Qué hacer con una herencia

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que hacer con la herencia

Una de las cosas que más preocupa a cualquier padre es el bienestar de sus hijos en casi de que ellos falten. Da igual que los retoños tengan ya 30, 40 o 50 años, es una obsesión que primero cobra forma de seguros de vida y después ya de la herencia. Son mayoría los padres que siguen acumulando bienes y capital para que sus hijos puedan repartirlo a su fallecimiento como herencia.

Cuando finalmente llega el momento de recibir la herencia hay que tomárselo como un regalo y estar agradecido a quien deja ese dinero o esos bienes.

¿Incluyo la herencia dentro de mis previsiones financieras?

Desde un punto de vista estrictamente financiero y aún a riesgo de sonar insensible, una herencia es como los ingresos extra o como un premio de lotería. Es un dinero adicional con el que no hay que contar pero sí saber gestionar.

Uno de los errores más comunes en la planificación financiera es contar con el dinero de los padres como colchón de seguridad y pensar que la herencia puede sustituir a los ahorros para la jubilación. Es decir, contar que esos bienes y ese dinero son ya tuyos cuando en realidad no es así. ¿Qué pasaría si tus padres hacen uso de ese dinero porque quieren vivir una jubilación dorada? ¿Y si deciden donárselo a otro de tus hermanos o no lo reparten al 50%?

Incluso un bien en teoría tan sólido y seguro como una casa puede esfumarse sin que la venda. Solo basta que firmen una hipoteca inversa para así tener más dinero en vida. Si es el caso, cuando llegue el momento de heredar la casa, la heredarás con una deuda pendiente.

El proceso de la herencia

Lo primero, antes incluso de cuestiones técnicas, es tener claro que no hay que discutir con el resto de familiares por la herencia en la medida de lo posible. Es muy habitual que a la hora de repartir ese dinero surjan roces entre hermanos, pero todavía lo es más afrontar el proceso con buen talante para evitarlos.

Toda herencia incluye una serie de procedimientos y pasos que hay que seguir. Lo más indicado es contar con un abogado o un experto que te guíe durante el proceso, aunque nunca está de más conocerlos.

Lo primero que debes tener claro es que siempre que una persona fallece se genera una herencia, independientemente de que exista o no testamento. En este último caso, habría que llevar a cabo una declaración de herederos. Según el Código Civil, los primeros en heredar serán los hijos y en su defecto sus descendientes, después los padres y ascendientes y por último el cónyuge, que además tendrá el derecho de usufructo (de uso) de parte de la herencia.

Con esto claro, repasemos los principales puntos y pasos a seguir en una herencia tal y como explican desde Impuestosrenta.com:

  • Obtener el certificado de defunción.
  • Solicitar el certificado de últimas voluntades y contratos de seguros. Para hacerlo deberás esperar quince días desde que obtengas el certificado de fallecimiento. Recuerda que en seguros de vida y ahorro como los unit linked sólo te informarán de ello si lo solicitas.
  • Comprobar si existe o no testamento. En caso afirmativo, solicitar al notario una copia autorizada el mismo. Recuerda que sólo los herederos legales podrán hacerlo.
  • Realizar un inventario de bienes y deudas de la herencia.
  • Liquidación y adjudicación de la herencia. Si la herencia no indica nada diferente, los herederos legales serán los hijos y descendientes
  • Pago del Impuesto de Sucesiones. Dispones de seis meses para abonar este tributo, cuyo importe varía en cada comunidad autónoma y también en función del grado de consanguinidad de los herederos.

Pagar los impuestos cuando no tienes dinero

En términos financieros lo primero es asegurarte que no heredarás deudas –más adelante te explicamos cómo hacerlo-. Lo segundo es planificar el pago de impuestos. Las herencias no son gratuitas. Hacienda quiere su parte y hay que pagarla por medio del Impuesto sobre Sucesiones, como ya has visto.

El Impuesto sobre las herencias depende de tres factores. El primero es el grado de consanguineidad. En otras palabras, el parentesco con la persona fallecida.

En este sentido, un hijo pagará menos por el legado de un padre o de un abuelo que si hereda de un tío o de un amigo de la familia. En este último caso la factura fiscal por heredar puede dispararse.

A modo de ejemplo, ¿Cuánto se paga por recibir una herencia de un desconocido? Más que de un familiar porque no se aplica ningún tipo de reducción por parentesco. Es decir, no se resta ninguna cantidad al dinero de la herencia. Después, el tipo del impuesto va del 7,65% al 43%.

El porcentaje concreto a pagar también dependerá de la región. El Impuesto sobre Sucesiones está transferido a las comunidades autónomas y cada una establece cuánto cobrar en cada caso. Por fortuna, la mayoría cuenta con exenciones y reducciones para las herencias de padres a hijos.

Y por último, de cuánto heredes y de cuál sea tu patrimonio previo. En otras palabras, de cuánto dinero tienes tú.

Como norma general heredar casi siempre será más barato heredar que donar.

Adelantar parte de la herencia

Por desgracia, puede pasar que cuando llegue el momento tu cuenta esté vacía. Si es tu caso, Hacienda te permitirá usar parte del dinero de la herencia. En primer lugar podrás recuperar parte de los seguros de vida y otros seguros de ahorro de la herencia para hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones.

También podrás hacer lo propio con el dinero en efectivo  y las acciones de bolsa y, por supuesto, del dinero que hubiese en cuentas de ahorro. Para poder cobrar esa parte de la herencia por anticipado tendrás que justificar el motivo.

Aplazar el impuesto

Otra alternativa es pedir un aplazamiento de un año para hacer frente al impuesto y ahorrara durante ese tiempo. Eso sí, tendrás que pagar intereses por retrasar tus obligaciones fiscales.

Pedir un préstamo

Fuera del ámbito de Hacienda puedes pedir un préstamo al banco poniendo como aval el inventario de la herencia y comprometiéndote a devolver el dinero una vez cobres, pero la mejor forma de hacer frente a este gasto es prepararte y ahorrar sabiendo que es un gasto que posiblemente tengas que afrontar. 

En este punto, muchas personas piensan en hacer una donación como solución al problema. En este artículo te explicamos cómo funcionan las donaciones y cuántos impuestos tendrás que pagar.

Qué hacer con la herencia

Ahora que ya sabes cómo funciona el proceso para cobrar una herencia sólo resta determinar qué debes hacer con la herencia. Aunque te pueda parecer extraño, lo primero será proteger tu patrimonio.

Es decir, que esa herencia te ayude y no perjudique tu situación financiera.

Evitar que la herencia arruine tu economía

En 2015 cerca un 10% de los herederos renunció a su derecho, el triple que en 2007. En 2021 el porcentaje fue ya del 15% ¿Sabes por qué? La razón es que cuando asumes una herencia no te quedas sólo con los bienes que la persona cede, también con sus deudas y puede ser que éstas superen lo que vas a recibir. En otras palabras, que te estés endeudando sin saberlo.

Por fortuna, hay una fórmula muy fácil de evitar este error y que una herencia no se convierta en un regalo envenenado: aceptar la herencia a beneficio de inventario.

Esta práctica, regulada en los artículos 1010 y posteriores del Código Civil como recuerda Francisco Rosales, te protege ante fianzas presentadas por el fallecido, comprobaciones fiscales posteriores al fallecimiento y posibles responsabilidades profesionales posteriores. Pero lo más interesante es que te protege frente a la deuda porque directamente realiza un inventario de la herencia, recopilando los bienes a recibir y las deudas acumuladas.

Al aceptar la herencia a beneficio de inventario sólo recibirás los bienes o el dinero que reste tras pagar deudas. Si las deudas consumen todo el inventario (la herencia), no te llevarás nada, pero tampoco habrás aceptado la deuda.

Busca ayuda, acude a un experto

La gestión de una herencia es complicada desde todos los puntos de vista y si no cuentas con un asesor financiero o un abogado de confianza es el momento de buscar uno. El planificador financiero te puede guiar en todo el proceso hereditario y además te ayudará a decidir qué hacer con ese capital o esos bienes que acabas de recibir para obtener la máxima rentabilidad y aumentar tu libertad financiera.

Además, también te puede guiar en lo relativo al pago de impuestos por la herencia. Y es que Hacienda te reclamará su parte y debes estar en disposición de pagarla en un plazo de seis meses desde que recibas la herencia.

Heredar un plan de pensiones

A modo de ejemplo, es muy habitual heredar planes de pensiones o recibir fondos de inversión como parte de la herencia. ¿Cómo actuar en ese caso?

Cuando heredas un plan de pensiones no tienes por qué deshacerte de él. En realidad, cuentas con tres opciones: mantenerlo, traspasar el plan de pensiones o rescatarlo. Y es que entre las causas de rescate del plan de pensiones figura el fallecimiento del titular. Si optas por recuperar el dinero del plan heredado, recuerda que tendrás que volver a pagar impuestos por ese dinero y que la fiscalidad del rescate de los planes de pensiones es muy gravosa.

La decisión al final depende de tus objetivos y de lo que quieras hacer con ese capital. Si optas por mantener la inversión, no dudes en mirar el plan y las rentabilidades que ofrece. Los planes de pensiones más vendidos suelen estar entre los menos rentables y muchos pierden dinero.

En el curso gratuito te damos las claves para decidir y encontrar el mejor producto de inversión para ti .

Uno de los errores más repetidos con herencias, premios y en general el dinero no esperado es tratarlo como si no fuese realmente tuyo. Esto hace que sea más fácil malgastarlo o arriesgar con él más de la cuenta. Esto es lo que la economía conductual denomina contabilidad mental y es una de las trampas de tu cabeza para que gastes más de la cuenta.  Para evitarlo, si heredas un plan de pensiones, revisa que sea adecuado para ti. Si no es así, no dudes en traspasarlo a otro.

Aprovecha para generar ingresos pasivos

Si has recibido una vivienda en herencia venderla puede ser una tentación. Si tienes tu propia casa puedes usar ese dinero para cancelar la hipoteca y para muchos otros proyectos vitales que seguro que tienes en mente.

Sin embargo, recuerda dos cosas. Por un lado, si vendes tu casa tendrás que pagar impuestos por la ganancia patrimonial, exactamente igual que lo harías con un fondo de inversión. Por otro, una vivienda en propiedad ya pagada y que no usas es una de las mejores fórmulas para generar ingresos pasivos.

Aquí te explicamos qué son los ingresos pasivos y por qué son importantes para conseguir la Libertad Financiera.

Aumenta tu Libertad Financiera, no tu nivel de vida

Por último, uno de los errores más repetidos al recibir una herencia es usarla para gastar más. Al final ocurre lo mismo que con un aumento de salario, que rara vez sirve para ahorrar más, sino para gastar más.

Seguro que te ha pasado. Te cuesta ahorrar y piensas que si cobrases un poco más podrías hacerlo, pero cuando por fin consigues el ansiado aumento sigues sin ahorrar. ¿El motivo? Primero aprovechaste para comprar ese mueble que hace tanto que querías, después para ir al restaurante que tantas ganas tenías de visitar, ir al cine más… y así hasta que sin darte cuenta tu jugoso aumento de sueldo se evapora también mes a mes. Es lo que se llama la trampa del gasto creciente.

No dejes que te pase con tu herencia, utilízala para aumentar tu libertad financiera y no para gastar más.

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¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Mi nombre es Luis Pita y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2036.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

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46 Comments on “Qué hacer con una herencia”

  1. Simón (Barcelona)

    Mi caso es el siguiente: estoy haciendo un nuevo testamento. Mi madre y mi hermana aún están vivas. Si yo muriese antes que ellas (bastante probable) , quiero legar mi vivienda (no vale más de 100.00€) a dos personas que son prima hermana y otra amiga (supongo que las dos de grado IV). No sé si les hago un favor o un marrón, por los impuestos que habran de pagar.
    Entiendo que a mi madre le puedo dar la legítima en dinero y a mi hermana también (si tiene derecho).
    También he nombrado como herederos (de mi patrimonio monetario que quede al pagar a mi madre y hermana lo que les toque ) a muchas de mis amistades (grado IV). No tengo deudas pero quizás hacienda se lleve un gran porcentaje. ¿Qué me aconsejaría en mi caso?
    Muchas gracias por la atención
    saludos cordiales

    1. Buenas Simón,
      El notario es quien mejor podrá orientarte sobre lo que puedes y no puedes hacer al legar, porque no debería permitirte hace un testamento que después no pueda ejecutarse.

      Respecto a lo que planteas y hasta donde yo sé, la heredera legítima en tu caso es tu madre, no tu hermana. A ella deberás reservar la legítima en el testamento y asegurarte de que la cubres. Con el resto sí que podrás legarlo como desees.

      Estas amistadas y familares lejanos tendrán que pagar más al heredar por el simple hecho de que no son familiares cercanos, pero siempre les compensará hacerlo. Hacienda nunca reclama más de lo que se recibe (no tendría sentido desde un punto de vista legal).

      Por otro lado, una opción frente a la herencia para estos casos sería una donación en vida, que evitaría que tuviesen que verse envueltos en posibles disputas legales sobre a herencia.

  2. buenos días
    Quería preguntar cómo debo proceder en el siguiente caso:

    Mi hermano ha fallecido dejando como herencia una casa y una cuenta con 12.000 eur.
    En el testamento dejó como herederos a sus seis hermanos , pero la casa la dejó en usufructo a una de las hermanas. (El era soltero sin hijos)
    Tras su fallecimiento, esta hermana que es usufructuaria de la casa y la que tiene todos los documentos, nos presentó al resto de hermanos un documento a firmar para iniciar los trámites del reparto de la herencia.
    En él se nos pedía 3.000 eur de anticipo para provisión de gastos, y 3.000 eur para pagar los honorarios por anticipado del abogado.
    Consultamos en nuestra gestoría de confianza y nos dijeron que los honorarios eran muy elevados. En esa gestoría se ofrecieron a realizar los trámites por la mitad de los honorarios. Se lo comentamos a esta hermana ( que está de acuerdo con otra también), y ellas se niegan y quieren seguir con la abogada inicial, además tampoco facilitan los datos para poder hacer los trámites por nuestra cuenta.
    El resto de hermanos no tienen/quieren ingresar 1.000 eur por anticipado y tienen pensado renunciar.
    En la gestoría nos han aconsejado no renunciar, pero ir todos juntos con la misma abogada, y pagarla tras el cobro de la herencia. Este planteamiento es posible? Habría otra alternativa?
    Muchísmas gracias.

    1. Lamento tu pérdida, Pilar,

      Por otro lado, si ya estáis tratando el tema con la gestoría, ellos son quienes mejor os pueden asesorar. Lo idóneo es que vayáis todos con la misma abogada, a la que se puede pagar tras resolver la herencia o, en su defecto, una cantidad antes y otra después.

  3. Hola voy a recibir una herencia que soy ajena a esa persona cuanto tengo que pagar a Hacienda?gracias un saludo 👋

    1. Buenas María,

      Dependerá de la comunidad en la que haya fallecido la persona de la que heredas, pero la cuantía puede ser elevada.

  4. Si no eres familiar de una persona que no tiene familia ni hijos y el te quiere dejar su casa de herencia al no ser familia cuanto se tiene que pagar para heredar es mucho dinero porque si eres familia pagas poco pero sino eres pagas mucho mas

    1. Buenas Carlos,

      En este caso tributarás dentro del tercer grado de cosanguineidad y sí, la factura fiscal puede ser elevada. Si se trata de una casa de 300.000 euros podemos estar hablando de cerca de 100.000 euros de herencia dependiendo de la comunidad autónoma.

      La mejor forma de afrontarlo es planificarlo, aunque también hay opciones como pedir un préstamo sobre esa vivienda cuando llegue el momento.

  5. eramos tres primos hermanos. mi primo Luis soltero ha muerto sin hijos y sin hacer testamento. el otro primo Carlos nunca quiso ocuparse de el, toda la enfermedad , el hospital , etc. he sido yo solo quien se ha hecho cargo de los tramites , pero ahora seguro que querra si hay algo de herencia. ¿ si voy yo al notario puedo decir que no hay mas familia, que ya estan todos muertos ? , digo que no hay mas herederos de mi nivel , primos , que si hay son hijos de primos ( de Carlos) y me presento como el unico , el no ha hecho nada para merecer, ¿ que me puede pasar? ¿cuantos años prescribiria los derechos a reclamarme?

    1. Buenas Jose,

      Si no hay testamento, poco hay que puedas hacer para reclamar la herencia, que se repartirá según marca el Código Civil entre todos los herederos legales.

  6. Hola buenas noches.
    Tengo una situación que mis hermanos no quieren partir la herencia de mi padre, ya que viven en los bienes.
    Aplique el recurso notarial , 1005 del código civil y ni tan siquiera acudieron, por lo tanto la herencia la han reconocido, pero no quieren partir.

    Yo soy el único que no vive en ningún bien y en la última voluntad deja constancia que todo lo que era suyo era a repartir a partes iguales entre hermanos.

    Ahora que debo de hacer, poner una demanda judicial para que se haga las particiones ?
    Luego que me toca otra vez demandarlos para reclamar que me abonen mi parte o rotura de condominios o en el mismo juicio se celebra todo?

    Son 3 viviendas un terreno y un garaje.

    Muchas gracias

    1. Buenas Agus,

      En un caso como el que comentas, lo suyo es ponerse en manos de abogados que te indiquen cómo proceder para poder conseguir la parte de la herencia que te corresponde. Otra opción sería acordar con cada uno de ellos un alquiler por la parte proporcional de la vivienda de la que eres propietario, si prefieres evitar la vía judicial.

  7. Muchas gracias por el artículo, pero tengo una pregunta. ¿Hay alguna forma de no pagar impuestos por una herencia? Ya sea de forma previa hacer algo o no sé…

    1. Buenas Carla,

      Hasta donde yo sé, no hay ninguna forma de evitar los impuestos por una herencia. Sí que hay productos financieros que minimizan su impacto.

  8. Hola

    Mis padres se divorciaron hace 25 años , estaban casados por bienes mancomunados y mi mamá ya falleció , la casa que me heredó mi mamá está a nombre de mi papá , al divorciarse el le cedió su 50 % a ella , ya causo ejecutoria pero nunca se cambio a nombre de mi mamá la casa … Soy de México , si el quiere vender puede hacerlo sin mi consentimiento ? O si el fallece y deja un testamento heredando la misma propiedad a otro hermano , sería válido ?

    1. Buenas Josabet,
      Desconozco cómo funcionan las herencias en México. Entiendo que lo primero sería cambiar a nombre de quien está la vivienda, ya que por mucho que en el registro figure una cosa con los papeles se puede demostrar de quién es realmente la vivienda.

  9. Hola buenas me llamo nuria y mi tio se esta muriendo y quiere dar su herencia a mi y soy una chica de 23 años con padres fallecidos hace 2 años ya, que tengo que hacer primero de todo?

    1. Buenas Nuria,
      Tú no tendrías que hacer nada en concreto. El que debe plasmar ese deseo en un testamento es tu tío. En cualquier caso, se tendrá que respetar la legítima que correspondan a otros sobrinos, hijos…

  10. hay una herencia , mi madre ha fallecido , pero cuando murio mi padre a mi madre la pusieron parte como usufructo y parte con pleno derecho o algo asi , entonces ahora con el fallecimiento de mi madre , queremos repartir la casa , que como ya teniamos la itad mi herano y yo , ahora es la otra mitad a repartir, pero yo quiero que se quede con la casa , entonces el ya tiene la mitad de lo que hicieron cuando murio mi padre y ahora tiene un 25 % y yo otro 25% , entonces el me tendria que pagar porque yo le vendo mi parte , que habria que hacer con hacienda , habria que pagar , creo que es asi
    la casa era usufructo de mi madre y estabamos nosotros , que hemos hecho lo de separar el 25% de cada uno en el catrasto .
    si cada uno teniamos ya cuando murio mi pare aunque era usufructo de mi madre y su parta la tenia suya claro , y ahora al fallecer ella , seria facil si nos quedaramos la mitad cada uno, pero mi hermno no tiene ni piso ni familia y yo quiero que se quede con el , a cambio yo le vendo mi pate , pero claro , le tendria que vender solo el 25% o tendria que ser la mitad , porque claro la mitad es de cada uno , espero que alguien me pueda ayudar, gracias de antemano

    1. Buenas Amparo y lamento tu pérdida,
      Lo idóneo es que preguntes al abogado que os está tramitando la herencia, para que pueda orientarte conocimiento él mejor la situación legal y patrimonial exacta. Hasta donde yo sé, ahora mismo la casa es al 50% de cada uno. Por un lado el 50% (25% cada) por el fallecimiento de tu padre y ahora el 50% restante con el de tu madre.
      Con esto en mente, el reparto lo podéis hacer como queráis. Si quieres quela casa sea al 100% de tu hermano, deberás venderle la mitad. Si quieres guardar una parte, puedes venderle un 25% de la vivienda o el porcentaje que quieras.

  11. Mi padre falleció hace tres años habiendo hecho testamento donde me dejaba como heredera y a mis hermanos la legitima estricta y el banco como una hermana no ha firmado no quiere abonar la herencia.hasta ahora se ha n venido pagando los gastos de su CC pero ha entrado en descubierto aunque él tenía un fondo de inversión y acciones del banco .es eso legal ?

    1. Buenas Carmen,
      Para poder acceder a los fondos del banco y también el fondo de inversión y la cartera de acciones todos los herederos debéis estar de acuerdo. no sé hasta qué punto la entidad puede facilitar información a uno de los herederos sin el consentimiento de resto, lo que no puede hacer es darle acceso a los fondos.

  12. Hola mi esposo fallecido y no tenía testamento.Tengo una hija que es de 19 años.me.gustria saber si ella como heredera pagará mucho impuestos por una casa que es la vivienda habitual y un coche?..Vive en comunidad valenciana . Gracias

    1. Buenas Vanesa,
      En este caso la herencia se repartirá entre tu hija y tú, según marca la ley (aquí lo explicamos).
      En cuanto a los impuestos, dependerá del valor de la casa y del resto de bienes.

  13. Buenas, soy heredera al 60% de la herencia de mi tía, tenía una copia simple de la misma en casa. Ahora¿Cuál es el procedimiento? ¿Cómo saber qué números de cuenta tenía etc?¿Hay algún documento donde se específiquen sus bienes? Muchas gracias

    1. Buenas Maite,
      Lo primero será ver el testamento y si en él se especifican sus bienes, lo que no suele ser habitual. En ese caso, tendréis que ser vosotros quienes recopiléis la información. Podéis hacerlo:

      • Acudiendo al Registro de la Propiedad y el Castastro para conocer sus bienes, inmuebles.
      • Acudiendo al Registro General de Actos de Ultima Voluntad y solicitar el certificado de seguros de vida.
      • Acudiendo al Banco de España para saber qué cuentas estaban a su nombre.
      • Acudiendo a la Dirección General de Tráfico para solicitar un certificado sobre los vehículos y cargas que tenía a su nombre.
  14. Hola, mi situación es la siguiente: mi tía dejo en herencia a sus 2 hermanas una vivienda en un pueblo ya que no tenía descendencia, mi madre al tener testamento me dejó esa herencia a mi, pero al haber muerto las 2 en un plazo de tres meses ahora me encuentro con el problema del impuesto de sucesiones porque una hermana no es heredero directo, ( ella no tenía herederos directos, hijos, padres ), es la mitad de la casa. Esto no tiene otra solución que pagar?, Yo personalmente no tengo dinero para pagarlo. Gracias. Es en Andalucia.

    1. Buenas Francisca,
      Lo primero sería determinar si hay más herederos además de ti para la mitad de la casa de tu tía. En caso de que así sea, os repartiríais esa mitad y el resto de bienes de tu tía a partes iguales, salvo que el testamento dispusiese de otro reparto.
      Si ya has aceptado la herencia en ambos casos (tu madre y tu tía), lo que resta es hacer inventario y abonar el Impuesto de Sucesiones para poder acceder a los bienes. Si no tienes dinero para poder pagar el impuesto (algo muy normal, créeme), hay varias formas de conseguirlo:

      • Acceder al dinero en cuentas, seguros de vida o inversiones de la herencia. Habrá que pedir permiso al juez, pero suele condecerlo
      • Retrasar el pago del impuesto seis meses más, de forma que puedas ahorrar el dinero que necesitas.
      • Pedir un préstamo para abonar el impuesto. Habiendo una propiedad dentro de la herencia es más fácil, ya que puedes usarla como futuro aval o garantía

      Aquí puedes ampliar información sobre cómo cobrar una herencia si no tienes para pagar a Hacienda.

  15. Recibir una herencia y hay dos familias viviendo alli las quiero sacar habria problemas?

    1. Buenas Ramo,
      Entiendo que te refieres a que vas a recibir una casa en herencia y que hay dos familias residiendo actualmente en la vivienda. En ese caso, deberás respetar el contrato de alquiler salvo que necesites la casa para residir tú.

  16. Hola..
    Mi padre falleció hace poquito y el nunca hizo testamento se que no ha dejado deudas de ninguna índole pero hay un piso en propiedad y no sabemos que hacer., somos 7 hermanos 2 fallecidos uno de ellos hera soltero y el otro casado con 3 hijos, mi madre también falleció hace 20años .. como podemos hacer para que esto se arregle lo más pronto posible y que no nos cueste tanto ya que la economía no es buena.
    Muchas gracias y espero me responda lo más pronto que pueda. Gracias

    1. Lamento tu pérdida, Dolores,
      Sin testamento, los bienes se reparten a parten iguales entre los 6 herederos que sobreviven o sus descendientes. Es decir, que la parte de tu hermano fallecido con hijos irá a parar a sus hijos.
      Esto afecta tanto a la casa como al resto de bienes de tu padre.
      En el artículo puedes ver los pasos para cobrar la herencia, que sería:

      • Obtener los documentos necesarios: Certificado de defunción, Certificado de últimas voluntades, Certificado de nacimiento de los hijos.
      • Acudir al notario para instar la declaración de herederos y que inicie el Acta de Notoriedad.
      • Obtener del Acta de Declaración de Herederos Abintestato (se encarga el notario).
      • Repartir la herencia y abonar el Impuesto de Sucesiones.

      Para que la casa sea finalmente vuestra, antes tendréis que abonar el Impuesto de Sucesiones. Si no contáis con dinero para hacerlo, podéis pedir al juez que os adelante parte del dinero de las cuentas corrientes de vuestro padre, plan de pensiones, fondos y otras inversiones, en caso de tenerlas, así como los seguros de vida.
      También podéis pedir a Hacienda que amplíe de seis meses a un año el periodo para hacer frente al impuesto.
      Por último, habiendo una casa, podéis negociar con un banco un préstamo de la cantidad de los impuestos de la herencia usando la vivienda como garantía. Así podréis cobrar la herencia y después vender la casa para devolver el préstamo y quedaros lo sobrante como ganancia, por ejemplo

  17. hola voy a recibir una herencia pero en uruguay es muy costoso traerla para aqui 40000 euros yo vivo en valencia gracias

    1. Buenas María,

      En principio el coste sería el propio de la transferencia de la cuenta de Uruguay a España, ya que los impuestos se pagan en principio en Uruguay.

  18. Hola en mi caso voy a recibir una herencia y no sé qué hacer si abrir una cuenta corriente o en depósito o un plan de pensiones un saludo

  19. Hola mi problema es que he heredado un poco de dinero y ya he pasado por el registro podrías decirme que paso es el siguiente antes de cobrar después del registro donde tengo que ir. Gracias

    1. Buenas,
      Si ya has pasado por el registro y la notaría, te quedaría abonar el Impuesto sobe Sucesiones y ya, por último, recibir el dinero, que me imagino que estará en el banco.

  20. Hola mi esposo recibió una herencia…en vivienda..y otra en dinero..como teníamos Muchas deudas el dinero se fue..y ahora no quiero cójer también las viviendas para malgastarlas que debo hacer???quiero incrementar patrimonio no esfumarla..

  21. Buenas tardes. Al heredar un fondo de inversión ,¿ se heredan las participaciones del fondo al valor liquidativo que tengan el día real de la transmisión o el valor en dinero a la fecha de defunción?

    Gracias. Un saludo.
    Jesús.

    1. Hola Jesús,
      El valor será, en principio, el de la fecha de defunción.

  22. Buenas,
    Le expongo mi caso. Mi padre tenía un plan de pensiones , falleció hace 2 años y somos 3 herederos.
    En mi caso tengo una gran minusvalía.
    ¿Los herederos tenemos q sacar el plan de pensiones conjuntamente o la parte proporcional ?
    Cómo proceder por mi parte rescatar 1/3 de los 3 herederos, siendo mi caso persona con gran minusvalía y qué obligaciones tengo.
    Gracias.

    1. Hola José,
      En principio el dinero del plan se repartirá de forma proporcional entre los herederos, así que te correspondería 1/3 del dinero del plan. Respecto a las obligaciones y fiscalidad de ese dinero, se aplicará la misma que la de un rescate del plan al uso. Aquí puedes ampliar información: Cómo rescatar el plan de pensiones

  23. Si aceptas una herencia al beneficio de inventario y luego no puedes pagar los impuestos de sucesiones , te pueden embargar también tu patrimonio ? O solo lo Heredado?

    1. Hola Isaac,
      Te podrían embargar también tus bienes porque eres tú quien genera la deuda por el impago del Impuesto de Sucesiones y ahí entra tanto lo heredado (ya sería tuyo) como tu propio patrimonio.

  24. Me ha parecido muy buena toda esta información, básica pero muy buena.

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