Consecuencias de no declarar una donación

PreahorroFinanzas Personales339 Comments

multas por no declarar una donación

Dejar dinero a un hijo para la entrada de la casa o regalárselo por terminar la carrera o por lo que sea son actos tan naturales que pocas veces pensamos que tengan repercusiones legales o fiscales. La realidad es diferente.

¿Hay que pagar impuestos por las donaciones?

Esos actos son una donación a ojos de la Agencia Tributaria y como tales deben liquidarse a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En otras palabras, hay que pagar impuestos por dar dinero a un hijo o a cualquier persona en general.

La única forma de no hacerlo es prestar el dinero en lugar de regalarlo. Eso se puede a través de un préstamo entre particulares –aquí puedes ver un modelo y cómo funcionan-. Con un préstamo no tendrás que pagar impuestos y puedes incluso firmarlo sin intereses.

Lo que sí tendrás que hacer es registrarlo ante Hacienda para evitar que el fisco interprete que se trata de una donación.

En cualquiera de los casos es habitual olvidarse de hacerlo o, simplemente pensar que no tenías que pagar impuestos. ¿Cómo actuar en este caso? ¿Qué hacer si te olvidas de los impuestos de una donación? Eso es lo que vas a descubrir en las siguientes líneas.

¿Cuánto tiempo hay para declarar una donación?

Dispones de 30 días hábiles desde que te donan el dinero para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Porque el encargado de todo el papeleo y de pagar los impuestos es quien recibe el dinero (en otro artículo abordaremos cómo afecta todo esto al donatario).

Pasado ese plazo podrás liquidar el impuesto igualmente, pero lo estarás haciendo fuera de plazo y eso tiene una serie de consecuencias. De forma muy resumida, habrá un recargo y puede que una sanción.

La clave está en cuánto tardes en presentar el impuesto y si eres tú quien lo hace o Hacienda quien te lo reclama.

¿Consecuencias de no declarar una donación?

No presentar un impuesto a tiempo, cualquiera, es una infracción fiscal para Hacienda. Y como toda infracción, acarrea una sanción. Así lo refleja la Ley General Tributaria.

Esta sanción será diferente si eres tú quien presenta voluntariamente el impuesto o si es la Agencia Tributaria quien reclama. Como te puedes imaginar, el recargo será menor si realizas tú lo que se conoce como una declaración extratempórea que si es Hacienda quien inicia el proceso.

Del mismo modo, también importa el tiempo que haya pasado desde el final del plazo legal para su pago. Cuanto más tiempo pase, mayor será la multa.

Así funciona en cada caso:

Cuando eres tú quien declara la donación

Hacienda impondrá un recargo sobre la cantidad que debías pagar dependiendo del tiempo que haya transcurrido. Así, tendrás que abonar los impuestos por la donación más un porcentaje.

La Ley 11/2021 o Ley Antifraude ha suavizado estos recargos. Y es que el objetivo final de Hacienda ha pasado a ser cobrar menos, pero cobrar. En otras palabras, que seas tú quien presentes la donación fuera de plazo sin que ellos tengan que reclamar.

Los porcentajes antiguos iban del 5% al 20% por demoras de entre 3 meses y las superiores a 12 meses. Con la nueva normativa, esto es lo que pagarás por presentar la donación más tarde de lo debido.

  • Un 1% de recargo por el primer mes de demora y un 1% por cada mes adicional de retraso. A modo de ejemplo, por una demora de 5 meses pagarás un 5%. Esta escala se aplica los primeros 12 meses.
  • Un 15% de recargo sobre el importe de la declaración y el cobro de intereses de demora a partir de los 12 meses.

Además, si pagas dentro del plazo que te da Hacienda, podrás aplicar una reducción del 25% sobre la sanción. Por ejemplo, si el recargo era de 60 euros y pagas en el periodo voluntario (un mes desde que presentas la declaración), todo se quedará en 45 euros más lo que debas pagar por la donación.

Si es Hacienda quien tiene que pedirte que declares

Las sanciones aumentan si Hacienda tiene que reclamar la donación. En estos casos la AEAT puede incluso interpretar que existía ánimo de ocultación y aumentará la infracción.

Hacienda distingue entre varios grados de infracción dependiendo del tipo de falta. Entre los elementos que tiene en cuenta están la base de la sanción y si ha existido o no ánimo de ocultación. En este caso concreto, si sabías que tenías de declarar la donación o si has intentado hacer pasar la donación por un préstamo encubierto, por ejemplo.

¿Cuáles son las multas por hacer una donación sin pagar impuestos? Esto es lo que ocurre en cada caso.

  • Si la infracción es leve. Una multa del 50% sobre la cantidad que has dejado de pagar a Hacienda. Se considera infracción leve cuando la ase de la sanción no supere los 3.000 euros o si los supera, pero no existe ocultación.
  • Si la infracción es grave. La multa será del 100% sobre lo que debías de haber pagado. Es decir, el doble. Son infracciones graves en las que la base es superior a 3.000 euros y ha existido ocultación o su utilizas documentos falsos, por ejemplo.
  • Si la infracción es muy grave. La multa ascenderá al 150% del dinero que debías haber pagado, el triple de la factura original. Estas sanciones se producen cuando usas medios fraudulentos (préstamo para encubrir la donación) o cuando se dejen de ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta repercutidos, cuando dichas cantidades superen el 50% de la base de la sanción.

Además, si ha pasado más de un año se podrán sumar los intereses de demora.

La Ley Antifraude vuelve a introducir mejoras para que pagues sin reclamar y en plazo .

En concreto, permite las siguientes reducciones sobre la sanción inicial por no declarar la donación:

  • Reducción del 30% por aceptar el recargo sin presentar un recurso sobre la liquidación original. En otras palabras, si pagas pronto y sin protestar, podrás reducir la sanción.
  • Reducción adicional del 40% sobre la cantidad anterior por ingresar el dinero dentro del plazo que marque Hacienda.

¿Qué pasa si no se registra un préstamo?

Si lo que se hizo fue un préstamo entre particulares y no una donación, también se puede enmendar el error firmándolo más tarde. En este caso habría que demostrar a través de las transferencias que se ha ido devolviendo el dinero y que, simplemente, no se registró el préstamo.

En otras palabras, habrá que convencer a Hacienda que se hizo un préstamo y no una donación encubierta, que ahora se intenta hacer pasar por un préstamo entre particulares. Si Hacienda entiende que lo que se hizo fue no declarar una donación, las sanciones serán las expuestas.

¿Y si acepta que fue un préstamo? ¿Existen también consecuencias por no rellenar el modelo 600 para dar cuenta de té? Sí, Hacienda puede sancionarte con una multa de entre 200 y 100 euros por no declarar el préstamo en su momento.

_______

¿Y AHORA, QUÉ DEBERÍAS HACER?

Mi nombre es Luis Pita y mi libertad financiera es de 14 años. Es decir, si mañana dejase mi empleo, podría mantener el mismo nivel de vida sin trabajar hasta 2036.

Soy autor del best seller “Ten peor coche que tu vecino” y me has visto enseñando ahorro y finanzas personales en TVE, Telecinco, Cuatro, La 2, Telemadrid y las principales radios.

Si quieres disfrutar de tanta libertad financiera como yo, te interesa este curso gratuito:

EMPEZAR CURSO GRATUITO

Y si eres de los que les gusta leer, este libro te cambiará la vida:

LIBRE

339 Comments on “Consecuencias de no declarar una donación”

  1. Hola Luis.
    Mis padres me han prestado 50k por 3 meses.
    Ya se lo he devuelto. He visto que tengo que presentar el mod 600. No me queda clara la sanción.
    Gracias
    Pedro

    1. Buenas Pedro,
      La sanción será un recargo por demora si has presentado la donación más tarde de un mes desde que se produjo el hecho.

  2. Hola, mis padres me han dado 10mil euros para pagar mi boda y por ignorancia pensaba que eso se declaraba en la renta de abril del año que viene, pero he visto que no y que ya llego tarde.
    Me casé en junio pero la transferencia fue en marzo, es decir hace 6 meses y unos pocos días.
    Vivo en la comunidad valenciana.
    Ahora la duda que tengo es, ¿Cuánto debo pagar por la donación y cuánto por el recargo?
    No soy capaz de entender los reglamentos.
    He leído que es un porcentaje de lo que debería haber pagado, un 1% por cada mes de retraso, pero claro, al ser mis ascendentes directos y ser menos de 100mil euros leo en algún sitio que es gratis la cuota, por tanto 0*7%=0.
    Seguro que no es así, necesito vuestra ayuda.

    1. Buenas Alejando,

      En Valencia existe una reducción de 100.000 euros por las que no se pagan impuestos por donaciones inferiores a esa cifra.

      1. Somos de Catalunya y hemos cerrado una cuenta mancomunada entre mi mujer y yo para abrir una cuenta a nombre de mi mujer y poner los ahorros ahi, aunque el dinero es de los fos de esto hace unos 6 meses y fueron unos 20.000 euros, como debemos declarar esto en la renta?

        1. Buenas Juan,
          Esto no hay que declararlo en la renta, sino en el impuesto de donaciones en todo caso.

  3. Hola buenas, lo primero felicitaros por la web, es muy útil.

    Mis padres me ha hecho una donación de 30000 euros para la compra de mi primera vivienda en la comunidad de madrid. Si no me equivoco, en la Comunidad de Madrid este tipo de donaciones están exentas al 100% y así lo declaramos tras firmar la donación en el notario. Pero el problema surge de que la operación de compra de mi primera vivienda no ha salido bien, tras un año, con una consecuente pérdida de arras. Ahora me encuentro ante la situación de que tengo que regularizar el impuesto de donaciones y declararlo fuera de tiempo, ¿Entiendo que con su correspondiente sanción, verdad?

    Me gustaría saber si aunque no tenga la bonificación del 100% por la adquisición de la primera vivienda, podría seguir acogiéndome a la bonificación del 99% de donación de padres a hijos a la hora de regularizar el impuesto de donación, aunque esto incluya una sanción por hacerlo fuera de tiempo.

    Por otro lado haciendo cálculos del impuesto sin bonificaciones me sale que tendría que pagar unos 2649 euros y con bonificaciones 26,49 euros. Me gustaría saber si las sanciones se aplican sobre la cantidad bonificada, es decir si yo tengo que pagar 26,49 y me sancionan, ¿tendré que pagar 2649, más el 50% de sanción sobre este? o más bien 26,49, mas el 50% de sanción sobre este?.

    Disculpa la biblia de mensaje, es que es difícil de explicar.

    Un saludo y muchísimas gracias, es genial la web que tienes y las respuestas que das a los mensajes realmente útiles

    1. Buenas Manuel,

      Efectivamente, el plazo para hacer frente al impuesto era de un mes desde que te donaron ese dinero. Ahora, al pagar fuera de plazo, podrías enfrentarte a una sanción. Lo que sí podrás aplicar es la bonificación del 99% por donación entre padres e hijos.

      En principio, la sanción sería sobre la cuota del impuesto bonificada.

  4. En Octubre del 2020 hice un prestamo a mi hija de 30.000 € para la compra de su piso,se hizo por contrato privado y diligenciado por Hacienda con el modelo 600 y se hizo sin plazo de devolucion,simplemente cuando ella pudiese,poco a poco. Hasta ahora no a empezado a devolver y mi pregunta es…..Cuanto tiempo espera Hacienda hasta que se pueda creer que sea una Donacion ? Gracias

    1. Buenas Miguel,
      Por las fechas que me indicas, Hacienda ya podría estimar que se trata de una donación. Han pasado casi tres años desde que se formalizó el préstamo, lo que sería un periodo de carencia muy elevado.

  5. Buenas tardes, quería comprarme un coche que costaba 30.000 euros y como no tenía dinero suficiente le pedí a mi padre que me lo prestase. Firmamos un contrato privado en el que constaba que yo se lo devolvería mes a mes durante 6 años. El problema es que mi padre en lugar de darme el dinero a mi, lo ingresó directamente al Concesionario y ahora me dicen en Hacienda que eso es una donación. Sin embargo, no es cierto, yo le voy a devolver todo el importe a mi padre. Solamente se trata de un error, en lugar de darme a mi el dinero para que yo lo transfiriera al Concesionario lo transfirió el directamente. Por favor, podría decirme si existe alguna manera de subsanar este error. Gracias

    1. Buenas María,
      La opción que te queda es reclamar ante Hacienda para que cambie de opinión. Si habéis firmado el contrato y lo habéis registrado ante Hacienda, no debería de haber problemas,

  6. Buenas tardes, y muchas gracias anticipadas. Explico mi caso:
    La madrina de mi hija quiere donarle un piso en Madrid para que sea su residencia habitual. El valor de referencia de este piso es, según catastro, 333.000€. Las opciones que se plantean son estas:
    1.- Donación de la vivienda y pago del Impuesto de donaciones (127.000€) a cargo de mi hija. Como ésta «no llega», además le prestaría 65.000€ a devolver sin intereses.
    2.- La madrina prestaría a mi hija 215.000€ a devolver sin intereses y con este dinero compraría la vivienda por el mismo precio por el que fue adquirida hace unos años (215.000€). No obstante, para liquidar el IsTP y la plusvalía se indicaría el valor de referencia catastral (333.000€), con lo que el IsTP ascendería a 20.000€, que pagaría mi hija. Primeras preguntas concretas: ¿es posible esto de un precio de venta real -los 215000€ que se pagarían- y, sin embargo, hacer constar en las liquidaciones de los impuestos el valor de referencia catastral -333.000€-? ¿Con qué valor se escrituraría el piso?
    3.- Esta es la que más me gusta a mí, como profano que soy. La madrina DONA a mi hija 215.000€ . Mi hija le compra el piso con las mismas consideraciones que en el punto 2. De esta forma, mi hija tendría que pagar 70.000€ del impuesto de donaciones y 20.000€ más del IsTP. En total, 90.000€ frente a los 127.000 de la opción 1, con la ventaja añadida de que no quedaría sujeta al pago de ningún préstamo. Para no dejar ningún fleco en la historia, yo le donaría a mi hija los 20-30.000€ que le faltaran para hacer frene a los 90.000€
    Le agradecería cualquier consejo o indicación sobre el tema, especialmente sobre si considera particularmente conflictiva la opción 3.
    Como comentario final, quiero resaltar que la actuación de la madrina de mi hija es absolutamente desinteresada. De hecho, plantea que la devolución del posible préstamo «se olvidaría» tras algunos pagos testimoniales. Pero esto me parece muy peligroso, sobre todo en operaciones de esta cuantía y de estas características (préstamo de A a B para que B le compre un piso a A)
    Disculpas por la extensión y muchísimas gracias.

    1. Buenas Jenaro,
      Mi recomendación es que hagas todo de la forma más transparente y legal posible, especialmente respecto a lo que indicas de olvidarse del préstamo después de los primeros pagos. Por un lado, esa deuda no desaparecerá y se llevará a la herencia, cuando los herederos legales de la madrina podrán recuperarla. Y por otro caso, estaríamos ante un claro fraude de ley.

      De todas las opciones, la 1 parece la más transparente, pero también se pueden llevar a cabo las otras dos, una mezcla de ambas u otras diferentes. Lo que yo intentaría evitar es vender el inmueble por debajo de su valor de mercado, que es el baremo que se tiene en cuenta para el pago del ITP. Es totalmente legal vender por debajo del precio de mercado, aunque todos los impuestos, incluir el de la donación en el IRPF por parte de la madrina, se deberán liquidar al valor mínimo de la vivienda en términos fiscales. Sin embargo, que se puede hacer no quiere decir que Hacienda no pueda investigar y preguntar por qué. Si descubre que ha sido exclusivamente para evitar el para evitar el pago de impuestos, podéis tener problemas.

      Entiendo que la idea es hacer una donación para que tu hija no tenga que abonar el pago de la vivienda y, al mismo tiempo, minimizar el pago de impuestos. Estas son algunas opciones:
      1. En lugar de donarle el pleno dominio de la vivienda ahora, puede donarle el usufructo vitalicio de la misma y más tarde estructurar la compra de la nuda propiedad o su herencia. Al dividir en dos el proceso y como el pago de la donación es progresivo, se limita el peso fiscal. Sería algo parecido a la opción 2.
      2. Firmar un contrato de alquiler con opción que permita ir adelantando parte del precio de la casa y ya después, si la madrina quiere devolver ese dinero vía donación, podrá hacerlo.
      3. Donación de una parte de la vivienda (los 215.000 euros por ejemplo) y crear un préstamo a tipo de interés del 0% que se devolvería para el resto. Con el préstamo no pagas impuestos y si, después, la madrina quiere devolver ese dinero vía donación o herencia, podrá hacerlo.
      4. Si la casa necesita reformas u obras o tu hija va a hacer obras, se podría tratar de poner parte de ese dinero como pago del alquiler, por ejemplo.

      1. Hola. Tengo una duda sobre las donaciones. Mis padres están casados en régimen de bienes gananciales. Puede donarme una cantidad de dinero mi padre, de la mitad de sus ahorros conjuntos, o deben donarme los dos? Muchas gracias por su ayuda. Un saludo

        1. Buenas María,

          Lo normal es que donen los dos, pero puede hacerlo uno solo.

  7. Buenos días;
    he recibido una donación de un coche de mi padre, por el cual, para cambiar la titularidad he tenido que realizar el documento del impuesto de donaciones por el que no le he puesto valor, ya que es una donación. Una vez todo tramitado, he podido dar curso a toda la documentación. Pero estoy en duda si debería haberle puesto algún valor a la donación, o me pueden sancionar al no incluir supuesta cantidad del valor de la donación.

    1. Buenas Rosa María,

      Que se trate de una donación no quiere decir que el vehículo no tenga valor. De hecho, el valor en el documento de donaciones debería ser el valor de mercado del coche. Para que lo entiendas mejor, imagina que te donan una casa. No se puede poner valor 0, el valor será, como poco el del catastro. Con un coche pasa algo parecido. El valor mínimo podría ser el valor según las tablas Ganvam del Gobierno.

  8. Puede Hacienda revisar datos personales mios como escrituras de donación del año 1995? Entra en juego la ley de protección de datos?

    1. Buenas Bea,

      Aquí no hay protección de datos que valga. Lo que existen son periodos de prescripción para este tipo de errores/fraudes/delitos fiscales. Aquí puedes ver cuándo prescriben las deudas y también el tiempo que Hacienda tiene para revisar una declaración fiscal.

  9. Buenos dias, hace 15 años tuve alqulada una vivienda y no declare los ingresos, que consecuencias tendria que ahora salieran a la luz y se enterase Hacienda

    1. Buenas Alberto,

      Hacienda puede revisar tus últimos 4 ejercicios de la renta y obligarte a declarar por esos ingresos que no incluiste en su momento, además de incluir una sanción de hasta el 150% sobre la cantidad tributaria a ingresas.

  10. Hola, te escribo de Navarra.
    Quería hacer una par de consultas.

    1. El año pasado mi suegro le hizo la donación de un terreno a mi pareja (para después construir una casa), en su día ya pagamos el impuesto de donaciones. Ahora como donatario, tiene que reflejarlo en la declaración de la renta?
    2. Ese mismo terreno yo le compré después el 50% de la propiedad por 2000€ para poder pedir un préstamo conjunto. Él debe declarar la venta, pero, ¿ yo debo declarar esa compra o al ser menos de 3000€ no es necesario??

    Muchas gracias !!!!

    1. Buenas Ali,

      Tu suegro debe declarar por un lado la venta del 50% del terreno y la donación por otros. En ambos lo que habrá obtenido es una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el precio al que compró el terreo y el precio al que lo vente por un lado y al que lo dona, por otro.

      Tú no tienes nada que declarar en la renta, pero sí debiste pagar en su momento los impuestos por la compra de ese terreno.

  11. Buenos días.

    Mi madre quiere dar 5000 euros a mis dos hijas que son menores de edad en una transferencia a cada una a sus cuentas (ellas son titulares y su padre y yo estamos como tutores). Resido en Aragón. ¿Debemos pagar impuesto de donaciones?

    1. Buenas Pepa,

      En teoría, sí que habría que liquidar el impuesto de donaciones a nombre de las hijas.

  12. buenos días Luis,
    felicitarte lo primero por este fantástico blog.
    quiero prestarle a mi hija 5000 euros y he leído que si el préstamo es inferior a 6000 euros, no tienes que declararlo. Es cierto?
    muchas gracias.

    1. Buenas Yolanda,

      En absoluto. El préstamo debes declararlo sea del importe que sea. En caso contrario Hacienda podría pensar que es una donación.

  13. Buenos dias:
    Compré un terreno a medias con una amiga (Es decir,lo pusimos a nombre de mi amiga y mío) en 2021 y mi novio hizo la transferencia de mi parte al vendedor el día de la firma (28.000€).Yo se lo estoy devolviendo pero no hicimos ningún papel más que un «contrato» entre nosotros pero sin llevarlo a ningún sitio.Qué puede pasar en este caso?Muchas gracias

    1. Buenas Helena,

      Desde un punto de vista legal, lo que ha pasado aquí es que tu novio te hizo una donación de 28.000 euros por la que debías de haber tributado en el plazo de un mes desde que realizó la compra. Y lo que está pasando ahora es que tú le estás haciendo una serie de donaciones a tu novio cada vez que le pagas/devuelves el dinero

      ¿Qué puedes hacer ahora? Podéis hacer un contrato de préstamo entre particulares sin intereses, firmarlo y registrarlo ante Hacienda para que todo quede legalizado y no estéis cruzando donaciones por las que hay que tributar. Así también queda más claro el negocio del terreno.

  14. Hola! Mi Tio quiere donarnos una cantidad importante de dinero para comprar una vivienda , pero el impuesto a pagar por ello asciende a unos 40.000€. Mi pregunta es, si él le da ese dinero a su madre (mi abuela) y luego ella me lo da a mi que soy su nieta, sería legal? Qué podría ocurrir? Vivimos en Gipuzkoa. Muchas gracias.

    1. Buenas María,

      Hacienda podría interpretar esa doble donación como un intento de saltarse el impuesto y tomar cartas en el asunto, aunque solo podría.

  15. Buenos días. Mi padre me dejó 10.000 euros para un proyecto que tengo subvencionado, pero aún no me han pagado. Cuando me los paguen se los voy a devolver. Me lo dejó en enero. Tenía que haber hecho algo? Si es así que puedo hacer?

    Muchas gracias

    1. Buenas Victoria,
      En pureza eso es una donación por la que habría que haber tributado (al no haberle devuelto el dinero). Como la intención es hacerlo, la solución sería formalizar ahora un préstamo y presentarlo ante hacienda

  16. Buenos días.

    Hace unos 12 años, mi tía abuela (4º grado), me donó en vida la nuda propiedad de una vivienda, reservándose ella el usufructo de la misma.
    Al fallecer, liquidé el impuesto de donaciones por un importe de algo más de 60.000€ por la vivienda.
    En su día, me calcularon el impuesto a través del modelo establecido en una oficina de la Agencia Tributaria.
    Mi pregunta es si esta autoliquidación ha variado actualmente y si es así, si puedo reclamar en el caso de que haya pagado en su momento de más por esta donación inter vivos.
    Muchas gracias.

    1. Buenas Fernando,

      Es muy fácil que las bonificaciones hayan cambiado, pero los impuestos se pagan en función de la normativa en el momento de la liquidación y no se puede reclamar si después hay cambios.
      Es decir, pagaste según lo que marcaba la ley hace 12 años, como correspondía. Si ahora la cantidad a pagar fuese menor no podrías reclamarlo.

  17. Hola. Enhorabuena por tu magnínifico y utilísimo blog.
    He leído todas las consultas de esta página y creo que la respuesta a mi primera pregunta es afirmativa pero no estoy seguro del todo así que ahí va:
    ¿Si se declara a Hacienda una donación ante notario pero con retraso de un año, me puedo beneficiar del 99% de bonificación al residir en Madrid?

    Son 7 transferencias inferiores a 2,000 euros sumando un total de 7.500 euros, realizadas todas en 2.022 desde una cuenta conjunta que tengo con mi madre a una individual mía.

    Y aprovecho para hacer otra pregunta ¿Crees que Hacienda se fijaría? Estoy en el típico caso que me fastidia pagar 200 euros al notario por un impuesto de menos de 10 euros, incluida la multa por el retraso.

    Muchas gracias.

    1. Buenas Jaime,
      Yo entiendo que sí puedes aplicar la bonificación en Madrid, aunque ya que lo haces ante notario, él es quien mejor te puede asesorar.
      A lo que no puedo responderte es si Hacienda detectará que no se ha abonado la donación, ya que las transferencias por esas cantidades suelen pasar desapercibidas.

  18. Hola,
    Recibí una donación de dinero y liquidé el impuesto telemáticamente. Pero la escritura de la donación, firmada ante notario no la he entregado ni adjuntado en ningún sitio. En la autoliquidación solo rellené notario y número y ejercicio de protocolo. Es correcto o tengo que entregar la escritura de donación en algún sitio?

    1. Buenas Mer,
      Si firmaste ante notario y liquidaste el impuesto, todo está correcto.

  19. La declaración por una donación echa en enero del 2022 la debería haber hecho en 2022, o al haberse efectuado en 2022 debo declararla en 2023?

    1. Buenas Alba,
      Las donaciones deben declararse en el plazo de un mes desde que se hacen, no al año siguiente como el IRPF.

  20. Hola mi abuela vive en Hungría y me va a regalar 70.000€ de la venta de una parcela. Ya está todo arreglado en Hungría y me abrí una cuenta Bancaria ahí con el dinero. Me quiero compar una vivienda en Valencia. ¿Tengo que declararlo como donación ? Muchas gracias por la respuesta y tu tiempo

    1. Buenas,

      Si eres residente fiscal en España sí tendrás que declarar la donación.

  21. Bufff ..y qué me recomiendas que haga Luis ? Porque el Banco seuramebte habrá pasado la información porq me han bloqueado la cuenta así sin más . Crees que será mucho lo que tengo que pagar ? Estoy en Barcelona . Fue donación de mi madre , unos ahorros que tenia que ni los sacó del banco . . Gracias por la ayuda

    1. Lo puedes hacer ahora es tributar por ese dinero, con lo que tendrás que pagar por la donación y asumir también la sanción que imponga Hacienda. La cuantía no debería ser demasiada.

  22. Hola buenas noches Luis . El mes pasado el banco me pidió explicaciones sobre las imposiiciones en efectivo de 2018 y 2019 . Unos 13000 eu en total cada año . Fueton donaciones de algunos familiares . Y ahora me entero que debí comunicarlo a Hacienda por ser donaciones …la pregunta es ..tienen fecha de prescripción o aún pueden multarme ,dado el caso …gracias de antemano

    1. Buenas Marta,

      Hacienda dispone de 4 años desde la fecha en la que se debe presentar el impuesto para recamar por él. Es decir, las donaciones de 2018 habrían prescrito ya, las de 2019 todavía no.

  23. Vendi una propiedad en Peru libre de impuestos , con ese dinero compre una propiedad en Valencia España, tengo que pagar algun tipo de impuesto?

    1. Buenas Ximena,

      Entiendo que por la venta de la propiedad en Perú habrás tributado allí. Aquí en España solo tendrás que pagar los impuestos que ya abonaste por la compra de la casa.

  24. Hola, buenas noches.
    Estamos planteando una donación entre hermanos, pero ante la gran carga fiscal que implica, nos preguntamos si podemos hacer una donación de hijo a padre, y posteriormente de padre a hijo, reduciendo así la carga fiscal. ¿Se entiende este caso como un posible fraude de ley?.
    Muchas gracias.
    Saludos.

    1. Buenas Francisco José,
      Efectivamente, lo que planteas podría considerarse un fraude de ley por parte de Hacienda.

      1. Buenas tardes, mi hija española, no residente compró un piso en Andalucía en 2021 como inversión. Ante las condiciones para alquilar (24%, declaración cada tres meses, impuesto no residentes etc) a los no residentes, no comunitarios he decidido comprarle el usufructo de dicha vivienda
        Me pregunto, que gastos tiene dicha operación y si el dinero de la venta del usufructo al ser de madre/hija se considera diferente que entre particulares.
        Espero que se entienda la consulta. Un saludo
        Teresa Medina

        1. Buenas Teresa,
          Hasta donde yo sé, los gastos de la operación serán los propios de una compraventa de vivienda y lo mismo ocurre con los impuestos. Tu hija tendrá que incluir en la renta de no residentes la ganancia patrimonial obtenida por la venta del usufructo de la vivienda.

  25. Hola,
    Entiendo que la donación de padre a hijo en Cataluña bonifican a un 5% si se firma la donación ante notario, correcto?
    Si el que recibe es residente en Cataluña pero el donante es residente fiscal en otro pais (y por lo tanto no tiene NIE Español) puede identificarse ante notario simplemente con el pasaporte o tendrá que pedir el NIE (en este caso, no sé como podría pedirlo, ya que no vive en España).
    Gracias!

    1. Buenas Andy,

      Se bonifican en un 95% siempre que se realicen mediante escritura pública, lo que implica acudir al notario. En este sentido, ya que hay que acudir al notario, él es quien mejor os puede indicar el procedimiento.

      Hasta donde yo sé no hay que tener NIE.

  26. Buenas noche. Tengo una pregunta, mi madre me quiere hacer una donación desde Bolivia para la compra de una vivienda en Madrid. Que trámites debemos hacer?

    1. Buenas Lizet,

      El procedimiento básico sería:
      – Realizar la transferencia
      – Firmar la donación ante notario para poder acceder a la bonificación del 99%
      – Liquidar la donación. Es decir, presentarla ante Hacienda.

  27. Buenas tardes. Quiero consultar algo, mi madre vive en Bolivia, ella quiere hacerme una donación para la entrada de la compra de un piso, que trámites debemos hacer? Ella quiere hacerme ya la transferencia, le dije que espere un poco . Por favor le pido me oriente. Muchas gracias

    1. El procedimiento básico sería:
      – Realizar la transferencia
      – Firmar la donación ante notario para poder acceder a la bonificación del 99%
      – Liquidar la donación. Es decir, presentarla ante Hacienda.

  28. Buenos tardes,

    Mi pregunta es, hice transferencias de otra país a mi cuenta bancaria en España. Ese dinero proviene de la venta de la propiedad hace aproximadamente 8 años. Yo no era residente financiero en España en ese momento, aunque tenía nacionalidad española. ¿Tengo que registrar ese dinero o pagar algunos impuestos?

    1. Buenas Carlos,
      Si no eras residente fiscal en España tendrías que haber tributado por la venta en el país donde residías o en España en el Impuesto sobre la Renta de Personas No Residentes. El plazo de Hacienda para reclamar por el impuesto es de 8 años.

      Ahora, como mucho, puede pedirte explicaciones sobre la procedencia del dinero, aunque si es de una cuenta tuya a otra también de tu propiedad no tendría por qué haber problema.

  29. Buenas noches,
    Por la venta de un vehículo que me costó 24 si lo e vendido después de 4 años por 27500 y no lo e declarado en hacienda por qué no sabía que los vehículos había que notificarlos.
    Que pasara me pondrán una sanción?
    Representa que e ganado 3500e de ganancias.
    Gracias

    1. Buenas Cristian,
      Si Hacienda detecta la venta, algo que es factible que haga, te puede hacer una declaración paralela y sancionar si no lo has declarado en el IRPF como una ganancia patrimonial.
      Si vendiste el coche en 2022, deberás incluirlo en la declaración de la renta de 2022, así que todavía estás a tiempo.

  30. Buenas noches.
    Mis padres quieren hacerme una donación de unos 12000 euros para la adquisición de mi vivienda habitual residiendo ellos y yo en Madrid. Tendría que hacer el impuesto de sucesiones y donación y tendría la bonificacion al 100%, soy mayor de 36 años y no sé si es un requisito que exigen. Tendríamos que declararlo en la renta ellos o yo? O al ser donación de dinero y ser para la compra de un piso no se debe declarar? Con hacerlo ante el notario y presentar el impuesto estaría ya todo realizado legalmente?

    1. Buenas María,

      Las donaciones tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que tendrás que liquidar tú en Madrid. Para poder acceder a la bonificación es necesario firmar la donación ante notario (primero te ingresan el dinero y después firmas).

      Respecto a la renta, la donación no hay que ponerla en el IRPF.

  31. Gracias por la respuesta .
    La donación me recomiendas hacerla via notario, o sirve algún otro tipo de documento?
    Muchas gracias

    1. Un notario lo que hará es dar fe de la donación y en comunidades como Madrid te permitirá aplicar las bonificaciones por donaciones entre padres e hijos.

  32. Buenos días, tengo un poco de confusión con el tema de quien paga que en la donación.
    Vivo en Tarragona y mi hijo en Castellón.
    Tengo un dinero que quiero darle a mi hijo para que se compre una vivienda, unos 85.000 euros.

    Ese dinero precede de una venta de una vivienda, pero ya está liquidada tanto en el IRPF como en la plusvalía, todo por mi parte como propietario que era.

    Según tengo entendido, paga el impuesto el receptor, no el donante.
    En la Comunidad Valenciana, donde reside el donante, las cantidades inferiores a 100.000 euros no pagan impuesto de sucesiones, y yo no tengo que pagar nada en Catalunya como donante.

    Pero un conocido me dijo que en Catalunya yo tendría que pagar como donante un 5%.

    Me podéis confirmar por favor si yo como donante tengo que pagar algo, o lcuanto tiene que pagar el donatario, y en este caso si es cierto el límite exento de 100.000 euros en Valencia?
    Muchas gracias.

    1. Buenas Arturo,
      La donación la paga siempre quien recibe el dinero. Tú no tienes que pagar nada por la donación salvo lo que ya has pagado por la venta dela casa.

  33. Soy rumana con residencia en ibiza, año pasado vendí mi piso del Rumanía con valor de 30.000E. El dinero está en mi cuenta bancaria de Caixabank. Mi pregunta es, falta pagar impuestos? En Rumanía se pago todo qué se debe.

    1. Buenas Cornelia,

      En principio y hasta donde yo sé, si ya tributó en Rumanía no debería tributar en España, aunque te recomiendo revisar el acuerdo de doble imposición entre países.

  34. Hola, muchas gracias por dar la oportunidad de plantear dudas y por las respuestas claras que ofreces, que son de gran ayuda. Mi consulta es la siguiente: soy titular junto con mi hermano y mi madre de una cuenta donde se ingresaron las cantidades del reparto de la herencia de mi padre. En esa cuenta mi madre también recibe su pensión. Aunque somos los tres titulares, yo nunca he usado mi parte, porque la estaba guardando para comprar una casa, mi hermano dispone de vez en cuando de su parte y mi madre la usa de manera habitual, para gastos cotidianos. Mi parte de la herencia constó de dos cantidades: una es un seguro de vida que está a mi nombre y que se pagó en febrero de 2021 en esa cuenta: el ingreso está a mi nombre desde la compañía aseguradora y también aparece en el cuaderno particional y en la liquidación de los impuestos de la herencia. Son 50 mil euros. Mi otra parte, son unos 24000, que era la tercera parte de un depósito en otra cuenta de otro banco, también con mi madre y mi hermano como titulares, y también procedentes de la liquidación de la herencia, donde se capitalizó en 3 partes iguales un usufructo de 74000 euros y todo está liquidado y en orden. El tema es el siguiente: en julio de 2022, decidimos cerrar esta última cuenta para no pagar comisiones y pasamos el dinero a la cuenta «grande» a la que hice referencia al principio. Como éramos los tres titulares, en el banco nos dijeron que como la cuenta destino era de los mismos titulares, no pasaba nada con los destinatarios que pusiéramos y lo hicimos con tres traspasos: dos ordenando mi madre para mi madre y uno ordenando mi hermano para mi madre. Ahora yo voy a dar la entrada de una casa. He guardado mi parte este tiempo para esto y mi pregunta es si podría tener algún problema con esos 24000 por haberse hecho los traspasos teniendo como beneficiaria a mi madre , aunque en el banco nos dijeron que daba igual. Ahora tengo que hacer la transferencia a una cuenta donde solo soy yo titular y entiendo que por los 50 mil no tendría ningún problema porque el origen es el seguro, pero los otro 24000, no sé si podrían pedirme explicaciones y que pensaran que es una donación o si me lo pidieran valdría con una justificación de dónde vino la transferencia de la cuenta que se cerró (con la firma de los tres) y que fue a otra cuenta de los tres donde yo nunca he tocado mi parte. Espero que se entienda, gracias!

    1. Buenas Martia,

      En principio entiendo que no debería de haber problemas en usar ese capital, ya que puedes demostrar que su origen y que era tuyo en origen. El banco normalmente no te pedirá ninguna explicación.

  35. Buenos dias,

    Hace unos dos meses mis padres me dejaron dinero para la compra de un coche de segunda mano, hicieron la transferencia de los 26000 euros al concesionario pero el coche se puso a mi nombre. Yo les voy dando dinero todos los meses, pero no sabia que habia que declararlo o hacer un contrato de prestamos y presentar el modelo 600 en hacienda (ARAGON). Al habernos pasado de plazo del mes.. que podemos hacer?
    Gracias de antemano y un saludo,

    1. Buenas Sheila,
      Lo idóneo sería formalizar ahora el contrato y presentarlo.

  36. He entregado a mi hija dinero mediante transferencias bancarias para pagar la entrada y periódicamente las letras de un piso que será su primera vivienda. De ello ya han transcurrido varios meses. He consultado con un notario para legalizar la donación y me comenta que no se puede ya que debía haber liquidado el impuesto antes del mes después de cada donación. Estoy pendiente de darle una cantidad final para la entrega de llaves. Hay forma de legalizar esta situación? Residimos en la comunidad Valenciana.

    1. Buenas Miguel,
      Puedes liquidar el impuesto ahora y abonar el recargo de Hacienda. El simple pago del impuesto ya regularizaría la situación.

  37. Hola! Saludos.
    Tengo a una persona que no conozco y me cuenta que me quiere regalar su dinero por temas de que le queda poco tiempo de vida.
    Y la verdad que no se cómo se manejaría esa situación, no tengo conocimiento sobre eso.
    Y bueno no se si es verdad aún jajjaja

    1. Buenas,
      Si va a regalar el dinero en vida, estaríamos ante una donación por la que tendrá que pagar impuestos quien reciba ese dinero.

  38. Hola,
    En este caso que el usuario CGR te expone, habría necesidad de realizar en Madrid la firma ante notario y justificar en ella la finalidad de la donación a su hijo residente en Francia (es decir, la adquisición de una vivienda principal de éste en Francia)?

    1. Buenas,
      Habría que ver el acuerdo de doble imposición entre ambos países y si en Francia existe un impuesto similar. En cualquier caso, la firma ante notario no es obligatoria en las donaciones, pero sí para beneficiarse de la bonificación que hay en Madrid.

  39. Hola.
    Resido en Madrid y quiero donar a mi hijo 50.000€. Tengo entendido que la donación aquí está exenta en un 99% y si es para adquisición de 1ª vivienda en un 100%.
    Pregunta: ¿Qué pasa si mi hijo no reside en Madrid sino en Francia y quiere adquirirla allí?.
    ¿Sería entonces más favorable tributar por una donación simple sin incluir la adquisición de vivienda?.
    Gracias anticipadas

    1. Buenas CGR,
      Las donaciones se pagan en la comunidad donde reside el donatario, no el donante. Habría que revisar si este impuesto existe en Francia y el acuerdo para evitar la doble imposición entre países. Como de firmar la donación en Madrid se haría ante notario, puedes consultar al notario para que te oriente.

  40. Buenas tardes:
    En mi caso me donaron una parcela en el cual pagamos todos los impuestos de donación por las dos partes. Pero mi padre que es el donante no lo metió en la declaración de la renta dicha donación, de esto hace un año que multa o tanto por ciento hay que pagar cuando se lo comuniquemos a hacienda

    1. Buenas,
      Las donaciones no tributan en la renta como tales. En este caso tu padre lo que tendría que declarar es por la diferencia entre el precio de adquisición de la parcela y el valor que aparece en el Impuesto sobre Donaciones.

      Para remediarlo lo que debe hacer tu padre es realizar una declaración de IRPF sustitutiva. Es decir, cambiar la declaración de la renta 2021 para incluir la donación. Si la donación fue en 2022, solo tendrá que incluirla en su IRPF.

  41. Buenas tardes,

    Comento mi caso: Un amigo es colombiano y vive aquí en España (ya tiene DNI Español, etc.) ha recibido una donación por transferencia bancaria de 12.000€ de sus hermanos que viven en Colombia. Esos 12.000€ provienen de que: El padre de mi amigo (que falleció) dio en herencia la casa al resto de sus hermanos menos a él, los hermanos vendieron la casa allí en Colombia (pagaron los impuestos que tuvieran que pagar de allí) y, como no vieron justo que el otro hermano (mi amigo) se quedara sin su parte, le repartieron su parte. Como no consta en el testamento ni en ninguna escritura de nada, por eso yo entiendo que ésto es una Donación por parte de los hermanos. ¿tú también lo consideras así?
    La transferencia se realizó desde una única cuenta de allí para acá y fueron 12.000€.
    Ésta cantidad la recibieron en Febrero de 2022 y no presentaron ningún tipo de documentación ni de impuesto aquí en España.
    Me he leído el convenio entre España y Colombia sobre los impuestos sobre la renta y el patrimonio y ahí indica que: «las ganancias derivadas de la enajenación de cualquier otro bien, sólo pueden someterse a imposición en el Estado en que resida el transmitente». Por lo que entiendo que aquí en España no habría que presentar ningún impuesto…
    Pero en todas las páginas de información que encuentro, dicen lo contrario. Que tiene que presentar el Impuesto de Donaciones aquel que recibe el dinero. Y si no se presenta, hay sanción.
    Por lo que, primera duda, ¿tienen que hacer algo ahora? ¿Se considera que ésta transacción se tenga que presentar por el Impuesto de donaciones?
    Segunda duda, si efectivamente habría que haber presentado el Impuesto de donaciones, no logro encontrar 100% información sobre cuál sería el importe a pagar por el Impuesto o si estaba exento. Si, en la Comunidad Valencia que es donde reside mi amigo, está totalmente exento éste impuesto. ¿qué me recomiendas? ¿ya no hacer nada? ¿o hacer el impuesto de Donaciones y entonces como esta exento, el porcentaje de la sanción también será Cero?
    Sin embargo, si había que pagar algo, habrá que presentarlo y pagar sanción… ¿verdad?
    Siento la extensión del mensaje. Espero que puedas resolver mis dudas.

    1. Buenas Esfanía,
      Hasta donde yo sé, tu amigo tendría que tributar aquí por esa donación y hacerlo conforme las leyes valencianas, que cuentan con un mínimo exento de 100.000 euros.

      1. Muchas gracias por tu respuesta.
        Entonces, como se recibió en Febrero del año pasado, aunque se presente fuera de plazo, al estar exento, ¿significa que no habrá sanción?
        Gracias de nuevo.

        1. Buenas Estefanía,
          Que esté exento no implica que no pueda haber sanción por parte de Hacienda. Lo que cambia es la cuantía.

  42. Buenas tardes. Queremos hacer una donación de 500.000€ por la venta de un piso en madrid de mi hermana a mi padre es decir el piso era de mi hermana y mediante un poder notarial y con el consentimiento de mi hermana le hemos vendido. Mi hermana es no residente y vive en Dallas EEUU entonces queríamos saber que tendríamos que hacer para realizar esta donación si habría que enviársela a mi hermana al consulado o alguna notaria de allí para que la firmara o ir directamente a hacienda de aquí de madrid a rellenar el impuesto de sucesiones y donaciones para que mi padre pueda utilizar ese dinero. La cuenta donde están los 500.000 es una cuenta que está mi padre y mi hermana juntos en España. Muchas gracias

    1. Buenas José,

      En este caso la donación tributará donde resida tu padre. Si es en Madrid existe una bonificación por hacer la donación ante notario y, siendo así, el notario es quien mejor os puede orientar. Si habéis firmado la venta mediante un poder notaial, ese mismo notario os puede ayudar con el papeleo de la donación.

  43. Buenas tardes,
    He recibido varias transferencias de 10,000 euros de difetentes personas por ventas de bien muebles a mi cuenta durante un año por comisiones desde el extranjero
    Tendría que declararlo? como lo hago? según la ley pone que no tengo que declarar si no supera la cantidad de 10,000 euros o tendria que pagar por ganancia patrimonial? como lo hago?
    muchhas gracias
    david

    1. Buenas David,
      Lo primero es saber si ese tipo de operaciones podrían considerarse una actividad económica o no. Tratándose de comisiones es fácil que sí lo sea. Otra cuestión es que hayas vendido algo.
      Suponiendo que no sea así y que no sea una actividad económica, estaríamos ante una ganancia patrimonial por la diferencia entre el precio de compra y de venta del bien mueble en concreto.
      Lo que siempre debes hacer en cualquier caso es declarar ese dinero al hacer la declaración de la renta, ya que es un ingreso que has tenido.

  44. Muchas gracias por tu ayuda.
    Tengo una duda. Soy cotitular de una cuenta con mi madre. Realmente no la uso, no ingreso ni gasto nada de esa cuenta ya que es íntegra de mi madre. Me puso de cotitular hace años para poder cobrar becas de estudio ya que las ingresaban a cuentas a nombre del estudiante beneficiario.
    Siempre la ha declarado ella al 100%. Yo jamás. Lo cierto es que ahora ella esta exenta de hacer la renta. Debería incluirla yo aunque no es realmente mi dinero?
    Me beneficia en algo ser cotitular de esa cuenta?
    Ademas, hace menos de un año mi madre me hizo un prestamo (modelo 600 firmado y contrato privado hecho) de 20mil€ cuyo dinero salió de esa cuenta. Ha sido un prestamo de mi para mi? Jaja
    Perdona tanto lio. No entiendo nada.

    1. Buenas Ana,
      Si eres cotitular al 50% esa información aparecerá reflejada ya en el IRPF. No debes preocuparte mucho por los impuestos, ya que con una cuenta no suponen prácticamente nada.
      En cuanto al préstamo, si tenéis un contrato privado está todo en regla, ya que por mucho que el dinero salga de la cuenta conjunta, si la que lo aporta es tu madre, era una donación.
      Por otro lado, aparecer en la cuenta como cotitular te será de ayuda en caso de fallecimiento de tu madre.

  45. Mi suegra nos ha hecho una trasferencia de 10.000 e y me dicen que he de ir al notario y registrarlo y son 300E, si no se hace cual podría se la sanción? Gracias

    1. Buenas Belén,
      No es necesario que vayas al notario y lo registres. Lo que debes hacer es liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía será menor que esos 300 euros y que depende de donde residas.

  46. Buenos días.
    Nuestro padre ya estaba muy mayor y en sus últimos meses de vida tanto el como los autorizados en cuenta fuimos haciendo traspasos a la cuenta de los herederos. Unos 150.000€. de esto hace unos 5 meses. No se hizo ningún contrato de donación, y cuando falleció nos repartimos las cantidades como indicaba en su testamento.
    En Banco nos solicita que informemos sobre estas transacciones. ¿Cómo podemos regularizarlo?¿ante notario con el resto de los bienes?

    1. Buenas Sebastián,

      En un caso como el que indicas y teniendo en cuenta que acabáis de formalizar el testamento, lo idóneo sería consultarlos con los abogados de cara al pago del impuesto de sucesiones si no habéis incluido esas cantidades dentro del mismo.

  47. Buenas noches. En marzo hará dos años que vendí un piso (cómo propietaria única) por 215000€ pague la plusvalía en el ayuntamiento de Barcelona. Me compré una casa en Galicia por valor de 140000 y hice la escritura al 50% con mi marido aunque no declare la donación. Tampoco declaré la venta ya que disponía de 2 años para hacerlo. Mi pregunta es si declaró ahora la donación cuánto tendría que pagar? Que pasa si no tengo el dinero para pagar lo que debo, se puede llegar a un acuerdo o pasan a embargarte de primera ? Gracias

    1. Buenas Gabriela,

      La cantidad a pagar depende de cada comunidad. En el caso de Galicia puedes consultar las bonificaciones y los tramos del impuesto en la página de la Hacienda Gallega. A partir de ahí, puede existir una multa, pero eso no implica que te vayan a embargar la casa ni mucho menos.

  48. Buenas noches.
    Mi madre me prestó 11000 euros para comprar un piso sin ningun interés pero no lo declare como préstamo. Querría saber si lo declaro ahora cuánto tendría que pagar aproximadamente.

    1. Buenas Patricia,

      Tal y como explicamos en el artículo, Hacienda podrá multarte, pero la multa no debería ser superior a 200 euros en el peor de los casos.

      1. Buenas tardes,

        Por favor puedes ayudarme? Mi padre quiere prestarme dinero para comprar una casa en Andalucía. Tengo mi NIE y soy residente en España.

        Mi padre es de nacionalidad Myanmar y vive en Myanmar pero el dinero va venir de su cuenta en Singapur. El no tiene NIE.

        Nos vamos hacer un contrato de préstamo entre individuales pero a la hora de declarar a Hacienda, el no tiene NIE para presentar el modelo 600. Así que como podemos legalizar cosas? Y si al no declarar el préstamo me han dicho que el peor escenario es tengo que pagar una multa alrededor de 200 euros.

        Que podemos hacer en este caso un poco complicado? Ya he encontrado la propiedad que quiero comprar y estoy preocupada me quedo sin poder comprar la casa por la tema de declaración.

        Agradesco su opinión y consejo.
        Gracias

        1. Buenas Wai,

          Entiendo que la casa vas a poder comprarla en cualquier caso. Respecto a la donación, no tener NIE no debería ser un problema para hacer el papeleo. Lo que te recomiendo es que contactes con un abogado o notario experto para que te ayude.

  49. buenas tardes mi pregunta es la siguiente: En mayo de 2021 hice una transferencia a mi hija de 60.000 euros y desconocia lo del impuesto de donaciones , que puedo hacer ahora? hacer un contrato privado o pagar el impuesto fuera de plazo? Cuanto tendria que pagar, yo vivo en malaga y creo que hay bonificaciones. Las pierdo si estoy fuera de plazo? es que me dicen que tendria que pagar unos 7000 euros de inpuesto , es asi?

    1. Buenas Pedro,
      El tema de hacerlo mediante donación o préstamo entre particulares depende de si tu hija te devolverá o no el dinero. Si no lo va a hacer es una donación por la que tendrá que declarar tu hija, no tú.

      En su caso, tendría que presentar el modelo 651 y abonar el impuesto más la multa correspondiente. En principio, el hecho de declarar fuera de plazo no invalida las bonificaciones a las que tiene derecho. Respecto a la cantidad, habría que hacer el cálculo, pero estará muy alejado de esos 7.000 euros. De hecho, es fácil que no llegue ni a los 100 euros sin contar la sación.

      1. Buenas noches, hace 5 años mis padres me hicieron una donación de 30000 euros para comprar de piso y no he recibido ninguna noticacion de Hacienda , debo preocuparme si ha pasado ya tanto tiempo? Otra pregunta más, le he hecho a mi madre hace poco una transferencia de 10000 euros para el pago de una obra de reforma en su casa, lo declaro? Muchas gracias

        1. Buenas Juan Antonio,

          En principio el plazo de Hacienda para reclamar el pago de la donación es de 4 años desde que se produce el hecho, por lo que la primera donación habría prescrito.
          En cuanto a la segunda que ahora haces a tus padres, lo suyo sería declararla como tal y que tus padres abonen el correspondiente impuesto.

  50. Sr Alemania me quiere donar 875.000 como transferencia a España que trámite tengo que hacer yo

    1. Buenas José,

      Lo que tienes que hacer es liquidar la donación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones una vez recibas el dinero. Dispones de un mes para hacerlo.

  51. Buenas noches

    Hace unos 10 años cuando pedí mi hipoteca les presté a mis padres 18000 euros que me han ido devolviendo 100 € cada mes (algunos meses no) que fue lo que me subió la hipoteca por pedir ese dinero, el año pasado vendí el piso y dejaron de pagarme el dinero y no quieren pagarme lo que queda y yo estoy ahora mal economicamente, que puedo hacer?
    Sería un préstamo o una donación?
    Debo declararlo, que hago?

    1. Buenas Emotions,
      Lo que hicistéis es un préstamo entre particulares que ambas partes debíais haber firmado y tus padres entregado a Hacienda.
      Ahora para reclamar puedes usar las transferencias de dinero que se han ido haciendo desde entonces, aunque sin un préstamo firmado será más complicado.

  52. Buenos días,
    en el mes de abril firmé una hipoteca por la adquisición de un piso. Mis padres me transfirieron 30.000 euros para poder ayudarme a hacer frente a los gastos iniciales. No se declaró como donación (por mi desconocimiento) ni se ha gestionado un préstamo entre particulares. Dime por favor qué debo de hacer para regularizar esta situación. Muchas gracias

    1. Buenas Guzmán,
      Todo depende de lo vayas a hacer con el dinero. Si no se lo vas a devolver, habría que tributar por la donación. Si se lo vas a devolver, hacer el préstamo entre particulares y presentarlo ante Hacienda.

      1. muchas gracias por tu respuesta Luis. Por lo bien que nos lo explicas y por la rapidez

        en mi caso, es un préstamo familiar. Ya tengo el contrato firmado pero no lo llevé a la Delegación de Hacienda junto con el modelo 600 en el primer mes tras el préstamo (tampoco sabía que había que hacerlo). Tendré que hacerlo ahora y exponerme a una sanción, ¿verdad?. Gracias otra vez

        1. Buenas de nuevo,
          Efectivamente, el plazo es de un mes, pero puedes presentarlo fuera de plazo y arriesgarte a la sanción, que no siempre tiene por qué procudirse.

  53. Buenas,

    MI pareja ha vendido su casa que tenía a medias con su pareja y ha ingresado el dinero de la venta en nuestra cuenta conjunta. Se consideraría una donación?? o tiene caracter privativo…

    1. Buenas MINI,
      En principio, ese dinero tiene carácter privativo, ya que procede de la venta de un bien privativo. Incluso si estuvieseis casados en gananciales, sería privativo. Lo idóneo en cualquier caso hubiese sido ingresarlo en una cuenta suya y no en una conjunta.

  54. Hola, tengo una duda, si yo y mi pareja hacemos una transferencia de 350€ cada mes para ahorrar a un cuenta de mi pareja q es titular solo el, esto sería donación, tendría que declararlo Hacienda? Si en algún momento necesitara retirar ese dinero pasaría algo a nivel Hacienda?

    Gracias!

    Saludos

    1. Buenas Miriam,
      Si es una transferencia conjunta, lo mejor es que se realice a una cuenta conjunta. No tardaréis ni 10 minutos en abrirla en un banco online y así os evitaríes muchos problemas:
      1- Que esos aportes conjuntos se puedan considerar una donación (que es lo que sería en términos técnicos).
      2- Que el día de mañana tú te puedas quedar sin ese dinero porque a efectos prácticos ese dinero es de tu pareja, el titular de la cuenta.

  55. BUENOS DIAS!!
    Tengo un amigo que me quiere ayudar y su intención es enviarme por cheque barrados a mi nombre cada tres meses, para que lo ingrese en mi cuenta, serían unos 10.000 al año, he leído que si son mas de 10.000 euros les llama la atención, es buena idea que cambie de banco cada vez que ingrese un cheque.??? serviría de algo?los cheques serían entre dos mil y tres mil euros cada tres meses, en caso de comunicarlo a la agencia tributaria, he de ir personalmente o como lo hago. Espero tu consejo, Muchas gracias de Antemano.

    1. Buenas Luisa,
      En realidad los bancos están obligados a informar de todas las operaciones unitarias superiores a 10.000 euros, no el total del año.
      Lo idóneo sería que declarases ese dinero como una donación que deberás liquidar cada tres meses cuando recibas el dinero de tu amigo. Otra cuestión es que tengas intención de devolver el dinero, en cuyo caso podrías hacer un préstamo entre particulares.

  56. Hola,soy ciudadano polaco residente en España.En junio este año mi padre me donó en usufructo una vivienda situada en Polonia.Se hizo acto notarial y todos los trámites necesarios en Polonia.Tengo que declarar esta donación ahora en España?

    1. Buenas Alex,
      Habría que revisar los acuerdos de doble imposición entre ambos países y si se liquida un impuesto similar en Polonia. En caso de que así sea, no habría que declararlo ni donarlo, en caso contrario es posible que sí.

  57. Hola,
    Ante todo gracias por este blog, y tu dedicación para responder a las preguntas. Resido en cataluña. He recibido una donación de un pariente frances hace 6 meses. Como en francia esta donacion esta exenta de impuestos, no miré las Obligaciones en españa. Resulta que tengo que declarar. Al estar fuera de plazo, puedo todavia beneficiar del tipo reducido (5% en vez de 7%) si lo declaro en notaria?

    1. Buenas Antuan,
      En principio sí que podrías beneficiarte de ese tipo reducido, aunque como la firma es en notaría, lo idóneo es que les preguntes antes a ellos.

  58. Saludos cordiales
    Presté 40.000€ presentando modelo 600 prestamo entre particulares ante hacienda en 2010 a interes cero y plazo devolucion 10 años
    El dinero no me lo devolvieron y no tengo documento de prestamo
    Me surgen las siguientes dudas :
    1)Que interpretacion puede darle hacienda, porque han transcurrudo 12 años, el dinero no ha sido devuelto (por moroso), podria considerar donacion encubierta ya pasado tanto tiempo o habria prescrito?
    2)Es valido el modelo 600 para reclamar la deuda ante la justicia
    Muchas gracias por su labor

    1. Saludos cordiales
      Prestamo entre particulares declarado en hacienda mediante modelo 600
      Para calcular la prescripción de cuatro años desde cuanto empieza a contar el plazo ?
      Desde que se realizó el préstamo ó desde que se cumple el plazo de devolución?
      Muchas gracias

      1. Buenas Joel,
        Si has declarado el préstamo ante Hacienda ya no hay prescripción, puesto que has cumplido con la obligación fiscal. Si te refieres a que pasa en caso de no devolver el dinero, em ese caso el plazo de prescripción sería todo lo que dure el el préstamo.

  59. Buenas tardes,
    Mi abuela nos hizo un préstamo personal para la compra de una vivienda, que hemos ido devolviéndo cada mes, pero ahora quiere desvincularse por lo que ha pensado adelantar lo que debemos, como herencia, a mi padre y que yo le pague el dinero a él, en vez de a ella.
    Tengo pendiente declarar este préstamo pero quiero saber si al enviar el dinero a otra persona puedo justificar el pago de la misma deuda, o va a parecer que mi abuela me donó parte del dinero y yo se lo dono a mi padre?
    Espero haberme expresado bien,
    Muchas gracias.

    1. Buenas AGS,

      En primer lugar, el plazo para dar cuenta a Hacienda del préstamo es de 60 días desde su firma. Ahora mismo, sin ese documento, es como si abuela te hubiese donado el dinero y tú le estuvieses donando una serie de cantidades de vuelta.
      Si hubiese firmado un préstamo, podríais hacer una subrogación de acreedor y que tu abuela le pasase el préstamo a tu padre (sería otra donación que podría ir en contra de la herencia (colacionada a la herencia se denomina)).
      Sin el primer documento, lo que haría ahora tu abuela sería donarle el dinero a tu padre y después ya tu padre y tú podríais firmar un préstamo entre particulares.

  60. Hola, tengo entendido que en Madrid si se recibe una donación de un hermano para adquisición de vivienda habitual estaría exenta del pago del impuesto con un límite que en este caso no se superaría. Mis dudas son dos: si afecta que el hermano donante viva en otra comunidad (la Valenciana en este caso) y si se cumple el requisito de destinarlo a adquisición de vivienda habitual si el donatario lo transfiere inmedistamente para amortizar capital pendiente del préstamo hipotecario que pesa sobre la misma. No habría compra en este momento. Muchas gracias de antemano. Saludos.

    1. Buenas María,
      Efectivamente, existe una bonificación del 100% de las cantidades recibidas en metálico hasta un máximo de 25.000 euros para la compra de vivienda habitual La ley no especifica su amortizar hipoteca puede o no considerarse compra de vivienda habitual.
      Para poder acceder a bonificaciones en la comunidad de Madrid le donación debe hacerse ante notario. La donación solo afecta a nivel fiscal a quien recibe el dinero.

  61. Buenas noches. Mi pareja quiere transferir dinero de otra cuenta, que quiere cerrar, a nuestra cuenta común. Entiendo que al ser transferencias del mismo titular no hay problema pero puede hacienda considerar la mitad del importe donación al ser yo también titular de la cuenta conjunta?
    Muchas gracias y saludos.

    1. Buenas Noelia,
      En principio no debería de haber problema con la operación.

  62. Si te hacen una donacion de 11.000€ cuanto hay que pagar Hacienda.

    1. Buenas María Dolores,
      Depende de tu lugar de residencia, ya que este impuesto lo gestionan las comunidades autónomas, así como de quién hayas recibido el dinero.

  63. Hola, gracias por tu contenido.

    Soy extranjera y tengo nacionalidad Española, vivo en Madrid; mis padres, que no viven en España ni son residentes, me han hecho una donación en nuestros país , la donación está regularizada y legalizada, el dinero ya está en mi cuenta personal en mi país de origen, quiero traer ese dinero para comprar un piso, la pregunta es: tengo que igualmente hacer la declaración de la donación aquí en España? Son 71mil euros.

    Gracias

    1. Buenas Andrea,
      Habría que revisar el acuerdo entre países para evitar la doble imposición, pero lo normal es que si se tributó en el país de origen, no hay que hacerlo otra vez en España.

  64. Hola, mi padre nos va a hacer donación de una vivienda q no es vivienda habitual a mi hermano y a mi. Esa vivienda la acaba de heredar y mi padre se quedará con el usufructo de la misma. Tengo entendido q no tributa en el IRPF si es mayor de 65 años y es vivienda habitual, si la ha tenido en propiedad menos de un año o si la tiene en usufructo. ¿Eso es así?. En caso de que tuviera q tributar, al ser heredada, ¿Cuál sería el valor de compra y el de venta?. Gracias.

    1. Buenas,
      Lo que vuestro padre os transfiere no es la vivienda, sino la nuda propiedad de la misma, ya que él mantendrá el usufructo. Eso influye a la hora de calcular la supuesta ganancia patrimonial que obtenga por la venta de la vivienda. Pese a ser mayor de 65, la exención de tributar por la venta de la casa sólo aplica a la vivienda habitual. Sin embargo, en un caso como este es sencillo que no tenga que pagar impuestos. Si acaba de heredar la casa, basta con que la vivienda se tase a efectos de la donación al mismo precio que figura en la herencia.
      Es decir, si al pagar el Impuesto de Sucesiones la casa valía 100.000 euros, que os la done por esa misma cantidad. Así no habrá ganado dinero y no tendrá que pagar más impuestos. Eso sí, vosotros sí que tendréis que pagar en el Impuesto de Donaciones por la vivienda.

  65. Hola buenas.
    Ojalá me puedan asesorar.
    La cuestión es que mi suegro, nos quiere regalar unos 10000€ para echarnos un cable con la reforma de una casita que hemos comprado.
    Hemos consultado como hacer una donación, y los costes de la escritura pública en notaría son 300€😱 nos parece una pasada, sobre todo porque luego con la reducción autonomica la tasa solo sería de 10€,,, es ridículo que nos salga más la gestión del trámite con el notario.
    La pregunta es la siguiente:
    Leyendo vuestro artículo deduzco que la sanación por no declarar alegando «desconocimiento» y pagar la sanción que calculo en unos 200€, tal vez nos salga hasta más económico. Seria esto así? O podrían aclararme a cuánto ascendería la sanción por no declarar está cantidad?
    Muchísimas gracias de antemano, ojalá me puedan ayudar

    1. Buenas Belen,
      Lo que te ha pasado es habitual en muchas donaciones, donde el notario al final es más caro que el propio impuesto. En este sentido, debes saber que no es obligatorio hacer la donación ante notario.
      Hay comunidades como Madrid donde para poder disfrutar de la bonifación sobre el impuesto es necesario, pero aun así sigue sin ser obligatorio. Puedes prescindir del notario y pagar el impuesto sin esa bonificación, aunque en este caso tendrías que hacer cálculos para ver si sale a cuenta.
      Respecto a la opción de no declarar la operación, si Hacienda lo descubre, primero hará que abones la cuantía que debías y sin bonificación, ya que la donación no está registrada ante notario y después te sancionará.

  66. Hola.
    He hecho un préstamo con intereses a un amigo, con el que hice un contrato privado que nunca presente en hacienda, ni en ningún otro lado.
    El dinero lo había sacado del banco (tengo registro de ello) y se lo di a él en mano (efectivo).
    Acordamos que me devolvía todo el importe, más los intereses al final del periodo que dura el préstamo.
    Ahora falta poco para ese momento y no sé cómo debo actuar.
    Debo declarar ahora, antes del fin del préstamo en Hacienda, el préstamo realizado? Con el modelo 600, aunque sea 9 meses después…
    Me pueden sancionar por darle el dinero en efectivo (es bastante dinero)?
    Necesito una aclaración para algo que, leyendo el articulo, veo he procedido mal.
    Te agradezco la información.

    1. Buenas Juan,
      Tu amigo debía de haber registrado el préstamo ante Hacienda para evitar que ese pago se considere una donación. Por tu parte, tú tendrás que declarar en el IRPF del año en el que recibas los intereses esa ganancia (rendimiento de capital mobiliario) que has recibido.
      En cuanto a la entrega en efectico, el límite es de 10.000 euros para entregas.

      1. Hola de nuevo.
        Lo primero gracias por esta aclaración.
        Por otro lado tenía unas cuestiones:
        Al no haber declarado en Hacienda en su momento, ¿debo hacerlo ahora? ¿conllevaría alguna sanción?
        Si no declaro nada a Hacienda ¿sería suficiente con declarar los intereses de esa ganancia? ¿tendría que hacer algún trámite más?
        La entrega de efectivo fue bastante superior a los 10.000€ y es por ello que quisiera saber si me podrían sancionar por ello también, aunque el origen es legal, sacado de mi banco (con justificante).
        Agradezco de antemano la atención que se da en este foro a nuestras cuestiones.
        Un saludo

        1. Buenas de nuevo, Juan,
          Un placer poder ayudarte con las dudas que te quedan.
          Por un lado, quien tiene la obligación de presentar el contrato es quien recibe el dinero. Tú, por tu parte, sólo debes tributar por los intereses del mismo al hacer la renta. Tendrás que incluirlos durante el tiempo que los cobres. Por ejemplo, si hiciste el préstamo en 2021 y se extenderá hasta 2030, tendrás que declararlos en todos los IRPF de esos ejercicios.
          Si no lo haces y Hacienda se entera, te pueden sancionar. Hacienda dispone de 4 años desde que se termina el plazo para presentar el IRPF para revisar cualquier declaración de la renta. Es decir, la renta 2021 que se presenta hasta junio de 2022 la pueden revisar hasta 2026.
          Respecto a la entrega del dinero en efectivo, Hacienda también te puede sancionar, pero no tendría por qué hacerlo por el mero hecho de que tu amigo presente el préstamo a través del modelo 600.

  67. Buenas tardes.
    El 31 de julio del 2018 presenté ante Hacienda de la Junta de Andalucía, el modelo 600 junto con un contrato de préstamo entre mi padre y yo, ya que me dejó 8 mil euros para la compra de un coche.
    En breve finalizaré de pagarle esa deuda aunque en el contrato se puso que el plazo máximo serían 3 años pero por circunstancias voy a terminar un año más tarde.
    Qué debo de hacer una vez ya tenga pagada la totalidad de la deuda?
    Muchísimas gracias por tu colaboración y un fuerte abrazo desde Jaén.

    1. Buenas Paco,
      Que yo sepa, no hay ningún trámite adicional que debas llevar a cabo tras terminar de pagar el préstamo.

  68. Hola, buenas tardes, este año, dadá la situación actual de la economía, en lo que va de año, mi hermano me ha entregado 2100 euros en varios pagos a mi cuenta para poder llegar a fin de mes, podríamos tener el o yo, problemas con hacienda por ello?

    PD: Muchas gracias por resolver tantas dudas

    1. Buenas Grisom,
      En teoría, ese dinero se pude considerar una donación que tú tendrías que declarar (a tu hermano no le afecta), pero dadas las cantidades y siendo algo puntual, lo normal es que Hacienda no entre a valorarlas.

  69. Buenos días voy a recibir un préstamo por 10500€ y lo pagaré en menos de 10 días a mi amiga. Ella me pregunta si esto le acarrea algún tipo de tributo o si va a tener que declarlo el año que viene. Yo no he sabido que responderle y no quiero ponerla en aprietos por querer ayudarme a solucionar mi problema. Como debemos hacer esta transferencia bancaria sin que le implique nada. mil gracias por su ayuda

    1. Buenas Luisa,
      Lo único que tenéis que hacer para evitar problemas es firmar un préstamo entre particulares que después tú debes presentar ante Hacienda. Ella por su parte no tendrá que hacer nada.

  70. Buenos días, mis padres me donaron una casa (son mayores de 65, es su vivienda habitual y les queda un usufructo vitalicio a su favor en la escritura de donación). Se ha liquidado el impuesto de donaciones y para el incremento patrimonial están exentos. El problema viene en q en su borrador de la declaración de renta (no están obligados a declarar por no llegar al mínimo establecido) a Hacienda le aparece que esa transmisión ha sido una venta en vez de una donación (entiendo que el registro de la propiedad ha informado mal a Hacienda) y no sabemos si presentar la declaración (le sale a pagar 600€) para poner que ese incremento ha sido 0€ porque se trata de una donación o no presentarla al no estar obligado, ahorrarse los 600€ y esperar q hacienda reclame documentación de lo q ellos creen venta y nosotros demostremos q ha sido donación exenta. ¿Le podría sancionar hacienda por no declarar esa venta antes de requerir información y comprobar q no hubo venta?¿ O por no presentar declaración aunque no esté obligado?..estamos muy indecisos y el tiempo se acaba. Gracias por todo

    1. Buenas Juan,
      Desde un punto de vista fiscal, donación y venta son lo mismo a efectos de IRPF. Para que lo entiendas mejor, que sea una donación no quiere decir que el incremento patrimonial sea de cero. Es decir, tus padres tienen que tributar por el incremento del valor de la casa, que es la diferencia entre el precio de compra y el valor que marca la donación.
      Esta transacción hará, posiblemente, que estén obligados a presentar el IRPF.

  71. Muy buenas, mi padre me regalo 5000€ en navidad 250€ en pascua y 500€ por mi cumple (hace unos dias). Hace poco me enteré que se tenia que pagar impuestos porque hacienda lo considera una donacion. El problema es que mi padre reside en italia y transferió este dinero no en mi cuenta italiana sino en mi cuenta española. Que deberia hacer para regularizarlo y a cuanto amontaria todo? Qunque quisiera devolverle el importe íntegro en una vez estaria sujeto a problemas?

    1. Buena Jo,
      Para regularizarlo deberías presentar el impuesto sobre donaciones en la comunidad en la que residas. Por otro lado, aunque devuelvas ahora el dinero, seguiría considerándose una donación.

  72. Hola tengo unas dudas, mi madre nos quiere donar su vivienda a 3 hijos, sabemos que pueda tener algún préstamo y algo con hacienda(sin saber el que) si a mi madre le notifican cualquier requerimiento de hacienda o dejará de pagar los prestamos, ¿nosotros los donatarios tendríamos alguna repercusión fiscal o penal?

    1. Buenas Omar,
      Un caso así es mejor ponerlo en manos de abogados. Desde un punto de vista fiscal, os podría donar la vivienda sin ningún problema, pero si hay alguna hipoteca o préstamo donde la casa actúe como garantía, sí que habría que avisar.
      Por lo demás, no sé si en caso de dejar de pagar se podría entender que ha habido mala fe por parte de tu madre al traspasar la propiedad de la vivienda.

  73. Hola,
    Tengo una duda en cuanto a una donación. Mis padres van a darme dinero para la compra de un piso en Madrid. Después de hablar con nuestro gestor, nos ha informado que esto ha de reflejarse como una donación. Me queda bastante claro que es lo que tienen que hacer mis padres, tema notario y demás, pero en mi caso, una vez recibida la donación y con ese dinero en mi cuenta, qué tengo que hacer? Tengo que declararlo ante la Comunidad de Madrid aunque el dinero esté poco tiempo en mi cuenta ya que va destinado a la compra de la vivienda?
    Muchas gracias por tu atención y también por tu post, muy aclaratorio!

    1. Buenas Mar,
      La mayoría de trámites en una donación recaen sobre quien recibe el dinero. De hecho, eres tú quien deberá declarar la donación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y también la que necesita que se firme ante notario para poder disfrutar de las bonificaciones que se aplican en la Comunidad de Madrid (entiendo que tus padres quieren hacerlo vía notario para que figure todo de forma pública).
      A partir de ahí, da igual el tiempo que el dinero pase en tu cuenta. Incluso si son unos pocos minutos podría entenderse como una donación, por lo menos desde un punto de vista legal.

      1. Sí, mis padres lo harían ante notario para que figure de forma pública. Eso sí, lo harían en otra comunidad, ya que somos de CyL, pero yo llevo empadronada tiempo en Madrid. En esa firma ante notario, tienen que estar ambas partes, es decir, ¿mis padres y también yo?
        Y por otro lado, a la hora de declarar la donación y una vez que el dinero esté en mi cuenta, ¿Qué es lo que hay que hacer para declarar la donación en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?
        Gracias de nuevo por tu atención y por tu rápida respuesta!

        1. Hola de nuevo, Mar,
          Se puede firmar a distancia y el notario que escojáis debería poder deciros cómo hacerlo. Para disfrutar de la bonificación es mejor hacerlo todo en Madrid. La firma ante el notario sirve para que dé fe de la donación y para elevar la operación a escritura pública.
          Los pasos a seguir son:

              Te traspasan el dinero a la cuenta
              Firmáis la donación ante notario (si no te han ingreso el dinero no se puede firmar la donación)
              En un plazo de un mes debes liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, donde rellenarás un documento con los datos de la donación y de quienes han participado. Lo que presentas ante Hacienda es el modelo del impuesto, nada más
  74. Buenas noches, cuando mi hijo era menor fuí guardando en su cuenta lo que podía guardar mes a mes para no tocarlo, ahora ya es mayor de edad, en febrero me ha transferido 15000 euros que los dos consideramos que son mis ahorros. si hacemos la escritura de donación y presento el impuesto puedo aplicar todas las deducciones que que corresponden en la comunidad de Madrid, aún presentando tarde el impuesto? Gracias.

    1. Buenas Teresa,
      Puedes presentar el Impuesto sobre Donaciones más tarde sin problemas y simplemente puede que tengas que pagar un recargo.

        1. Buenas tardes, me han dejado dinero unos familiares para pagar la entrada de un piso y lo devolví en el plazo de unos 15 días más o menos cuando pedí un préstamo, no firmamos nada, simplemente se lo devolvimos eso tendria que declararlo en la siguiente renta , gracias

          1. Buenas Cindy,

            Las donaciones y préstamos entre particulares sin intereses no se declaran en la renta, sino en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En un caso como el tuyo, deberíais de haber firmado un préstamo entre particulares y haberlo entregado a Hacienda, algo que todavía podéis hacer, aunque quizás fuera de plazo.

  75. Buenos días,

    Desde 2010 estoy en una cuenta conjunta con mi padre como cotitular.

    Desde ese periodo he ingresado unicamente 3000€ en esa cuenta.

    Ahora de cara a unas reformas en mi piso, ¿puedo gastar más de esos 3000€ sin tener que declararlo como donación?

    Un saludo y gracias por tu tiempo

    1. Buenas Rubén,
      Desde un punto de vista estrictamente legal y técnico, lo que supere esos 3.000 euros puede considerarse una donación. En cualquier caso, Hacienda no suele entrar en operaciones de ese tipo si no es algo flagrante, como por ejemplo gastarte 30.000 euros después de sólo haber aportado 3.000.

  76. Hola, muchas gracias por la info.
    La pregunta es, se debe presentar modelo 600 por un préstamo de 2900 euros??

    Muchas gracias

    1. Buenas Sonia,
      Sí, no hay cantidad mínima exenta en un préstamo o una donación.

      1. Buenas tardes , mi madre me ha donado una vivienda con valor de adquisición 910000 euros con un prestamos de 100331 y un valor de donación de 120000 euros por lo
        Tanto me dona 19669 porque yo me quedo la hipoteca , cuando ella vaya hacer el irpf tiene que meter el préstamo o solo para la ganancia es v . Adquisición menos los 120000 euros del valor de marcado hoy

        1. Buenas Victoria,
          No termino de entender cómo habéis estructurado la operación con los datos que me indicas (a efectos de la donación). Es decir, al liquidar la donación ante Hacienda lo que indicas es la cantidad que te han donado (da igual si surge de restar una hipoteca o un préstamo al valor de la vivienda).
          Respecto a tu madre, ella deberá tributar por la diferencia entre el valor de compra de la casa y el valor de la venta, en este caso, de la donación.

  77. Hola,buenos días,en 2017 abrimos una cuenta para mi hija menor por el instituto ,y el banco nos recomendó abrir una plan A,de ahorro para jóvenes en la que ella es titular,pero que nosotros metimos nuestros ahorros,unos 18000€,sin pensar en nada más que el tener el dinero «seguro»,e irle ingresando de vez en cuando cantidades dentro de lo que se puede,pero a la vez como realmente son nuestros ahorros,hemos ido sacando cuando nos ha hecho falta,diferentes cantidades,aunque sigue habiendo la misma cantidad,ha habido entre sacar y meter un movimiento de unos 7000€ más o menos cada año,por qué sacábamos por necesidad,y por ejemplo la volvía a rellenar con la paga extra…e igual con otras cantidades…al ser menor y nosotros representantes,son donativos también??? …gracias

    1. Buenas Jesús,
      Aun siendo menor, se puede considerar que son donativos, aunque Hacienda no suele entrar en operaciones con menores.

  78. Buenas tardes.
    Mi padre compró hace unos 32 años dos pisos en otra comunidad poniendo uno de ellos a mi nombre(firmé escrituras).Yo era estudiante.Algunos años se alquiló a estudiante y se iba pagando.
    Nunca lo he declarado ni me he llevado yo ni un euro .Mi padre ya fallecido..
    Como lo afloro?Me pueden multar?Ha prescrito?

    1. Buenas Pedro,
      Lo cierto es que, llegado a este punto, no tienes nada que aflorar. Es decir, el piso es tuyo legalmente y ni si quiera tendrías que declararlo en el Impuesto de Sucesiones. En cuanto a la donación, el plazo de prescripción es de 4 años desde que se produce.

  79. Buenas noches!
    Mi padre pidió un prestamo al banco de 21000 y me los ingresó en mi cuenta para los gastos de la compra de la vivienda.
    Yo desde Febrero del año pasado le hago una transferencia todos los meses para pagar el prestamo.
    Me acaban de decir que tengo que declararlo porque es una donacion pero realmente no se que tengo que hacer.
    Nose si cambiar la domiciliacion del banco para que me lo cobren a mi y no darle el dinero a mi padre…seria conveniente?
    Si me pudieras ayudar te lo agradeceria y mucho! Ya que si tengo que hacer papeleo voy 1 año y medio tarde😔😔

    1. Buenas Merche,
      Tal y como está ahora, es una donación de tu padre hacia ti primero y tuya hacia tu padre después. La forma de arreglarlo sería crear un contrato de préstamo de tu padre a ti que replique las condiciones del préstamo del banco, así, al tratarse de un préstamo entre particulares, no habría que pagar impuestos. El hecho de no haberlo declarado en su momento sólo implica que puede mediar sanción por parte de Hacienda.

  80. En primer lugar, muchas gracias por la interesante información y las respuestas a nuestras dudas. Mi padre quiere ayudar con unos 40.000 euros a su nieta en el pago de la compra de su vivienda habitual en Madrid. Tiene dudas entre hacerlo por donación o préstamo sin intereses. En el primer caso implica coste de notario y el impuesto del 1%. Si es préstamo, hay algún límite de tiempo para la devolución? Y si mi padre falleciera antes de dicho plazo, qué ocurriría? Podría Hacienda reclamar la devolución o pedir pago de impuestos por considerarlo donación encubierta? Muchas gracias de antemano por tu respuesta

    1. Buenas Gisela,
      Ese dinero que el abuelo entrega puede ser una donación o un préstamo. Si es un préstamo, no hay límite en el plazo, aunque sí es recomendable no exceder lo razonable. Es decir, no poner un préstamo a 40 años si el prestamista tiene 75 años, por ejemplo, y porque no son habituales en el mercado salvo hipoteca.
      En cas de fallecer el abuelo antes de que se devuelva el préstamo, esa deuda pasará a ser de los herederos (los hijos del abuelo o quien él disponga en el tercio de libre disposición si hace testamento). En otras palabras, tu hija pasaría a deberte a ti y a tus hermanos (en caso de haberlos) ese dinero.

  81. Muy buenas,

    Veo un blog muy interesante aqui, muchas gracias de ante mano. En mi caso, resulta que mis padres me donaron un piso el año pasado. El notario les dijo, que este año, les vendría a pagar los bienes gananciales ( o algo así perdón), a pagar en la renta, por el incremento del valor de la propiedad, respecto a cuando la adquirieron.

    El cálculo, salió estimado sobre 2500 euros para mis divorciados, padre y madre por igual, a pagar . La cosa está, que ellos no hacen la declaración hace años, uno está jubilado y cobra 600 euros, y la otra 0 absoluto, no tiene ingresos.

    Entonces, ¿de verdad les corresponde pagar lo que quiera que salga, cuando tienen ingresos tan ridículos? Tengo entendido que hay unos mínimos para si quiera hacer la declaración que ellos, ni rozan.

    1. Buenas Alberto,
      Sí, tus padres están obligados a tributar en la renta por la donación de la vivienda. Lo harán por la diferencia entre el precio al que lo compraron y el precio de venta. En otras palabras, por la ganancia patrimonial que se supone que han tenido. El motivo es que para Hacienda una donación es como una venta, aunque te hayan regalado el piso, para Hacienda es como una venta. Tus padres compraron un piso por X y ese bien ha aumentado su valor hasta el momento en que lo transmiten.

  82. Hola Buenos dias. Le agradeceria una consulta.

    Tengo un caso de prestamos familiares. Mas exacto me ayudaron unos amigos con unos prestamos sin interes para lograr la compra de un piso/reformas etc. No soy originaria de Espana y estos dias me lamaron del banco para justificar las transferencias . tengo los contratos de prestamo sin interes hechos entre mis amigas y yo-pero no sabia que se tienen que registrar en Hacienda tambien.

    Puntual primer caso: Yo le preste 10 000 euros a mi amiga en 2019-y me los devolvio en marzo 2021. Hay una transferencia de 9560 en mi cuenta-y el resto lo arreglamos cash . Ella vive en Rumania-y las transferencias se hicieron de su banco en Rumania al mio de Espana. que deberia hacer en este caso? fui yo la que le presto inicialmente y no lo declare en Hacienda-al ser el prestamista.

    Segundo caso: necesitaba algo mas de dinero para la reforma del piso que compre en 2022 y una amiga de Ingraterra me presto unas 10 mil libras. Hicimos un contrato de prestamo personal, ella me hizo las transferencias-pero no lo presente en Hacienda -entiendo que hay que rellenar un modelo 600 para liquidarlo-en 30 dias. Lamentablemente desconociendo el procedimiento no lo hice-deberia tratar de hacerlo aunque ya pasaron meses? me imagino que habra una multa de promedio por el retraso.

    Le agradezco el tiempo por la consulta.
    maria

    1. Buenas María,
      Al no haber informado ni tributado por los préstamos, Hacienda puede entender que el dinero que recibes es una donación, tanto el que te han prestado en el segundo caso como el que te devuelven en el primero.
      Para evitar que sea así solo tienes que informar a Hacienda a través del modelo 600 y esperar si hay sanción (o no, que también puede ser).

  83. Buenas. Mi novio y yo nos vamos a comprar un piso, pero en compraventa e hipoteca solo estará él, a pesar de que las cantidades que se han pagado de entrada han sido de una cuenta bancaria en la que los dos hemos aportado lo mismo, ¿Hacienda entendería esto como una donación? No estamos casados, pero sí somos pareja de hecho. Gracias

    1. Buenas Carla,
      Te recomiendo encarecidamente que os replanteéis la operación tal y como la expones. Si sólo aparece él en las escrituras, el piso será suyo al 100% y tú no podrás reclamar después. Será como si le hubieses regalado ese dinero.
      Sobre lo que preguntas, si se aporta dinero de ambos para comprar una casa que solo será para uno, sí, es una donación (o un préstamo si te va a devolver ese dinero).

  84. Hola, felicidades por tus respuestas y la información del blog.
    Mi pregunta es la siguiente: les paso a mis hijos de 28 y 26 años (los dos independizados y con trabajo) una mensualidad de 500 € via transferencia bancaria (como ayuda), y no tengo muy claro como lo tendria que gestionar/declarar yo y ellos a efectos tributarios.

    Gracias de antemano.

    1. Buenas Andres,
      Ese dinero que les estás dando mes a mes puede ser considerado una donación por la que tus hijos deberán tributar. Al tratarse de una donación recurrente, hay comunidades que van sumando las cantidades a efectos de calcular la tarifa del impuesto (cuanto hay que pagar)

  85. Buenos días,
    Mi padre, mi hermano y yo eramos titulares de una cuenta con un saldo de 40.000 euros, el dinero de la cuenta pertenece a mi padre es una cuenta que abrimos a raiz del fallecimiento de mi madre en el año 2017. A principios de abril mi hermano se ha dado de baja como titular. Tenemos que liquidar el impuestos de donaciones mi padre y yo. Y si es así la cantidad por la que deberiamos declarar sería la tercera parte de los 40.000?. Nuestra comunidad autonomica es Cataluña.
    Gracias de antemano,

    1. Buenas Cristina,
      En pureza es posible que se considere una donación, pero te recomiendo que lo consultes con abogados expertos.

  86. Disculpa, siguiendo con mi duda. Como puedo abonar la donación, modelo 650 + justificante de la transferencia?? es así.
    Muchas gracias.

    1. Buenas de nuevo Antuan,
      El modelo 650 se presenta ante Hacienda. Entre la documentación no hay que incluir ningún justificante de transferencia, sólo indicar los datos de la donación y abonar la cantidad que corresponda.

  87. Buenas tardes,
    Hace muchos años que tenemos una cuenta bancaria mis padres y sus tres hijos (5 personas en total). Mi padre recibió un dinero en herencia, que declaró en su día y pagó los impuestos. Este dinero lo ingresó en esta cuenta. Luego hizó una inversión. Y se pasó a una cuenta que estaba el sólo y posteriormente, volvió el dinero a esta cuenta que estamos todos. Poco después falleció. A la hora de calcular el impuesto de sucesión nos dijeron que era una cuarta parte lo que tenía que presentar mi madre , unos 17000 euros y así figuraba en el documento bancario. Ya que dividieron lo que había en la cuenta entre los que figurabamos en la misma. No se si el resto del dinero se considera una herencia, una donación y si se tenía que haber tributado…Los hijos renunciamos a la legítima. Mi madre era la heredera universal. Gracias y perdón por el mensaje tan largo. Quería explicar bien el caso.

    1. Buenas Lola,
      Si el tema os lo están llevando ya los abogados y ese es su criterio, se entiende que será el correcto.

      1. Hola , muchas gracias por la pronta respuesta. No me habré explicado bien. El tema no lo lleva ningún abogado. El documento que indico lo facilitó la entidad bancaria para llevar al notario para arreglar los papeles de la herencia y pagar los derechos de sucesión. Al figurar cinco personas en la cuenta bancaria de mis padres, dividieron el importe que había en ella y está parte, unos 17000 euros,es la que figuraba para pagar impuesto de sucesión. El resto de importe,no se si con referencia al resto de personas, se consideraría donación, ya que estaba en la cuenta bancaria antes del fallecimiento de mi padre. En cuanto a la herencia, mi madre es heredera universal y los hijos renunciamos a la legítima.Gracias por su atención

        1. Buenas Lola,
          En un caso como el que cuentas, en el que tiendo que ha pasado ya tiempo, lo idóneo es que lo consultes con un abogado experto. Tal y como lo vemos desde aquí, siendo tu madre la heredera universal, podría entenderse que ese dinero lo tienen en usufructo también, pero eso dependerá en buena medida de cómo liquidáseis el impuesto de sucesiones y las cantidades por las que lo hicieseis.

  88. Buenas, gracias por tus respuestas y la información del blog.
    Mi duda es la siguiente: he realizado un préstamo sin intereses pero no presentado ante hacienda, a un familiar, el cual me devolverá el dinero durante este año. Mi pregunta es si tengo que realizar algo (yo o mi familiar), ya que no presentó dicho familiar ningún documento, o si por el contrario cuando me devuelva todo el dinero mi familiar se podrá demostrar que es un préstamo sin intereses en caso de que hacienda pregunte por esto.

    Gracias por tu ayuda.

    1. Buenas Eulalio,
      Lo idóneo es que ese préstamo esté firmado con un contrato que especifique las condiciones de devolución del dinero. Así evitarás problemas a la hora de posibles impagos y con Hacienda.
      Quien debe presentar el contrato es quien recibe el dinero. Esa es la forma de que Hacienda no interprete que se trata de una donación por la que pagar impuestos. Si no está registrado ese contrato Hacienda puede considerar que le estás donando dinero y también lo contrario cuando él te pague a ti. Es decir, que te está haciendo una donación y no devolviendo un préstamo del que el fisco no tiene constancia.

  89. Buenas, mi madre ha recibido un regalo de 11000 € por parte de su hermano hace 8 meses. Tengo entendido que deben de ir el donante y el receptor a una notaría para documentar la donación, luego pagar el modelo 650 en el banco y luego presentarlo en el registro de la propiedad.
    El tema es que mi madre no se puede mover de casa y su hermano ha fallecido, no hay manera de pagar lo que corresponda telematicamente sin necesidad de desplazarse, ya que una de las partes ya no vive y la otra está incapacitada.
    Gracias y saludos

    1. Buenas Antuan,
      Registrar la donación ante notario no es obligatorio, aunque dependiendo de la comunidad autónoma puede dar pie a bonificaciones. En el caso que planteas ya no sería posible hacerlo, por lo que habría que presentar la donación fuera de plazo sin ese trámite.

  90. Buenas,
    Mi caso es que he realizado préstamos a familiares pero no he rellenado el modelo 600, mi duda es: tienen estos familiares o yo que declarar algo al respecto en la declaración? ya que se nos ha pasado el plazo para este modelo 600 al pasar más de un mes, se realiza el documento donde consta este préstamo por si hacienda lo requiere más adelante? O qué trámite se puede realizar ya que este dinero sí que está previsto que me lo devuelvan.

    Muchas gracias por la ayuda

    1. Buenas Gabriel,
      Quienes tienen que rellenar el modelo de donaciones son quienes reciben el dinero. Que haya pasado el plazo normal de presentación no impide que puedan presentarlo ahora, algo más que recomendable.

  91. Hola, he recibido varias donaciones en los ultimos años de mis padres, siempre ante notario y presentando y abonando los correspondientes impresos e impuestos en Hacienda en su momento. Sin embargo al no encontrarme trabajando no hacía declaración de la renta. Debí de haberla presentado el año que recibí la donación?

    1. Buenas Diego,
      Las donaciones no afectan a la declaración de la renta ni a tu obligación de hacerla porque tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, no en el IRPF.

  92. Hola en enero del 2021 mis padres me hicieron una donacion de 10.000€ y no he sabido hasta hace unos dias que tenia que pagar por ese dinero, cuanto me pueden cobrar al declararlo ahora? vivo en madrid

    1. Buenas Verónica,
      En el artículo se explican las sanciones que pueden ponerte, que serían en este caso de un 1% sobre la cantidad a pagar a contar desde junio.

      1. Perdona pero desde este junio? es que no me queda muy claro. Gracias por resolver mis dudas 🙂

        1. Hola de nuevo Verónica,
          Desde junio de 2021, que es cuando deberías haber declarado la donación. Por cada mes de retraso los intereses adicionales crecen en un punto porcencual.

  93. Hola, buenas tarde, soy maestro tengo dos años que ingrese a la SEP, he realizado mi declaración patrimonial y de intereses en una plataforma de mi estado, tengo entendido que no estamos obligados a declarar ante el SAT pero resulta que solicité un préstamo vía nomina al banco de 30 mil pesos que , tendría que realizar la notificación ante al SAT sobre eso? o que procede en mi situación, el préstamo lo realice en el mes de julio. Muy amable.

  94. Buenas mi caso es el siguiente
    Mi madre hizo una donación del 50% de una vivienda a una hermana que vive en Francia se pagó todo y se registró en el registro de vivienda que corresponde
    Desde entonces mi hermana no ha pagado ni el 50% de de comunidad ni nada la donación fue en mayo del 2021 mi pregunta es que la puede pasar?
    El otro 50% es mío. Cuando fallezca mi madre que es usufructuaria de su 50% me puede obligar a vender?

    1. Buenas Fernando,
      Hasta donde yo sé, las deudas en una comunidad recaen sobre los propietarios del piso y la comunidad no suele distinguir entre ellos. Es decir, a la comunidad de vecinos le dará igual si tú has pagado tu parte y tu hermana no… Por otro lado, en caso de fallecimiento el piso será de ambos al 50% y en ese caso sí podría obligarte a vender la propiedad al ser un bien indivisible.

  95. Voy a realizar una Donacion de 60.000 euros, como donante no como receptor de la misma estoy obligado a informar

    1. Buenas Gerardi,
      No, como donante no tienes que informar a Hacienda, aunque sí es recomendable que dejes constancia de esa donación con un contrato privado o asegurándote de que el donatario tramita el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

    2. Buenos dias,
      Recibi un.prestamo de mi padre en septiembre de 50.000 euros para ayuda en la compra de un inmbueble. Hace poco descubrí que tengo que hacer un contrato de prestamo y modelo 600.
      Surge un problema, soy extranjera, mi padre vive en Italia, y ahora me piden que se haga un Nie para poder hacer los documentos, lo que él no está de acuerdo en hacer, ya que no quiere sacarse un numero de identificación en un pais donde no viene ni vive.
      Que puedo hacer?

      1. Buenas Rosa,
        Personalmente lo consultaría con expertos, ya que no estoy seguro que necesite un NIE.

  96. Buenos días.

    Hace 10 meses mi hermano, que vive en el extranjero, me presto 10,000€ para comprar un coche. Lo estoy devolviendo hasta ahora he pagado 4000€.

    Cómo lo tengo que declarar. Entiendo que estoy fuera de plazo.

    1. Buenas Marisa,
      Efectivamente, estás ya fuera de plazo, pero puedes declararlo igualmente. Lo que debes hacer es firmar un contrato de préstamo entre particulares y registrarlo en Hacienda a través del modelo 600.

    2. Hola,
      Muchas gracias por tu respuesta de antemano.
      Mi padre quiere realizar una transferencia internacional desde Bolivia de 20000$ para ayudarme con la compra de una vivienda en España, el país de mi residencia habitual. ¿Es necesario realizar una escritura ante notario de esta donación, o solo con presentarlo ante hacienda es sufieciente? Ya que es muy difícil que el venga a España.

      1. Buenas Elvira,
        Hacer la donación ante notario no es obligatorio, pero sí que la necesitarás en determinadas comunidades como Madrid si quieres beneficiarte de ciertas reducciones.

  97. Hola,

    Mi padre que es extranjero me ha hecho una donación a mi cuenta española ya que resido aquí. Nos han aconsejado muy mal en una gestoría por lo que hemos tardado ya varios meses en declararlo. Tenemos la declaración hecha pero no tenemos claras las sanciones. Este porcentaje que sube cada mes durante el primer año es sobre el total de la donación o sobre el 1% del impuesto? Los 30 días hábiles empiezan a contar desde que he recibido la transferencia o desde la fecha de la declaración. Muchas gracias de antemano!!

    1. Buenas Anita,
      Ese porcentaje se suma mes a mes. Es decir, el primer mes de retraso es un 1% de recargo sobre lo que deberías pagar, el segundo mes un 2% y así sucesivamente.
      El mes para pagar empieza a contar desde que se hace la donación, cuando se ordena la transferencia.

  98. Hola!!
    Nos ha regalado mi suegra 8000€ en junio del año pasado. No sabíamos que teníamos que pagar por ellos. La semana que viene vamos a pagar por ellos. Cuánto supondrá la sanción? Aun teniendo un contrato privado? Muchas gracias.

    1. Buenas María,
      Por mucho que hayáis firmado un contrato privado o ante notario por la donación, es necesario declararla ante Hacienda. La sanción será la que se explica en el artículo.

  99. Hola, gracias por éste blog y toda la información.
    Mi caso es que para dar la entrada de una hipoteca, tengo dos amistades que me prestan dinero: 5000 en un caso y 3000 en el otro. Entiendo que todo es o donación o prestamo entre particulares, pero cuando se trata de éstas cifras, también hay problema con hacienda? Estoy obligada a ir a un notario etc, y hacer el acuerdo o la donación? Y por último, en el caso de no hacerlo, perjudicaría en algún esto sentido a mis amistades?
    Gracias!

    1. Buenas Adriana,
      Si vas a devolver el dinero será un préstamo entre particulares que tendréis que firmar. En caso contrario, será una donación por la que tendrás que pagar impuestos tú. A ellos la donación no les afecta y el préstamo, solo si incluye intereses.
      Respecto al notario, no hay obligación alguna de formalizar los trámites ante notario, aunque en algunas comunidades autónomas se incluye una bonificación en el impuesto de donaciones si lo haces. Para un préstamo nunca es obligatorio, aunque puede ser conveniente para que quede registro del préstamo, más allá de formalizarlo ante Hacienda y de firmarlo.

  100. Entonces no tengo que hacer transferencias entre cuentas. Pero tendría que ir al notario a hacer el documento de donación . Lo que pasa es que cuando fui a la notaría me me dijeron que necesitaban la copia de transferencia, por eso pensé que ella tenía que tener el dinero en su cuenta y que había una forma más fácil de hacerla.´

    Ella no vive en Alemania y no va a vivir en el piso, vamos a vivir nosotros(sus padres) , ¿se puede hacer igualmente la donación cómo tu la indicas?. Al presentar la planilla 651 Hacienda pide que ella, por ser no residente, tenga un Representante Fiscal. Que es esto? y como se nombra? podría ser yo?

    Me puedes indicar algún asesor fiscal en Madrid , va email, que me pueda ayudar en esto? Te lo agradecería mucho.
    Un saludo

    1. Buenas Pilar,
      Lo que hace falta es que la donación en sí misma se realice antes de liquidar el impuesto. En cualquier caso, si ya tenéis pensado firmar ante notario, os recomiendo seguir sus pasos, aunque pidiéndole que os explique el por qué de cada uno de ellos.
      En este sentido, también podéis preguntarle si se encarga de los trámites del pago de impuestos (normalmente no). Respecto al representante fiscal, es un documento adicional que hay que presentar, nada más. Es muy fácil de rellenar y puedes verlo aquí.
      Por otro lado, te responderemos por email con el resto de cuestiones.

  101. Hola Luis Gracias por tu repuesta .
    No me expliqué de manera clara cómo es la operación. Mi hija es no residente y yo le voy a donar el 30%, unos 40.000 euros, en efectivo con documento notariado y notificado a Hacienda(estatal). Vamos a pedir una hipoteca a nombre de los 3. Los titulares de la cuenta asociada a la hipoteca somo mi marido yo y mi hija (no residente) es firma autorizada.
    La inquietud se me presenta cuando ella transfiera los 40.000 euros que le done de su cuenta bancaria no residente a la cuenta asociada a la hipoteca para la compra del piso ¿Hacienda miraría esto como una donación de mi hija para nosotros siendo los mismo 40.000 que le donamos?

    Podría poner en la donación de que es para la compra del piso en Valencia, especificando la dirección del piso?
    Quedaría claro para hacienda que son los mismo 40.000 euros? o seria en el documento de compra-venta?

    Me puedes orientar con esto? Muchísimas gracias!

    1. Buenas Pilar,
      Desde mi punto de vista, podéis saltaros el paso de la donación previa de una cuenta a la otra si queréis. Bastará con que tu marido y tú aportéis el dinero para comprar un bien que será de los tres sin que ella aporte capital. A ojos de Hacienda que le compres algo a otra persona es igualmente una donación. Además, en este caso se verá claramente que es para vivienda.
      Lo que sí tendréis que hacer es firmar ante notario y rellenar el modelo 651 del Impuesto de Sucesiones o Donaciones.

  102. Hola Luis
    Antes que nada te felicito por tu blog es excelente!
    Mi marido y yo vamos a comprar un piso con mi hija, 70 % nosotros y 30% ella, La parte en efectivo para la compra la ponemos nosotros, pero el préstamo hipotecario va a nombre de los tres. Yo entiendo que el 30% de la parte en efectivo se le podría atribuir a ella y Hacienda lo podría mirar como una donación.
    Para esto estaba pensado en formalizar ante notario esa donación. Pero, al ser ella No Residente (vive en Alemania y ella es española),¿ tendría que presentar la declaración ante Hacienda con un representa fiscal? Eso entiendo por lo que he leído me puedes explicar que es esto. ¿Se trata de un asesor fiscal, un gestor o podría ser yo, que soy su madre , con una autorización simple?

    Muchísimas gracias por tu tiempo

    1. Muchas gracias, Pilar,
      Si tu hija va a portar el 30% del piso de su bolsillo y a figurar en la hipoteca, esa aportación inicial no tiene por qué considerarse una donación. Es decir, no se aplica ese criterio de proporcionalidad a todos los pagos.
      En vuestro caso concreto, si con la hipoteca a nombre de los tres vuestra hija cobre ese 30% del valor de la casa, sería suficiente. Lo que puede mirar Hacienda es que, al terminar de pagar la vivienda, vuestra hija haya pagado un 30% de su valor. Si lo hizo aportando la parte proporcional de la entrada o vía hipoteca no debería importarle.

  103. Buenas noches.

    En junio de 2021 vendí una vivienda e ingresé 100000 euros en mi cuenta. Los traspasé a una cuenta que tenía de mi hija menor de edad y que yo gestionaba solo por organizar las cuentas y ahora lo iba a ingresar en un fondo a mi nombre.
    Ahora me doy cuenta de que al ser la cuenta de mi hija fue una donación que no declaré. ¿Tengo que declararlo ahora y pagar multa, incluso extrayendo el dinero de la cuenta? ¿O podría declararlo simplemente como préstamo? En caso de tener sanción ¿Cuánto sería?

    1. Buenas Enrique,
      El movimiento que hiciste no fue el idóneo y dadas las cantidades, Hacienda tendrá constancia del movimiento. En teoría, se puede ver como una donación no declarada por ambas partes (la que tú haces y la que ahora hará tu hija), pero al tratarse de una menor y pasar el dinero intacto de tu cuenta a la de tu hija y ahora de vuelta vuelta, es fácil que Hacienda no se meta en la transacción. En cualquier caso y si quieres quedarte más tranquilo, puedes hacerlo como un préstamo entre particulares y declararlo ahora.
      Es posible que Hacienda establezca una multa, pero seguramente sea menor de lo que te tocaría pagar con el Impuesto sobre Sucesiones (eso también depende de tu comunidad autónoma). Lo que sí debes valorar es cómo contratar ese fondo, porque si lo haces a tu nombre desde la cuenta de tu hija sí que será una donación.

  104. Buenas tardes, en agosto de 2021 le presté a mi hermano 30.000€ , el aún no me ha devuelto nada, porque ahora mismo no puede, y con eso no tengo ningún problema. No presente en su momento el modelo 600. Mi pregunta es ¿Podría presentarlo ahora?¿Me puede multar hacienda y de cuánto sería la cantidad?
    Gracias!!

    1. Buenas Juani,
      Quien debe presentar el documento es tu hermano, que es quien recibió la donación. Puede hacerlo ahora fuera de plazo, que sería lo recomendable. La cuantía de la sanción (si es que Hacienda le sanciona) se explica en el artículo.

  105. Mi padre desde una cuenta que tiene en la sección de crédito de una cooperativa agrícola en un pueblo de Córdoba me hizo durante el año 2021 cuatro transferencias a la cuenta que yo tengo en la sección de crédito de esa misma cooperativa. Una fue de 1400€ el 5 de abril, otra de 8000€ el 5 de julio, otra de 500€ el día 2 de octubre y la ultima de 7000€ el día 17 de diciembre. No sé si se considera una donación y si es así cómo hago la declaración voluntaria: ¿el total o de cada una por separado?. He leído que debo pagar el 1% por cada mes + 15% de recargo. ¿Pero el 15% es sobre la cantidad donada o sobre la cantidad resultante de aplicar el 1% por cada mes? no he considerado que pudiese estar cometiendo delito pero después de leer su articulo tengo muchas dudas. Le agradecería me contestara. Gracias. Saludos

    1. Buenas Manuel,
      En principio esas donaciones se deberían declarar por separado cada una de ellas, pero sumar el capital a efectos de calcular cuánto hay que tributar.
      Respecto al plazo, declararías fuera de plazo, por lo que es posible que tengas que sumar una pequeña sanción.

  106. Buenas tardes,

    Mi ex marido y yo hemos liquidado gananciales en la que me tenía que transferir una cantidad de dinero. Al no disponer él del efectivo se ha hecho a través de la cuenta bancaria de su madre (mi exsuegra) en concepto a mi cuenta de :liquidación de gananciales Antonio y Tamara.
    Mi exsuegra y mi exmarido ante notario han firmado o estipulado una donación (de ella para él)
    Pero ésto puede suponerme/suponernos un problema?: que me liquide gananciales, por decirlo de alguna manera, su madre.

    Gracias de antemano y un saludo.

    1. Buenas Tamara,
      Que tu ex suegra pague la liquidación a tu marido no debería suponer ningún inconveniente para ti. Es una donación de la madre hacia el hijo, en este caso para liquidar la sociedad, pero a efectos legales es como si le pagase un coche, por ejemplo.

  107. Hola, mi madre quiere donarme dinero para la entrada de un piso, que modelo debo presentar a hacienda y sabes cuánto se a de pagar ? Que porcentaje ?? Soy de barcelona !! Muchas gracias

    1. Buenas Yohanna,
      Lo que tendrás que hacer el liquidar la donación en el plazo de un mes desde que recibas el dinero. Esto se hace a través del modelo 651.
      En Cataluña existe una reducción del 95% del valor de la vivienda o el importe donados, con una reducción máxima de 60.000 euros, para menores de 36 años.

  108. Buenas noches.
    Entonces entiendo que calculando el usufructo de esos fondos y depósito. Haciendo un contrato privado de que mi madre me hace el préstamo de lo que le corresponde de usufructo y presentandolo junto con el modelo 600 en hacienda, y haciéndole las devoluciones correspondientes, valdría, no? Y hacienda no te pondría pegas, no?

    1. Buenas de nuevo, Santiago,
      Efectivamente, con eso debería ser suficiente. Al tratarse de fondos, tu madre debería darte permiso para venderlos, entiendo.

  109. Buenas noches.
    Tengo unos fondos y un depósito en el banco con mi madre como usufructuario. Ella quiere que lo saque y lo use para comprar una casa. La parte del usufructo (89 – 75 años) del 14 % que le corresponden como usufructo seria una donación que hay que hacer escritura pública y liquidar el impuesto. ¿Se podría hacer como un préstamo personal sin intereses que me hace mi madre de su usufructo, y presentar el modelo 600 en hacienda, sin tener que considerarlo como donación para no tener que hacer escritura pública?

    1. Buenas Santiago,
      Si tu madre te cede el usufructo sería una donación o un préstamo si optáis por hacerlo de esa forma. Eso sí, en caso de hacerlo mediante préstamo, recuerda que deberás devolver ese dinero.

  110. Buenas noches.

    Me ingresaron 5000 euros en mi cuenta bancaria mis padres. Esto sucedió hace ya dos meses y he visto que se ha pasado el pago voluntario y la declaración de donación de mi comunidad.

    Lo que ocurre es que no entiendo la multa que me pondrían si hago la donación ahora. ¿Cuando se habla de un 1 % por mes, es un 1% de la donación por mes o sobre el impuesto que tendría que haber pagado?
    LAa frase «Un 1% de recargo por el primer mes de demora y un 1% por cada mes adicional de retraso.» no me queda del todo clara.

    Respecto a si me acaban multando habla usted de un 100 %, pero entiendo que será sobre el impuesto a pagar y no del total.

    En fin, realmente no se si vale la pena dejarlo pasar o declararlo tarde.

    1. Buenas Lucía,
      Esos porcentajes de recargo son sobre la cantidad que tendrías que haber pagado por la donación. Por ejemplo, si eran 100 euros, el recargo es del 1% sobre esos 100 euros. Lo mismo con el porcentaje anterior.
      En cuanto a tu caso, lo normal es que Hacienda no entre en una operación por ese importe.

      1. Buenos días, y muchas gracias por la labor que haces con este blog. Mi duda es la siguiente. Voy a hacerle a mi madre un préstamo sin intereses, para la entrada de una vivienda. El caso es que el dinero procedería de una cuenta conjunta que tengo con mi pareja, en la que ambos ingresamos nuestras nóminas. Podría Hacienda considerar que mi pareja me ha donado la mitad de ese dinero?. En ese caso, como deberíamos proceder para evitarlo? Gracias de nuevo y un saludo.

        1. Buenas Carlos,
          Lo que comentas es una posibilidad. Es posible que Hacienda entienda que el dinero es una donación tuya y de tu pareja, aunque no tiene por qué ser así. Siempre que puedas demostrar que el dinero que se ha usado es tuyo, no habrá problemas.
          En cualquier caso, la forma más fácil de evitar esto es hacer una transferencia desde una cuenta que esté solo a tu nombre.

          1. Muchas gracias por tu respuesta. Podría demostrar que en torno al 65 % del dinero de la cuenta conjunta es mío, ya que llevamos muchos años ingresando en ella nuestras nóminas, y la mía casi dobla a la de mi chica. Un saludo.

          2. Buenas Carlos,
            A eso me refería exactamente, ese 65% es el dinero que podrás enviar a tu madre sin que se tenga por qué considerar una donación, aunque te recomiendo que hagas primero el traspaso a una cuenta a tu nombre y después, desde esta, a tu madre. Así será todo más limpio.

          3. En el caso que sugieres, utilizar una cuenta a mi nombre para realizar el préstamo, me surge otra duda. Para hacerlo, debería transferir los fondos desde la cuenta conjunta que tengo con mi pareja a la cuenta que esté únicamente a mi nombre. No podría Hacienda interpretar igualmente que mi pareja me ha donado la mitad de ese dinero?. Gracias de nuevo.

          4. Buenas Carlos,
            De nuevo, Hacienda podría interpretarlo así, pero siendo pareja y siendo la cuenta conjunta es más difícil que lo haga.

  111. Mi madre me dio un cheque de 30000 € para comprar un piso en comunidad valenciana. No fui a notario por la donación no declare nada. Han pasado 7 meses. Que puedo hacer ahora, que me interesa hacer, pago impuesto de donaciones, espero que Hacienda me reclamé. Si hubiera ido a un notario en un mes y lo hubiera declarado estaría exento? Que hago ahora?

    1. Buenas Manuel,
      Lo que puedes hacer ahora es declarar la donación y abonar la sanción que imponga Hacienda. Al declarar la donación se seguirán aplicando las mismas normas que se aplicarían si la hubieses declarado a tiempo. En Valencia existe una reducción por los primeros 100.000 euros, de forma que no tendrás que abonar nada salvo la sanción.
      En cuanto al notario, en Valencia no es obligatorio ni supone una ventaja fiscal firmar ante notario, aunque sí es recomendable por dejar constancia del traspaso.

  112. Tengo una duda
    El año pasado 2021 por tema del covid, quedé sin trabajo , una amiga me ayudó algunos meses con algún dinero, 4000 euros ingresados en diferentes meses..
    Yo vivo en la comunidad valenciana..
    Tengo que pagar por esta donación que ella hizo para mí
    Gracias por tu Respuesta…

    1. Buenas David,
      En principio ninguna donación está libre de tributar, por lo que en pureza deberías tributar por ese dinero que te donaron. Otra cuestión diferente es que Hacienda entre en ese tipo de donaciones o que llegue a inspeccionar esos casos.

  113. Buenos días, hace 4 años mi padre me dejo 35000 euros para los gastos de la hipoteca de mi casa. Hicimos un contrato entre particulares, ante notario, pero no lo declaramos a Hacienda por desconocimiento (tampoco el notario nos lo comentó) y me he enterado hace poco leyendo por aquí sobre donaciones y prestamos entre particulares.
    Mi dudas son:
    1.- hasta cuando hacienda puede reclamarnos? es decir, si esto llega un momento que prescribe.
    2.- en caso de reclamación por parte de hacienda, de cuanto seria la multa? y si vamos voluntariamente?
    3.- tendríamos que declararlo los dos? o solo yo, que soy el que recibe el dinero?
    muchas gracias de antemano.
    Un saludo

    1. Hola Rafael,
      Vamos por puntos.
      1- El artículo 48 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones estipula que el derecho de Hacienda para reclamar prescribe a los 5 años a contar desde el día siguiente al que vence la obligación de declarar. Es decir, 5 años después de contar 30 días desde la donación.
      2- La multa, tal y como se explica en el artículo, dependerá de la cuantía de la donación y se aplicará en forma de recargo más intereses de demora.
      3- El préstamo lo debes declarar tú ante Hacienda. Tu padre tendría que declarar los intereses que haya cobrado en el IRPF.

  114. Muchas gracias por todas las respuestas, ha sido de gran ayuda. Pero os tengo que preguntar otra ves… estoy online con el formulario del modelo 600 y es una odisea para rellenarlo. Hay dos apartados donde recogen datos (sujeto pasivo donde supongo que soy yo, el que recibe el préstamo) y el Transmitente , que es la persona que presta el dinero. El problema es que en la sección del Transmitente solo se admite NIF y dirección Española … tanto mi hermano como mi madres (que son los prestamistas) no tienen ni NIF ni dirección de aquí … que hago en este caso …

    1. Buenas Daniel,
      Efectivamente, el sujeto pasivo eres tú y el transmitiente tus familiares. En cuanto al documento en sí, debería dejarte rellenarlo con sus datos y documentos extranjeros. Te recomiendo en este caso que llames directamente a Hacienda para que te indiquen cómo hacerlo. Lamento no serte de más ayuda en este paso, pero es que el modelo debería permitir incluir esos datos.

  115. ¡Hola! El pasado mes de octubre mis padres me dejaron la cantidad de 8.000€ para la compra de un coche y se me ha pasado un mes el entregar en hacienda el documento de prestamos entre particulares sin intereses. Quiero entregarlo ahora y quería consultar sobre las posibles penalizaciones de hacerlo fuera de plazo.

    Saludos

    1. Buenas,
      La penalización puede ser de un recargo del 1% sobre la cantidad a pagar.

  116. Entonces, aunque voy a registrar el préstamo mediante el modelo 600 con retraso de 2 años, lo único que me pueden multar es por el retraso en registrar el préstamo ¿correcto?

    1. Buenas Daniel,
      Así es, podrán multarte, pero la cuantía no será más elevada de lo que pasaría si Hacienda actúa y lo considera una donación.

  117. Que pasa si tengo un contrato de préstamo firmado, el dinero se devuelve cada mes con el concepto «devolución cuota préstamo» pero no se declara mediante el modelo 600. Es decir, hacienda no tiene constancia de ese contrato de préstamo. Que me puede pasar si no declaro mediante el 600 peri si devuelvo cada mes hasta la finalización del préstamo? Gracias.

    1. Buenas Daniel,
      En ese caso Hacienda puede entender que se trata de una donación, tanto el dinero que te han prestado como el que tú estás devolviendo al no existir un documento que acredite el préstamo. Por eso es necesario firmar el préstamo y registrarlo ante Hacienda.

  118. Buenas tardes, tengo una duda , durante unos 4 años mis ingresos (trabajo) los pasaba a una cuenta en la que mi madre es la titular y yo autorizado por dos motivos , que ella en el caso de que le hiciera falta lo tuviera disponible , y el segundo motivo, era tener un control por parte de los dos y así poder ahorrar , hace poco me enteré de que seguramente conste como una donación, y mi pregunta es la siguiente : realmente consta como una donación? O al estar yo en esa cuenta como autorizado , no consta, y la siguiente pregunta es: para que todos esos ahorros vuelvan a mi cuenta sin perjudicar a mi madre ( ya que ella , en ningun caso se ha beneficiado de ese dinero) como debería de hacerlo?, Constaría como una donación también ? O al ser yo el origen de ese dinero , sería simplemente como que el dinero ha ido y ha vuelto , es un poco engorroso y me gustaría que alguien me guíe un poco al respecto , también sería interesante que de haber cometido una irregularidad , pudiera saber como subsanarla de la mejor manera posible , con la menos repercusión, muchas gracias y enhorabuena la página

    1. Buenas Floren,
      Con la ley en la mano estaríamos ante una donación por más que tú estés como autorizado en la cuenta, igual que lo será cuando te haga una transferencia de vuelta. Es decir, Hacienda puede reclamar que tu madre pague impuestos por ese dinero que has ido depositando en la cuenta y que ahora lo hagas tú cuando te devuelva ese dinero.
      Dicho esto, en caso de que Hacienda entre a investigar podrías explicar la situación y esperar a ver si el inspector la entiende.

  119. Buenos días, mi caso es que en diciembre del año 2019 recibí una ayuda por parte de mis padres residentes en Grecia y de mi hermano residente en Belgica para poder comprar un coche aquí en España. Mi madre me envío 12 mil y mi hermano 10 mil. No hice absolutamente nada para regularizar esa situación. Tiempo despues (en diciembre del 2020) otra vez mis padres me transferieron un cantidad de 24 mil y mi hermano 67 mil para pagar la entrada de un piso. Todo lo que viene de mi madre es un regalo 100% pero lo de mi hermano tanto para el coche como para el piso se lo tengo que devolver (aunque de momento no he empezado a devolver nada). No tenía ni idea en absoluto que al tratarse de mi familia tengo que tributar por todas partes. Ahora si que lo se pero no se como hacerlo de forma correcta. Los asesores a los que acudí son unos incompetentes … se contradicen entre ellos … no me puedo fiar mucho. Es increíble la falta de interés que tienen al tratarse de un particular. En fin… mi idea era de hacer los trámites y pagar todo lo que corresponde para las cantidades de mi madre (necesito saber si lo puedo hacer aunque ha pasado tanto tiempo) y un contrato de préstamo con mi hermano y formalizarlo con el modelo 600. De momento no hay ningúna notificación por parte de hacienda… pero lo queremos clarificar antes de que vienen a por nosotros. gracias por su atención!

    1. Buenas Daniel,

      Este tipo de faltas fiscales también tienen un plazo de prescripción, que suele ser de 4 años. Respecto a las operaciones, tendrías que tributar por las donaciones y pagar una multa por el préstamo, ya que con los primeros sí que hay perjuicio para Hacienda pero con el préstamo no.
      Mi recomendación es que lleves a cabo los trámites a través de un asesor fiscal o un notario si, por ejemplo, resides en Madrid y quieres beneficiarte de las bonificaciones fiscales. En este sentido, si los asesores a los que has acudido no te han aclarado la cuestión, busca otros.

  120. Estamos pensando en que mi madre me deje una cantidad de 40mil euros, no sabemos si no donacion o prestacion. Habria que declararlo? Si no lo hiciesemos cuanto tiempo tiene que pasar para que prescriba? Y cuando seria la sancion sobre ese importe? Graciias

    1. Buenas Pablo,
      Tanto una donación como un préstamo hay que declararlos ante Hacienda en un plazo de un mes desde que se realizan. En este artículo tienes dos modelos de préstamos entre particulares que puedes usar.

  121. Muy buenas PreAhorro, le pregunto más que por curiosidad ya que después de leer su post (muy interesante por cierto), y de indagar un poco más por otras páginas web’s, me han surgido varias dudas que me gustaría exponerle, y me daría mucha satisfacción, me respondiera.
    Las cuestiones son las siguientes:
    Tengo entendido que, por el mero hecho de salir un grupo de amistades y que uno de ellos hiciera frente a la cuenta de dicha invitación, ¿los demás acompañantes estaríamos obligados a declarar en hacienda dicha invitación como donación y pagar su correspondiente impuesto?, se que esto es algo rebuscado ya que entiendo que hacienda nunca llegaría ha saber de dicha donación excepto por denuncia y demostración de alguna persona allí presente, esta seria una de las cuestiones, y la segunda sería, ¿en caso de que, por necesidad o precariedad, si fuera a vivir a casa de un hermano, y el se hiciera cargo de mi manutención ( alimentación y sustento {luz, agua}), en este caso yo estaría obligado a dejar constancia en hacienda de dicha situación, y pagar el correspondiente impuesto? Como ocurrió después de la crisis del 2008 que mucho tuvieron que volver con sus padres, u otros tuvieron que ir a casas de familiares por necesidad, pero según el artículo 636 dichas personas acogedoras no podrían donar o hacerse cargo de ellos, por donar (x) cuando esa cantidad era insuficiente para hacer frente a su cargo/sustento familiar.
    Por eso le digo que estudiando varios detalles he llegado a un punto de confusión permanente, y usted que tiene experiencia en dicho tema, le agradecería una respuesta que de claridad a mi enfoque sobre dicho tema;
    Ante todo, enhorabuena por su página web, muy buen post y fácil de entender (a menos que la persona sea igual a mi, e intente informarse buscando mayor información ocasionandose dudas mayores cuanto más indaga) y sobre todo
    la enhorabuena, sin pasar por alto el agradecimiento por su tiempo y respuesta

    1. Buenas Jorge,
      Con la Ley en la mano, cualquier entrega de bienes o servicios sin contraprestación se considera una donación salvo contadas excepciones como los estudios o alimento los hijos. El caso que planteas, igual que el del dinero que se recibe de una boda son donaciones. Otra cosa es que Hacienda no suele entrar en ese tipo de situaciones, como es lógico.
      En cuanto al segundo caso, el hecho de vivir con hermanos y padres no se considera una donación, por lo menos bajo nuestra interpretación.

  122. Hola, en Madrid acepté la donación de mi padre de 48.000 euros. Ante notario, el notario me preguntó si quería avisar al Ministerio de Hacienda. Le dije que sí, ¿tengo que volver a declarar? Si la finalidad es comprar una casa y no supera las 250.000, ¿no es gravable?

    1. Buenas Zun,
      Toda donación debe declararse a Hacienda y abonar los impuestos correspondientes. Entiendo que es lo que te preguntó el notario, pero por si acaso, harías bien en confirmarlo por si no se ha declarado dicha donación.

  123. Hola,
    He recibido una donación de mis padres sobre 35K para la entrada de una compra de piso. Pero no me enteraba del tema de pagar impuestos y ha pasado el plazo de presentación más de un año. En este caso cuanto tendría que pagar si presento ahora con demora? Suelen investigar sobre el importe del este nivel?
    Gracias

    1. Buenas Fernando,
      Es posible que Hacienda te sancione por la operación, pero este tipo de sanciones no son automáticas. Por otro lado, si la donación se realizó mediante transferencia, esos datos ya obran en poder de Hacienda.

  124. Buenas tardes,

    Vivo en Barcelona Y he recibido una donación por transferencia bancaria, 25.000€ en noviembre 2020, de mi suegra que vive en Uruguay. Por desconocimiento no lo he declarado.
    No me queda claro cuanto debo pagar para regularizarlo. Es el 7% y luego el 20% de penalización por superar los 12 meses ? Seran 2.100€?

    Gracias
    Daniel

    1. Buenas Daniel,

      Acabamos de actualizar el artículo tras los últimos cambios fiscales. En tu caso el recargo se limitaría a un 1% de la cantidad a ingresar por cada mes de demora (un mes en tu situación).
      Respecto a la cuota a pagar, la escala en tu caso estaría en el 3,5%.

  125. Hola, mi madre me quiere donar 20.000 euros, resido en la Comunidad Valenciana. Estamos obligados a realizar el pago del impuesto en este caso??
    Cuanto dinero sería?
    Se realiza ante un notario?
    Gracias

    1. Buenas Carlos,
      Si es una donación hay que pagar impuestos, aunque en Valencia hay una exención para los primeros 100.000 euros que donados.

  126. Hola! Recibí una donación de 8500 euros de mi madre de Bulgaria.(vive allí )
    Hicimos un contracto privado.
    Acabo de enterar cuando tengo tres semanas hasta la fecha límite de presentar el formulario de liquidación a la agencia Tributaria, que no pueden registrar el formulario porque mi madre no tiene nif.(sea piden que mi madre tenga un nif). Para sacarse mi madre un nif el tiempo es demasiado corto (quedan menos de tres semanas).
    Entonces mi pregunta es si siga mi madre el procedimiento de sacarse un nif y procedo a liquidación de la donación y no llego a tiempo y lo hago fuera de plazo , sería algún diferencia entre que lo presento yo(aunque fuera de plazo) y si que lo detecta hacienda , con respecto a la multa pagada?
    Cuanto pagaría en cada caso?(bueno ,en el caso que hay dos casos).
    Un saludo!

    1. Buenas Lanik,
      Efectivamente, existe una diferencia entre que seas tú quien lo presente a que sea Hacienda quien lo detecta. En el segundo caso, si Hacienda lo detecta, estaríamos ante una sanción que puede ir desde el 50% hasta 100% de la cuota que debías pagar por la donación.
      En el primero habría un recargo del 1% de la cantidad a pagar por cada mes de retraso.
      En cualquier caso, creo que para las donaciones no es necesario tener NIF y tampoco para los contratos de prestamos entre particulares.

  127. En Agosto hice una donación verbal a mi hijo de un BTC (39.000€ en ese momento). La transacción figura en la blockchain. Ahora quiero hacer la escritura correspondiente (ya se que la presentación del impuesto de donaciones estaría fuera de plazo) pero los notarios no la quieren hacer por desconocer el tema del Bitcoin. ¿podría poner que le doné el dinero que valía en ese momento y que él me compró un Bitcoin?. El argumento sería que para evitar una venta por mi parte y su posterior compra por la suya y los correspondientes costes de esas transacciones, decidimos que yo le vendía un BTC que él compraba con el importe de la donación.
    Muchas gracias de antemano

    1. Buenas Antonio,
      Si la blockachain registró la transacción es más simple decir que le has transferido un bien que en el momento de la transacción tenía un valor de 39.000 euros. No entiendo las reticencias de los notarios, ya que al final es como transmitir un bien con un determinado valor de mercado.
      Indicar que le transferiste esos 39.000 euros es más complicado al no existir registro de la transferencia o de la entrega de dinero. En otras palabras, será complicado demostrar que cogiste de algún sitio 40.000 euros y se los diste para comprarte el bitcoin.
      En cualquier caso, recuerda que el notario no es obligatorio para registrar una donación. Podéis rellenar el modelo 651 de Hacienda por vuestra cuenta y, salvo en comunidades como Madrid, no tendrá impacto en la cuantía a pagar por la donación.

  128. Si recibo varias transferencias de mis familiares por valor de 2000 € y 1500 €(regalos de boda) , recibiré en total aproximadamente 10.000 € de varias transferencias diferentes, ¿se considerarán donaciones? ¿Tengo que declarar?

    1. Buenas María,
      Desde un punto de vista estrictamente legal, los regalos de boda se consideran donaciones. Sin embargo, Hacienda no suele entrar a investigarlas, ni siquiera si en total suman la cifra que indicas. De hecho, no conozco ningún caso en el que lo haya hecho. Las inspecciones fiscales sobre bodas tienen que ver más con los proveedores que con el dinero que reciben los novios. Es decir, saber si las empresas que has contratado han declarado esos ingresos.

  129. Hola, mi caso es que a través del banco de mi madre he hecho una transferencia de 10500 eurs para la compra de un coche a una empresa. El coche se ha puesto a mi nombre. El tema es que el dinero es prestado. Por lo que veo en lo comentarios , debo de rellenar un papel y presentarlo a Hacienda , para justificar que es un préstamo?

    1. Muy buenas, enhorabuena de ante mano por todo el trabajo y ayuda que estás brindando a todos.
      Mi pregunta es la siguiente, yo voy a hacer una obra de 7000 euros y mis padres me van a dejar el dinero pero estoy leyendo que tendría que declararlo (un timo más para fundirnos a impuestos) , otra opción podría ser que directamente ellos pagaran la reforma? Ahí no habría ninguna donación no? Un saludo y muchas gracias.

      1. Buenas Adrián,

        Si ellos pagan la reforma seguiría siendo una donación por la que tendrías que tributar. La única forma de evitar pagar impuestos por ese dinero es que sea un préstamo y no una entrega gratuita.

  130. Buenas tardes,
    Mi caso es el siguiente; mi abuela me quiere dejar 30.000 para la entrada de un piso pero como es conveniente queremos pagar el mínimo de impuestos posibles.
    Nosotras teníamos pensado abrirnos una cuenta de titulares de dos y así poder hacerme la transferencia. ¿Si no lo declaró aunque con ese dinero me compre el piso después sería motivo de sanción? En caso de declararlo ¿solo podría declarar 15.000? Ya que esa misma cuenta se utilizaría para el pago de los gastos correspondientes.

    1. Buenas Noelia,
      En una donación las opciones de pagar menos impuestos son muy reducidas. Lo que planteas sigue siendo una donación, lo hagas o no a través de una cuenta conjunta. Y es que para Hacienda lo que cuenta es la procedencia del dinero, no la titularidad de la cuenta y en este caso el capital provendría de tu abuela.

  131. Mi padre falleció hace un año . Mi padre dejó a mi madre el usufructo universal de todos los bienes.

    Mi hermano y yo queremos dejar a mi madre el dinero que hay en la cuenta que tenía con mi padre y que vamos a liquidar.

    Se consideraría una donación a mi madre?

    O podemos decir al banco que como mo madre tiene el usufructo de todos los bienes, queremos que siga con ese usufructo tal como pone en el testamento y así no se consideraría donación?

    Gracias

    1. Buenas Rosa,

      Habría que estudiar el testamento, ya que por mucho que tu madre sea usufructuaria universal, hay bienes que son de los hijos como herederos. Al haberse repartido ya el testamento, podríais ver qué parte de los bienes son vuestros como propietarios totales y cuáles se quedaron en usufructo de tu madre. Si la cuenta se considera parte de ese usufructo, podría disponer del capital, aunque según la ley tendría que devolverlo al terminar el usufructo.

  132. Hola. Un familiar hizo una donación de dinero en documento privado a favor de dos sobrinas, el documento no se elevó ante notario, ese dinero lo tienen en casa, supuestamente autorizo a una de las donatarias autorizada en su cuenta a retirar ese dinero (a veces firmado y otras verbalmente), no han pagado el impuesto de donaciones (creo que es el modelo 651), Es legal lo que han hecho, donde puedo denunciar que ese dinero lo tienen en casa y no han pagado ese impuesto de donaciones. Que plazo tengo para poner una denuncia, la supuesta donación se hizo en febrero, el dinero no lo ingresaron en sus cuentas, lo fueron sacando poco a poco del banco, imagino para ocultarlo. Por favor. Me contesta a mi dirección de correo electrónico. Muchas gracias. Un saludo.

    1. Buenas,

      El plazo para abonar las donaciones es de un mes desde que se produzca el hecho. En cuanto a ponerlo en conocimiento de Hacienda, se puede hacer a través de este enlace.

  133. Hola, acabo de recibir una donación de mi madre (5000€), resido en la Comunidad de Madrid, y tenía pensado tramitar mi liquidación del impuesto para regularizar la situación con Hacienda (más teniendo en cuenta que en Madrid hay una bonificación bastante interesante). La cuestión es que lo que yo pensaba que iba a ser pagar una pequeña cantidad de dinero en impuestos, se va a transformar realmente en una cantidad mayor (200€), teniendo en cuenta que para poder beneficiarte de la bonificación que existe en Madrid es requisito imprescindible que la donación se haga en documento público, es decir, acudiendo al notario.
    El impuesto que tengo que pagar no llega a 5€, pero lo honorarios del notario ascienden a casi 200€.

    La verdad es que estoy bastante indignado con el hecho de que la Comunidad de Madrid te obligue a tener que acudir al notario para regularizar la situación, máxime cuando no solo habría un documento privado de donación entre nosotros, sino que además la transferencia se ha hecho a través de la entidad bancaria y queda la constancia de esta entidad como documento independiente que reconoce la situación.

    La cuestión es que puestas así las cosas, me he planteado incluso no pagar el impuesto, pero temo la sanción de Hacienda. No sé a cuanto podría ascender y si es relativamente posible que llegue a suceder.

    Muchas gracias por tu respuesta de antemano Luis.

    Un saludo.

    1. Buenas Hugo,
      Es cierto que para importes como el que indicas, el notario es el mayor gasto que deberás afrontar. En cualquier caso, firmar la donación ante notario también ayudará a que esté mejor estructurada de cada a futuras herencias si sois varios hermanos.
      Sin la bonificación del 99%, para la que necesitas al notario, la cantidad a pagar será de 397 €. Si no declaras el impuesto y Hacienda lo descubre, tendrás que abonar esa cantidad y un recargo del 50% sobre la misma.

  134. Hola buenas, tengo la siguiente duda:
    Una amiga me prestó una cantidad de 10 mil euros para la compra de un piso en diciembre del año pasado. No me informé bien de las fechas límites y, ahora, he visto que debería haber presentado los documentos que mencionas en hacienda hace tiempo… además, aun no le he podido devolver nada ¿lo considerarán como donación o es razonable que les explique que es un préstamo? Por otro lado, hay que presentar la declaración de la renta este mes y no se que consecuencias podría tener esto y, si es obligatorio poner que he recibido dicho préstamo en la declaración. Muchas gracias por la información. Excelente su web.

    1. Buenas Francisco,
      En primer lugar, ese dinero, sea donación o préstamo, no influye en tu declaración de la renta. Al tributar en el Impuesto de Donaciones y Sucesiones o ser un préstamo no hay que ponerlo en el IRPF salvo excepciones contadas.
      Dicho esto, si se trata de un préstamo, deberíais firmarlo y presentarlo ante Hacienda, aunque sea fuera de plazo. En el artículo tienes el contacto de unos expertos que pueden ayudarte con las gestiones si lo necesistas.

  135. Hola quería consultar un tema, con mis hermanos tramitamos una extinción de condominio de un bien a nombre de los tres a favor de uno, con pago aplazado a 5 años, hemos decidido finalmente que sea una donación podemos acudir a Hacienda y pagar los impuestos correspondientes, sin recargos ni nada?muchas gracias

    1. Buenas Silvia,
      El plazo para liquidar una donación es de un mes desde que se produce. Si lo hacéis más tarde puede que tengáis que abonar los recargos.

      1. Hola buenas tardes en primer lugar mi marido yo hemos pedido un préstamo para comprar una vivienda a nombre de mi hijo que tiene 19 ahora mismo esta parado que deberíamos hacer para pagar la hipoteca ya q la estamos pagando nosotros ast q empieze a trabajar para no tener ningún problema con hacienda muchas gracias

        1. Buenas Carmen,
          Si estáis comprando una vivienda a nombre de vuestro hijo, estáis realizando una donación por la que vuestro hijo tendrá que tributar.

  136. Buenas,
    Mi caso es el siguiente. Realicé un préstamo entre particulares con mi padre hace unos años para ir devolviéndoselo poco a poco. Lo formalicé todo ante Hacienda en su momento. Pero estoy viendo que nos cuesta bastante ir devolviendo ese dinero. He estado viendo que a lo mejor me interesa pagar los impuestos como donación y olvidarme ya del tema para siempre. Entonces, una vez pasado todo este tiempo, ¿podría «convertirlo» en una donación y pagar el impuesto correspondiente?

    1. Buenas Oscar,
      Bastará con que tu padre te condone la deuda y que liquidéis el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para que ese préstamo se convierta en una donación.

      1. Buenas tardes
        Un amigo nos va a dar 9500€ ( por transferencia bancaria ) para poder pagar los gastos derivados de la compra venta de nuestra vivienda habitual
        Al ser un amigo ¿cuánto tendríamos que pagar de impuestos por donación ?
        Me surge también la pregunta si al ser una transferencia de menos de 10000€ ¿Hace falta que lo declare y complete el formulario y ll préndete en hacienda ?
        Es que en muchos sitios ponen que solo las de más 10000€ hay que declararlas … pero no se si son cosas diferentes
        Además en breve firmaremos un contrato privado con el dueño de 10000€ y no se si ese contrato privado también tengo que notificarlo o no haciendo o si nos afecta
        Muchas gracias
        Un saludo

        1. Buenas Noemi,
          Al tratarse de una donación entre personas sin parentesco, será mayor que entre familiares.
          Respecto a Hacienda, hasta donde yo sé, sólo tienes que declarar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, no un formulario por la transferencia.

  137. Buenas tardes.

    Mis padres van a dejarme 2.000€ para finiquitar un préstamo q tengo y evitarme pagar esos intereses que conlleva. Podrían ingresarlo en mi cuenta tal cual, pum toma 2000€ y acto seguido cuando lo tenga en mi cuentan saldar ese préstamo sin tener que dar cuentas en hacienda?
    Vaya x delante que cada mes les daré una cuota para quitarme ese dinero prestado.

    Gracias.

    1. Buenas Jose,
      En ese caso lo mejor es que firméis un préstamo entre particulares e informéis a Hacienda a través del modelo 600. Es un trámite muy sencillo que evitará que ese dinero sea considerado una donación y que tengas que pagar impuestos por él.
      En el artículo cuentas con un modelo de préstamos entre particulares sin intereses.

  138. Hola, quiero solicitar una hipoteca y mis padres me van a dejar 20.000€
    Si lo hago a través de un préstamo, me va a contar la cuota que les voy a pagar a mis padres en el ratio de endeudamiento? Es decir, el banco con el que voy a solicitar la hipoteca tiene manera de ver que tengo este préstamo entre particulares?

    Muchas gracias de antemano

    1. Buenas Miguel,
      Es posible que ese dinero que te dejan tus padres se sume a tu ratio de endeudamiento. Al pedir una hipoteca debes informar de todos los préstamos que hayas firmado hasta ese momento.
      Lo que sí puedes hacer es firmar primero el préstamo hipotecario y después el personal.

  139. Buenas tardes, voy a pedir una hipoteca a mi nombre sólo y a mi mujer le prestan dinero para llegar a precio de la casa, su luego ella me lo deja a mí, tendríamos que hacer el contrato a particulares? O solo lo tendría que hacer ella?

    1. Buenas Francisco,

      A priori me parece que estás complicando una operación que sería más sencilla si solicitáis la hipoteca a nombre de los dos. Si quieres contarnos tu caso podremos ayudarte para saber si lo que planteas es la opción óptima o hay fórmulas más sencillas y menos costosas desde el punto de vista fiscal.

  140. Hola.

    Estoy planteándome pedir un préstamo entre particulares a mi padre para adquirir una vivienda.

    El préstamo sería de 100000€ a 20 años sin intereses y formalizado mediante contrato privado dejando detallado el calendario de pagos y posteriormente presentando el modelo 600 en hacienda.

    Mi duda es la siguiente. ¿ Puede hacienda acusarme de donación encubierta?

    El préstamo es real y se pagará mes a mes mediante transferencia pero da mucho miedo hacienda.

    ¿Debo hacer algún trámite más?

    Muchas gracias

    1. Buenas Luis,

      Si devuelves el dinero y lo haces conforme al contrato que firmes Hacienda no puede decir nada: estás ante un préstamo y no una donación.

      Lo único que debes hacer es registrar el préstamo ante Hacienda a través del modelo 600.

      1. Hola. Recibí una donación dal estero hace 6 meses pero como yo no estaba presente para hacer al notaio mi padre mi mando el dinero y ahora a julio quiero ir a casa para hacer toda la documentación. En este caso que tengo que hacer para que la Hacienda no me multe

        1. Buenas Adriana,

          Dispones de un mes desde que recibes el dinero para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Al hacerlo más tarde te expones a que Hacienda te multe y hay poco que puedas hacer si ya recibiste el dinero en tu cuenta.

  141. Buenos dias. Me han hecho un prestamo particular donde el prestamista reside en Argentina (no es Española ni tiene más vinculo con España que yo). Al presentar el modelo 600 me dicen que sin DNI no puedo presentarlo. No le veo la lógica si el prestamista ha declarado ese dinero allí, y aquí, para abonar la transferencia en el banco, ya he presentado toda la documentación que me requirió la comisión de prevención de blanqueo. Que riesgos corro si no presento nada? Si me sancionan, además estaré obligada a presentar algo? Llamo a hacienda y nadie sabe explicarme nada.

    1. Buenas María,

      Si no presentas la documentación Hacienda puede entender que es una donación que no has declarado y hacer que pagues impuestos por ella. En principio, no deberías tener problema en registrar el préstamo aún sin DNI.

  142. Hola yo quiero hacerle una donación a un familiar de mi departamento
    Debo pagar impuesto por ello

    1. Buenas Armando,
      Sí, todas las donaciones implican el pago de impuestos.

  143. Muchas gracias por la respuesta. Pero según me dicen en mi banco, no puedo quitar un titular para ponerlo de autorizado.Como que su sistema, no les deja hacer tal cosa. Que tendría que cerrar esa cuenta y abrir otra distinta, yo de titular y si quiero con mi madre de autorizada. Haciéndolo así, habría algún problema ? Y si no lo cambio, y le pasa algo a mi madre, tendría que repartir el dinero con mis hermanos?
    Gracias. Un saludo.

    1. Hola nuevo Jana,
      Para cerrar la cuenta, sólo tenéis que pedírselo al banco y éste os debe indicar como proceder. Es un trámite que no lleva mucho tiempo. Como eres tú la que has realizado las aportaciones, no deberías tener problemas con Hacienda.
      Además, al cerrar la cuenta evitarás posibles problemas con tus hermanos en caso de que a tu padre le pase algo.

  144. Cuando era menor de edad, mi madre abrió una cuenta, estando la dos de titulares… El caso es, que solo yo he ingresado y gastado el dinero de dicha cuenta. Y ahora es cuándo nos han dicho en el banco, que la mitad del dinero sería de mi madre. Como podemos arreglar esto ? Porque el dinero lo he ganado yo con mi trabajo y esfuerzo… y no nos habíamos percatado de este detalle…
    Muchas gracias, de antemano. Un saludo.

    1. Buenas Juana,

      En realidad eso no es así, por lo menos a efectos fiscales. Lo que importa para Hacienda es la procedencia del dinero. Es decir, quién ha puesto el dinero en la cuenta, por más que esta sea de titularidad conjunta.

      Lo que debes hacer ahora poner a tu padre como autorizado, si quieres que siga teniendo acceso a la cuenta y quedar tú como única titular.

  145. Quiero saber como se hace una donacion mi padre me quiere hacer una donacion r 30.000 e para gastos de plusvalias y gastos transmites. A mi cuenta como hay que hacerlo todo lo que te de dinero lo hay que declarar o hay alguna cantidad especifica ?que no aga falta ?que maneras hay para hacerlo se puede hacer privado o rs obligatorio hacerlo publico con un notario y que contrato abria que hacer ¿ y luego como pagas el tributo de esa donación donde lo que hay que rellenar o entregar y que tipo de instancia es donde gracias

    1. Buenas María,
      Para certificar una donación no es obligatorio acudir a un notario, aunque en comunidades como Madrid puedes beneficiarte de una bonificación del 98% del impuesto si lo haces. En cuanto a los trámites, básicamente debes rellenar el modelo 651 de Hacienda y proceder al pago del tributo. En este artículo te explicamos cómo funciona una donación.

      1. Buenas noches,

        Mi padre me ha hecho una donación de 50000 para la compra de mi primera vivienda. Según tengo entendido, en la Comunidad de Madrid este tipo de donaciones están exentas al 100%
        Mi pregunta es, si finalmente es menor la cantidad que requiero para la entrada del piso y me sobra dinero, ¿Hacienda puede pedirme cuentas por ese dinero sobrante?

        Gracias de antemano.

        1. Buenas Vanessa,
          Efectivamente, en las donaciones en la Comunidad de Madrid se aplica una exención del 100% hasta 250.000 euros por el dinero entregado en metálico para la compra de vivienda.
          Si no usas todo el dinero para la entrada del piso tendrías que declarar el resto como una donación al uso. En Madrid también hay una bonificación del 99% para donaciones entre padres e hijos si la firmas ante notario.
          Lo más sencillo, en cualquier caso, es que uses es dinero para afrontar la entrada del piso y evites suspicacias con Hacienda. Además, así podrás contratar una hipoteca menor.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *