo como renta en un periodo de 10 años.
Para completar los datos, vamos a suponer que la pensión que cobra es de 17.000 euros, en línea con la pensión media en España. ¿Con qué opción pagaría menos impuestos?
Rescate en forma de capital
Al recuperarlo todo en forma de capital el pago de impuestos por el plan de pensiones se concentrará en un solo año. Después sólo tributará en el IRPF la pensión pública.
En total, ese ejercicio habrá ganado 117.000 euros, que son los que deberá incluir en el IRPF. De esa cantidad habrá que restar siempre 6.700 euros por el mínimo personal y familiar si es mayor de 65 años y menor de 67.
Con estos datos, ese año pagará en impuestos 40.536,5 euros de los cuales 38.579,5 serán exclusivos del plan de pensiones.
Rescate en forma de renta
¿Cuántos impuestos pagaría al cobrar el plan en forma de renta? En ese caso los 100.000 euros se repartirán en 10 años a razón de 10.000 euros anuales.
Esto quiere decir que estarás 10 años pagando impuestos por ese dinero. ¿Cuánto pagarías cada año? Durante los 8 primeros la factura fiscal será de 4.255,5 euros por año. De ese dinero 2.298,5 euros son del plan de pensiones.
Durante los 2 siguientes años la cantidad a pagar será menor porque le mínimo por contribuyente aumenta hasta los 8.100 euros. En concreto, pagará 3.913,5 euros, de los cuales 2.222,5 son del plan e pensiones.
Después de 10 años, habrá pagado 41.871 euros en impuestos en total. Sin embargo, sólo 22.844 serán por el plan de pensiones.
A partir de ahí, las circunstancias personales dictarán qué elegir, porque existe un mundo de variables.
Lo más habitual es usar el dinero en forma de capital para costear un viaje con el que llevas tiempo soñando. Imaginemos, sin embargo, que se usa ese capital para un negocio que dará un rendimiento del 8% cada año. En ese caso si sumamos la reducción del 40% más la rentabilidad que estarías obteniendo por tu dinero, posiblemente compensase optar por cobrar todo de golpe.
En cualquier caso lo importante es tener claro el dinero que necesitarás en tu jubilación, los gastos en los que vas a incurrir y que cuentes con un plan B para recudirlos. Una buena idea, mudarte a un país donde puedas obtener más por tu dinero. Aquí puedes consultar un listado de destinos paradisíacos donde lograrlo.
Imaginemos qué pasaría con la pensión pública
Ahora dejemos de lado los planes de pensiones e imagina que pudieses cobrar tu pensión pública de golpe. Eso sí, sólo hasta esperanza de vida media, que ahora mismo es de 83,3 años.
Teniendo en cuenta que la pensión media en España es de 900 euros al mes cobrarías de golpe 205.380 euros de los cuáles sólo ingresarías 122.057,5 euros (sin descontar los mínimos personales ni deducciones varias). El resto iría directo al pago de impuestos y el tramo más alto se llevaría prácticamente todo el montante.
Para poder compensar esa pérdida deberías ser capaz de hacer que ese dinero generase la diferencia en un plazo de 16 años teniendo en cuenta que, además, necesitarás retirar parte del capital para vivir y, por lo tanto, no podrás aprovechar el poder del interés compuesto. Incluso siendo capaz de generar un 10% por tu capital, algo complicado sabiendo que es un dinero que necesitarás sí o sí, podrías cubrir ese hueco.
Así que pese a lo que muchos puedan pensar, en este caso no parece mala idea que el Estado vaya dándonos poco a poco la pensión que nos corresponde. Otra cuestión diferente es hasta dónde va a llevar el dinero de la hucha de las pensiones. ¿Quieres averiguarlo? Aquí puedes ver el futuro de las pensiones españolas.
Si no quieres esperar a tener que hacer estos cálculos no busques una jubilación dorada, deja de ahorrar para el mañana y ahorra para el hoy. Busca la Libertad Financiera, que te permitirá retirarte cuando quieras, sin tener que esperar a los 67 años. En el programa Objetivo Libertad Financiera te damos las herramientas para que empieces tu camino.
28 Comments on “Qué es mejor, el plan de pensiones como capital o como una renta mensual”
Gracias por la info. En cuanto a aportaciones pre 2007, se ha dicho que si divides el plan en 2 planes, puedes aplicar el rescate 2007 con 40% bonificacion en 2 años distintos, una vez en cada plan que tenga aportaciones pre 2007. Puedes confirmarlo? Gracias!
Buenas Jordi,
Efectivamente, es así desde 2022 por un cambio de doctrina tras una resolución del TEAC que puedes ver aquí.
Hola, tenia un plan de pensiones con la empresa en BBVA y al cambiar de empresa no me informaron de como cambiarlo. Al preguntar por el plan, no me dan informacion y me dicen que la empresa ya no tiene el plan con BBVA y lo ha cambiado a VidaCaixa. Necesito saber como puedo obtener el saldo de lo que aporte y lo que tengo acumulado sea en el sitio que sea para poder gestionarlo. Por favor, como puedo encontrar donde esta mi dinero?
Buenas Fabio,
Si el plan se ha cambiado a VidaCaixa, es ahí donde está dinero y donde puedes preguntar por la marcha del plan y calcular cuánto dinero en función del número de participaciones que poseas. En cualquier caso, la empresa debería poder informarte de esos datos.
Puedo ser de mybox jubilacion i cobrar también pensión pública a los 67 años son compatibles o no
Buenas Gudé,
Por supuesto, ambos son totalmente compatibles.
Hola, soy Arturo y quería consultar sobre mi plan Pensiones privado.
Me jubile el día 1 Diciembre Año 2021. En ese momento tenía mi plan Pensiones un capital de 72000 €, de los cuáles, aportados hasta el día 31 Diciembre del Año 2006 eran 10939 €, de los cuales el 40% creo que están exentos de Tributación.
Mi pensión Actual es de 2447 Euros y en este año 2023 voy a rescatar lo que tiene bonificación del 40%, ya que es el último año que tengo para beneficiarme de esto.
Me gustaría que me orientasen como puedo rescatar el resto para que fiscalmente no pagase tanto a Hacienda. Actualmente no me corre prisa, pero en algún momento tendré que hacerlo.
Muchas gracias por su Ayuda.
Un Saludo
Buenas Arturo,
Que puedas rescatar una parte del plan en forma de capital no quiere decir que sea necesariamente la mejor opción. Vamos a hacer un ejercicio muy básico para ver cómo calcularlo. Si he calculado bien, tu pensión es de 34.258 € anuales, lo que después de restar el mínimo personal de 6.700 € para mayores de 65 años, deja la base imponible en 27.558 €.
Tomando las tablas de IRPF, esto te deja en el tramo entre los 20.200 y los 35.200 €, por lo que tendrías de margen 7.642 € para no pasar de tramo en el IRPF (35.200-27.558=7.642). Si aplicamos la reducción del 40% sobre los 10.939 € aportados antes de 2007, sumarás 6.562 € a tu base imponible, por lo que no saltarás de tramo.
Esos 7.642 euros es el margen que tienes cada año para rescatar parte del plan sin pagar más impuestos.
Este es un ejemplo de cómo hacer el cálculo básico, aunque las cifras pueden variar después si aplicas otras reducciones en el IRPF.
Mi consejo es que consultes con tu entidad financiera y les pidas que te ayuden a hacer simulaciones de diferentes escenarios. También puedes entrar en Renta Web, el programa de Hacienda y hacer tus propias simulaciones. Solo tendrás que rellenar los datos del IRPF y probar a poner que has rescatado más o menos dinero. Es un ejercicio más sencillo de lo que parece y que te puede abrir los ojos.
Buenos días,
Me gustaría ser asesorada para poder elegir la menos mala de las opciones.
Acabo de cumplir 65 años, hace muchos años que no cotizo a la SS, por lo que no cobraré ninguna pensión pública. Vivimos de la pensión de mi marido, estamos casados en gananciales y residimos en Madrid. Tengo un plan de pensiones ( con un -7,52% de rentabilidad, o sea malo).
El banco no me aclara las dudas. Puesto que no trabajo ¿cual sería la edad de mi «jubilación»? Me piden ser desempleado de larga duración, con certificados incluidos… Si cuando comencé el Plan ya no trabajaba, en fin trabas burocraticas.
Pero lo principal es saber qué procedimiento me interesa más, teniendo en cuenta que la renta bruta por la pensión pública es de 41.700€ y el plan de pensiones del banco acumula 24.000€ (Rentabilidad -825€).
Muchas gracias.
Buenas María,
Tu edad de jubilación será la edad de jubilación legal, actualmente fijada en 66 años y 2 meses para las personas que no han cotizado el tiempo suficiente como para tener una pensión contributiva.
Sí que puedes rescatar antes el plan de pensiones por ser parada de larga duración pero, lógicamente, debes acreditar esa condición.
En cuanto a la forma de rescate, entiendo que los 41.700 euros los cobra tu marido y que hacéis la declaración conjunta. En este caso, lo idóneo sería no rescatar en forma de rentas más de lo que desgraváis por tributación conjunta, que asciende a 3.400 euros.
Buenas. Me gustaría saber si es posible donar en vida una EPSV. En caso positivo, quien recibiera la donación pagaría el impuesto de sucesiones correspondiente, y tendría que pagar también el tipo impositivo de aumento de renta??
Supongamos que quien hereda es una persona pensionista, mayor???
Se supone que la EPSV desaparece o simplemente pasa de un titular a otro?
Muchas gracias,
Buenas Eguski,
Una EPSV no se puede donar, lo que puedes hacer es rescatarla y después donar ese dinero a quien tú quieras.
Buenas tardes, en primer lugar enhorabuena por vuestra labor divulgativa, es de gran ayuda.
Voy a contratar una EPSV (plan pensiones País Vasco) con aportaciones anuales de 5.000 eur año, ya que es máximo que puedes reducir en la declaración de la renta.
He llegado a un acuerdo de desvinculación con mi empresa a cambio de una indemnización en forma de renta. Esta indemnización finaliza dentro de 10 años y me jubilo en 12 años. Por lo que estaré 2 años sin ingresos. Mi plan es rescatar el plan dentro de 10 años todo en forma de capital con una deducción del 40%. ¿ Te parece mejor rescatarlo todo con deducción del 40% o crees mejor hacerlo en forma de renta?
Gracias
Buenas Ibon,
En términos generales suele ser mejor rescatar el plan de pensiones o el EPSV en forma de renta que en forma de capital en términos fiscales. En el País Vasco la fiscalidad es ligeramente diferente, ya que la exención del 40% no tiene límite temporal, pero aún así la segunda fórmula (renta) tiende a ser mejor para pagar menos impuestos.
Cobro la pensión mínima, con 45€ por el cónyuge a mi cargo incluidos para llegar al mínimo y tenemos un plan de pensiones de mi mujer de sólo 12000€ y nos dicen en el banco que averigüemos la cantidad que puede rescatar y cómo para que no afecte a los 45€ míseros que cobro por mi mujer.
Podrían decirme cómo cobrarlo y cuando para que no me quiten esos 45€??
Agradecería mucho que me ayudaran porqué me están poniendo muchos problemas para rescatar mi dinero y solo contamos con lo mínimo que yo estoy cobrando, no tenemos más ingresos que ni pensión de jubilado.
Espero respuesta.
Gracias y un saludo.
Buenas Juan,
El dinero que rescates se sumará al resto de rendimientos que te tengas. Si recuperas al dinero de golpe pagarás más impuestos por él, salvo que por tus ingresos no estés obligado a presentar el IRPF, como supongo que será el caso. Si es así, puede interesarte cobrarlo todo de golpe y pagar impuestos sólo este año en lugar de todos.
Pués mi marido solicitó él rescate de un plan de pensiones, hace 6 meses.
Estaba en ese .momento con una gran enfermedad, al día de hoy aún no me han resuelto nada.
Mi marido falleció hace tres meses.
Mi marido cumplia todos los requisitos para rescatar su plan de pension, tenía 65 años y una invalidez de grado » Total y absoluta »
Pero la actuacion de Caixaban conmigo, (ya mi marido no está).
sé están portando fatal.
Muy buenas tardes y gracias por su respuesta a mi consulta ; Es realmente admirable la ayuda que estan brindando a los ciudadanos respecto a estos asuntos tan agudos ; mas todavia a personas de una cierta edad como yo que no pueden evidentemente manejar con soltura estos temas
Redoblo triplico y octoplico o más si cabe mis mas sinceros agradecimientos por vuestra labor informativa y asesoramiento
CHAPEAU!
Tal como me lo aconsejo previamente , me he redirigido a la parte «Fiscalidad para recuperar el plan de pension » ( al dia de hoy unos 15000 € ) …..A ver si lo he entendido …..
Mi intencion es recuperar este año o el siguiente mi plan de pension , sabiendo que soy jubilado desde 2/3 años y que mi pension es la unica entrada que tengo . Realizo mi declaracion de forma individual .
Analizando mi situacion particular :
Rendimiento de trabajo ( base 2020 ) : estamos por los 13 000
BI general ( porque del ahorro tengo valor 0 ) , tras deducciones etc etc llega a 5600 € ( casillas 432 / 435 )
Segun leido arriba , si recupero 1500 € mensual de mi plan de pension ( importe maximo permitido para un segundo pagador x no tener que tributar ) , el rendimiento de trabajo subiria a menos de 15 000 € en cualquier caso
Al ser inferior a 22 000 y al tener un segundo pagador de maxi 1500 € ( rescate mensual ) no me correspondería hacer la renta correcto?
A nivel impositivo de mi plan de pension , como deberia de tomar en consideracion la tasacion aplicable ?¿
Opcion A ) Solo teniendo en cuenta el rescate realizado anualmente ( 1500 € ) por lo cual 19% aplicable a este importe unicamente ; en tal caso son € 285 / año …No me cuadra con vuestra tabla…
Al tener un plan de 15 000 € ( y imaginando que la cosa no cambiaría a lo largo de los años … que ya veremos ) , al final del rescate hubiera pagado de impuestos € 285 x 10 años = € 2850
ES ASI ?¿¿
O
Opcion B ) Tengo que tener en cuenta 24% porque hay que ir sumando TODOS los rendimientos de trabajo ( pension + rescate mensual = aprox 14 500 / 15 000 € ) por lo cual entro en el abanico de los valores siguientes 12450 / 20200 segun vuestra tabla mas arriba )
En este caso , como hay que ir deduciendo los gastos deducibles + deduccion por obtencion de rendimientos…me daria en tal caso una BI de unos 7500 €…..Y sobre esta se aplica el 24%? ( 1800 € )¿?¿
De igual modo sigo sin tener que tributar con estos importes de vertigo
Disculpen mi escrito con tantos detalles pero me da tal temor desgatar este pequeño ahorro ….Es tremendo el comecoco para que no me quiten unos importes al fin & cabo casi ridiculos pero que para mi , SI , son importantes !
Ultima cosa : pude ver consultando la pagina de la Renta que han integrado una norma de «reduccion de la BI general» /disponibilidad de los planes de pension en caso de desempleo / cese actividad derivados de la crisis covid 19.
No sé si se puede pretender algo con esto ?
Yo si quiero rescatar mi plan es porque mi esposa esta en ERTE desde marzo del año pasado y no sabemos cuanto durara , sin contar que hay una buena probabilidad que se quede finalmente despedida con un ERe o similar ….y evidentemente nuestra economía no da
Gracias infinita
Miguel Gomez
Gracias por los cumplidos, Miguel, para nosotros es un placer tratar de ayudar,
En primer lugar, recuerda que el límite de 1.500 euros es anual, no mensual (sé que lo tienes en mente, pero siempre viene bien recordarlo). Siempre que la suma de la pensión y del plan de pensiones sea inferior a 22.000 euros y no cobres más de 1.500 euros del plan, estarías exento de hacer la renta.
Respecto a los impuestos del plan, hay que diferenciar entre las retenciones de IRPF y la renta. Sobre las primeras, al tratarse de un rendimiento del trabajo, la entidad aplicará las correspondientes retenciones de IRPF. Estas se calcularán como se harían con tu nómina de un segundo pagador. Es decir, se toman como punto de partida los ingresos del plan, no el cómputo total de tus ingresos. Por las cantidades que hablamos de rescate, lo normal es que esa retención sea cercana al 0%.
Al hacer la renta, tu base imponible será la suma de la pensión más el plan de pensiones. Sobre esa cantidad se restará el mínimo personal y familiar, que es de 5.500 euros para una persona sin hijos a cargo y menor de 65 años. Esto quiere decir que si has ganado 14.500 euros (13.000 + 1.500), para Hacienda será como si sólo hubieses ganado 9.200 euros. Esa será la cantidad sobre la que tributarás. Por supuesto, podrás ir sumando el resto de deducciones y reducciones a las que tengas derecho.
Por último, el rescate del plan de pensiones por ERTE fue una medida excepcional que ya no está en vigor. Se podía solicitar durante el plazo de seis meses comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 14 de septiembre de 2020, pero ahora no está disponible.
En
Tenía un plan de pensiones desde 2014. Rescate todo en marzo de 2020.
De 41.000 E. Se queda en 27.000
Porque según Bankia el Estado.
De I.R.P.F se lleva 14.000 Euros.
Y un fondo de inversión de 20.000 Euros.
Al rescatar el plan de pensiones en forma de capital, ese dinero que rescatas se suma a lo que vas a ganar en todo el año, tributando a los tipos más altos. Por eso mismo normalmente no compensa desde un punto de vista fiscal rescatarlo de esa forma.
Tengo un plan de pensiones desde 1991 sistema mixto. En el año 2005 rescate en forma de capital 14000 euros. Puedo rescatar el resto del dinero en forma de capital y obtener la bonificacion del 40 % ?
Hola Patricio,
La posibilidad de rescatar el dinero en forma de capital aplicando la bonificación está limitada a los dos años siguientes al rescate y a las aportaciones realizadas hasta 2007.
Buenas rescaté un plan de pensiones por enfermedad grave en el 2011, volví a contratarlo en el 2013 y aunque me he jubilado en el 2019 sigo haciendo aportaciones, cuando decida rescatarlo, no me pondrán problemas por el rescate anterior por enfermedad?
Buenas Manuel,
En principio no, ya que lo estás rescatando por la misma contingencia (jubilación y no enfermedad).
Buenas .tengo un plan de pensiones en BBVA desde el 1999 y lo paralice en junio del 2 .015 tengo 12.300 Euros .¿ Puedo recuperar algo de Este plan ??
Gracias.
Buenas,
Podrás recuperar el dinero del plan de pensiones si se da alguna de las condiciones para hacerlo. Es decir, te jubilas, eres un parado de larga duración, te han declarado una incapacidad o sufres una enfermedad grave.
Muy buen artículo y bien explicado