Quedarse en paro no es el fin del mundo, pero sí un duro golpe, por lo menos en un primer momento. Incluso quienes ya saben antes de entrar al despacho del jefe que se van a quedar sin empleo, escuchar las palabras “estás despedido” en cualquier de sus modalidad se resienten.
El pensamiento más inmediato ante la noticia suele ser un “¿Y ahora qué?” mezcla de incertidumbre profesional y financiera. Lo primero al quedarse en paro es hacer frente a los trámites burocráticos y cuestiones legales. Nunca son lo más agradable del mundo, pero pueden marcar la diferencia entre cobrar o no el desempleo y tener o no la indemnización que mereces.
A partir de ahí ya podremos pasar a ver qué hacemos con los indemnización, qué errores evitar y cómo aprovecharla de verdad.
ÍNDICE
Qué hacer cuando te quedas en paro
Las cuestiones logísticas son lo primero que debemos resolver. Las dos preguntas más importantes tienen que ver con la carta de despido, la indemnización por despido, el finiquito y la prestación por desempleo. En ese preciso orden.
¿Firmo o no la carta de despido?
En la carta de despido que te entregue la empresa deberá figurar claramente el tipo de despido y el motivo. Si no estás de acuerdo con lo que pone o, simplemente, no tienes en ese momento fuerzas para decidir, puedes optar por no firmar.
Sin embargo, lo más recomendable es firmar con un “no conforme” a mano al lado y la fecha de la firma. Y es que al final la empresa podrá dar la carta como entregada y el despido como notificado sólo con aportar dos testigos. Otra cuestión diferente es que eso quiera decir que aceptas su propuesta de indemnización por despido.
Qué indemnización debes cobrar por el despido
La ley distingue entre varios tipos de despido. Dependiendo del que figure en la carta de despido habrá o no indemnización adicional al finiquito. En este sentido, la empresa puede optar por un despido ordinario, disciplinario o colectivo.
Con un despido ordinario y objetivo la indemnización será de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Además, la empresa tiene que comunicarte su decisión con un preaviso de 15 días y dispondrás de 20 días para reclamar.
Con el despido disciplinario no habría derecho a recibir indemnización, aunque sí finiquito. En este caso, el trabajador dispone de 20 días para reclamar e impugnar el despido. A partir de ahí, es despido puede, además, ser nulo, procedente o improcedente, como explican en Gestionpyme.
En un despido nulo, el trabajador tendrá que ser readmitido en la empresa. En caso de despido procedente, se mantendrá la indemnización de 20 días por año trabajado que se fijó en su momento. La cosa cambia con el despido improcedente. Se considera que el cese laboral no procede cuando se cumple lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley del Estatuto de Trabajadores:
- La empresa no justifica el despido y sus causas debidamente.
- La empresa no lo comunica en tiempo y forma. Es decir, si no se comunica mediante la carta de despido o ésta es demasiado genérica, por ejemplo.
Cuando un despido es improcedente la indemnización será de 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades.
En cualquiera de los casos, si no hay preaviso por parte de la empresa, deberá abonar un día de salario adicional hasta llegar a los 15 de preaviso (30 si las causas del despido son económicas).
Qué finiquito te corresponde
El finiquito es independiente a la indemnización por despido y se cobra siempre. El finiquito es la suma de lo que la empresa te debe por el trabajo realizado. Dentro del mismo se computan:
- Los días de vacaciones no disfrutados.
- La parte proporcional de la paga extra.
- Las deudas de la empresa hacia el trabajador, como por ejemplo las comisiones que se pagan a mes vencido.
- La parte del salario correpsondiente al mes del despido. Si te despiden un día 15, cobrarías la mitad del mes dentro del finiquito.
En este enlace puedes ver exactamente cómo se realizan los cálculos.
El finiquito es importante porque lo más probable es que la empresa te lo de a firmar en el momento de entregarte la carta de despido. De nuevo, si no tienes claras las cantidades, no firmes, sobre todo si tampoco estás convencido de la indemnización propuesta.
Darte de alta en el paro
Dispones de 15 días para darte de alta en el SEPE para poder cobrar la prestación por desempleo. En caso de no hacerlo dentro de ese plazo, perderás tu derecho a paro.
Puedes pedir el paro online u hacerlo en las oficinas del SEPE pidiendo cita previa. Antes de acudir es interesante que tengas claro cuánto cobrarás y durante cuánto tiempo. Y es que el tiempo de paro depende del tiempo que hayas trabajado. De forma muy resumida, con un año trabajado tendrás derecho a 120 días de prestación y por seis años podrás cobrarlo durante 720 días. En este enlace puedes ver exactamente el tiempo de paro en función de los días trabajado.
La cuantía de la prestación dependerá directamente de tus cotizaciones. En el SEPE disponen de una calculadora específica. Lo que debes saber es que, en caso de tener una prestación pendiente, deberás elegir entre la antigua que no terminaste de disfrutar y la nueva.
Para que lo entiendas mejor, imagina que perdiste tu empleo y tenías derecho a cinco años de paro por el máximo. Después de seis meses encontraste trabajo y al año te despiden. En este momento tendrás que elegir entre la nueva prestación y la que tienes pendiente por terminar. Con la nueva podrías cobrar el paro durante 120 días, mientras que de la segunda te resta un año y medio. En este caso la decisión parece clara.
Una vez te des de alta en el paro, sólo tendrás que acordarte de sellarlo cada tres meses. Por fortuna, esto también se puede hacer online.
Los errores más habituales con la indemnización por despido
Si has llegado hasta aquí es que has cumplido con lo mínimo para dejar tu economía ordenada tras el despido, cobrar el paro y tener la indemnización por despido que de verdad te correspondía.
En este punto es cuando debes volver a preguntarte “¿Y ahora qué?”. Lo primero y más importante es no tirar por la ventana tu indemnización por despido. Como ocurre con los ganadores de la lotería, es mucho más fácil de lo que piensas cometer errores con el dinero del despido y perder buena parte de él.
Estos son los cinco fallos clave que debes con la indemnización por despido:
Pensar que todo es para ti
La indemnización por desempleo no está libre de pagar impuestos. Hacienda no distingue entre el tipo de despido pero siempre va a reclamar su parte. En concreto, sólo estarán exentas de tributar las indemnizaciones hasta 180.000 euros, siempre que el despido sea posterior al 1 de agosto de 2014. La cantidad excedente deberá tributar como renta del trabajo, como parte del salario.
Caer en la tentación de darte un capricho
Puede sonar irracional, pero en esas situaciones es normal buscar una recompensa emocional. Es habitual darse algún capricho porque ahora tienes dinero, has trabajado mucho y en cierta forma “te lo mereces” por lo mal que lo estás pasando. Es complicado, pero debes evitar hacerlo.
Muchos expertos recomiendan tomarse un tiempo tras el despido para aclarar las ideas y descansar la mente. Debes evitar transformar este descanso en gastos. No se trata de convertirte en una persona huraña, pero sí de evitar dar rienda suelta al consumismo.
Dejar el dinero en tu cuenta corriente
El dinero que tienes en la cuenta corrientes es más fácil gastarlo que el que depositas en una cuenta de ahorro o en otro lugar al que no tengas un acceso tan sencillo. Esta es unas de las bases del preahorro. Cuando no tienes la tentación delante, es fácil huir de ella. Si, además, se trata de dinero, lo más normal es ni quiera echarlo de menos.
Dejar la indemnización en la cuenta corriente es un riesgo innecesario. Quieras o no, terminarás usándolo en algún momento y no será para nada positivo. Lo mejor que puedes hacer es apartar ese dinero hacia otra cuenta según lo recibas.
Además, dejar el dinero en la cuenta corriente tiene un problema adicional. La rentabilidad que vas a obtener es nula. ¿De verdad crees que una cuenta de ahorro sirve para ahorrar?
Buscar fórmulas mágicas de inversión
Si una cuenta de ahorro no sirve para ahorrar. ¿Cuál es la solución? Muchos parados piensan que . Es habitual ver la indemnización laboral como una oportunidad para invertir. El motivo es que tenemos muy arraigado el falla inversión en bolsaso mito de que pare invertir hace falta mucho dinero.
El problema es que aprender a invertir no es fácil y tiene costes. La mayoría de personas que se acerca a la bolsa en esta situación la ven como una tabla de salvación. Buscan soluciones rápidas que les permitan ganar dinero rápido y eso no existe, tampoco en la bolsa. Si cuando ves una persona que comparte un sistema con el que ganar 4.000 dólares (sí, no suelen ser euros) al mes te preguntas por qué iba a compartidlo, haces bien.
En internet hay grandes páginas para aprender a invertir, pero también muchas otras de supuestos gurús con los que puedes perderlo todo.
Jugártelo todo a una carta: emprender
Perseguir tu sueño de crear tu propia empresa puede ser maravilloso. Pocas cosas hay más gratificantes a nivel profesional que ver cómo esa idea de negocio que tienes toma forma. Sin embargo, también debes tener cuidado.
Si quieres emprender puedes capitalizar el paro. Esta opción consiste en cobrar el paro de golpe para poner en marcha la empresa con ese dinero –aquí puedes ver cómo hacerlo-. También puedes elegir usar tu prestación para pagar las cuotas de autónomo si te estableces por tu cuenta.
Lo que no debes hacer es sumar la indemnización y la capitalización del paro a no ser que, además, cuentes con un colchón financiero adicional. Emprender sin red de seguridad es uno de los errores más comunes de quienes montan su propia empresa por primera vez. No hagas como ellos.
Si vas invertir el paro y la indemnización en emprender, que sea porque cuentas con más ahorros en caso de que no tengas éxitos. En este artículo te explicamos cuánto deberías juntar para poner en marcha tu idea.
Cómo convertir tu indemnización en una oportunidad
Ahora que ya conoces los errores financieros que debes evitar con la indemnización por despido te vamos a desvelar lo que sí debes hacer con ella.
Perder el trabajo y recibir de golpe ese capital puede ser una gran oportunidad… si sabes aprovecharla. Hay tres pasos que te ayudarán a mantener la buena salud financiera aunque estés en paro. El dinero de la indemnización por despido es clave para tu futuro económico.
Revisa de nuevo tu presupuesto
Al quedarte en parto tus ingresos van a ser menores. Puedes empezar a ‘tirar’ de los ahorros o de la indemnización por despido. Sin embargo, la mejor idea es revisar de nuevo tu prepuesto y ajustar tus gastos.
No se trata de convertirnos en tacañones ni de abrazar la frugalidad. Simplemente hay que aprovechar esta oportunidad para reevaluar tus gastos desde una perspectiva diferente. Ahora que no tienes tanto dinero es más fácil que tengas claro qué gastos son importantes y cuáles no, así como lo que de verdad te hacen feliz y los que no.
Con un buen presupuesto podrás tomar mejores decisiones y no basadas en tu percepción sobre cómo son tus finanzas personales.
Pon en marcha el día de las facturas
Si no lo has hecho nunca, te recomendamos que pruebes el método del Día de las Facturas. Si ya lo conoces, sólo tienes que adelantar la fecha en la que ponerlo en marcha.
Este truco forma parte de los mejores trucos para ahorrar que te contamos en el recibirás dentro del curso gratuito.
Párate a pensar en tu carrera profesional
El momento del despido es idóneo para replantearte tu carrera profesional. ¿De verdad te gusta lo que haces? ¿Estabas en el camino que te habías marcado? ¿Dónde te gustaría estar en unos años? ¿Qué te hace falta para lograrlo?
El paro y la indemnización te ponen en un lugar privilegiado, ya que tienes tiempo y capital para formarte. En otras palabras, puedes usar el dinero de la indemnización para hacer ese máster o ese curso que llevas tiempo queriendo hacer. En este artículo te decimos las tres áreas en las que más renta invertir en ti mismo.
Aprovecha la indemnización para generar mucha libertad financiera
Imagínate que gracias a la indemnización por despido pudieses tomarte un año sabático dentro de cinco años o, todavía mejor, que pudiese trabajar sólo en lo que tú quieres. En otras palabras, ¿por qué no aprovechar ese capital para empezar a generar libertad financiera?
Si has cobrado 20.000 euros de indemnización en 10 años podrías tener en tu cuenta 29.600 euros con una rentabilidad del 4% anual gracias al interés compuesto. Si al encontrar trabajo empiezas a preahorrar 200 euros al mes, en una década habrás juntado 50.040 euros. Quita los 20.000 euros de partida y el capital será de solo 29.400 euros. Esta es la diferencia de empezar a invertir con un dinero de entrada.
¿Cómo conseguir esta rentabilidad? En el curso gratuito te explicamos la estrategia de inversión que sí funciona y alternativas para ponerla en marcha.
20 Comments on “Lo que nunca debes hacer con la indemnización por despido”
Buenos días,
Mi empresa hizo un ERE y se confundió calculando la fecha de inicio de contrato. El resultado es que me han pagado un año más de lo que me corrresponde. Ya me han hecho el ingreso y me han dado la carta de despido y el finiquito. ¿Podrían reclamarme este dinero extra en el futuro si se acaban dando cuenta? No se qué debería hacer.
Saludos y muchas gracias!!!!!
Buenas Adriana,
Efectivamente, podrían reclamarte ese dinero que te han entregado de más si se dan cuenta del error. Lo idóneo sería notificárselo a la empresa para arreglarlo antes de que tributes por ese capital al hacer la renta 2022.
Bnos dias. Recibí indemnización por despido Ere.En los cálculos que me hizo ugt sobre lo que me iban a descontar al hacer la declaracion irpf para el año q viene me ponen un tope de unos 114mil euros que están exentos sobre una indemnización neta de 196 mil e no los 180 mil q ponen como realmente exentos a la hora de hacer la declaración sobre una indemnización por despido. .m lo podrían aclarar.gracias.
Buenas Patricia,
El límite exento en las indemnizaciones es de 180.000 euros. Esto quiere decir que no hay que pagar impuestos por las cantidades que recibas hasta 180.000 euros. En tu caso, tendrás que pagar impuestos en el IRPF como renta del trabajo por 16.000 euros, que se sumarán a los salarios que cobraste hasta el ERE y al dinero del paro que percibas.
Hola: Quisera hacerle una pregunta, me despidieron por un despido disciplinario. Llevo 27 años trabajando en la misma empresa, se presenta el gerente y me comenta que me despiden por hurto, porque el cliente se queja y ven la cámaras y me culpan. Entonces me niego a firmar ,no comforme y me dan la liquidación, sin nada mas. Me busco un abogado. Dos días antes del smac, llaman a mi abogado y le ofrecen 26.800 euros y aquí paz y gloria, así que me niego a ese dinero. La empresa al ver que no acepto su propuesta llama al cliente para que presente denuncia, llamándome al cuartel de la guardia civil para hacer declaración. Eso el mismo día después del smac, cuando esto sucedió hace mas de un mes, presto declaración con mi abogado y mi abogado ve el video y se ve que yo no hago nada. Ademas se le hace una declaración a la chica que trabaja para el cliente y ella dice que no me ha visto coger nada, y no paran de llamarme, ya no diciéndome que Madrid lo tiene muy claro y preguntan a compañeros por mi situación. 1- El día que me despidieron ya me dijeron que era lo mejor para mi y que me daban una carta de recomendación, 2- Me pregunto como lo tienen tan claro y me ofrecen 26800 euros ,y 3- puedo pedir daños y prejuicios al cliente …muchas gracias
Buenas Martin,
Quien mejor puede responder a esas dudas es tu abogado, que es quien tiene toda la información y sabe qué se puede reclamar en el juicio o después si decides denunciar por falsa acusación.
Me han echo un despido diciplimario y quería saber si afecta a mi carrera profesional
Buenas Elena,
Un despido disciplinario no tiene por qué tener ningún efecto en tu carrera siempre que no trascienda más allá del ámbito privado entre la empresa y el trabajador o que te pidan referencias en un nuevo trabajo.
Hola…en un despido colectivo por causas económicas,si los representantes sindicales dan el visto bueno a las indemnizaciones,los trabajadores por su cuenta después de recibir carta de despido y cantidades,pueden no estar de acuerdo y impugnar o denunciar esas indemnizaciones??
Gracias y un saludo
Buenas Jose,
Puedes perfectamente impugnar el despido. En este artículo de Cotta Ahogados tienes más información.
Buenas tardes, mi nombre es Carmen. Yo trabajé en una empresa durante 9 años . Pedí a mi jefe que me despidiera por que quería volver a mi país por problemas familiares, año y medio más tarde regrese y me habían echo un despido disciplinario. Y no tuve derecho a indemnización ni finiquito. Y lo que es peor sin poder volver a ocupar un trabajo similar durante toda la vida, creo que es mucho castigo he consultado abogado laboralista pero dicen que no puedo hacer nada. Mi pregunta es. Ese castigo por llamarlo de alguna manera no puedo recurrirlo. Necesito volver a trabajar .
Buenas Carmen,
Entiendo que el abogado laboralista, como experto, tiene más claro que nosotros tus derechos.
Que hago si me hechan y me indemnizan?firmo agarro la plata y lo puedo seguir con un abogado o me conviene no firmar no agarrar nada?
Buenas,
La opción que tomar depende del tipo de despido y de si hay o no opción a demandar con éxito.
Hola, me dieron un despido improcedente en la empresa y estoy esperando el pago de la indemnización. Puedo comenzar a trabajar o me afecta en el pago.
Buenas Mariela,
La clave en este caso es si ya hay una resolución y la empresa ha optado por pagarte en lugar de readmitirte. Si no es así, puedes empezar a trabajar en la nueva compañía, pero si lo haces y la empresa que te echó opta por readmitirte, eso podría afectar a tu indemnización.
Hola, yo he ganado juicio y me tienen que pagar 2 años de trabajo desde 2013 al 2015, mi pregunta es…. que pasa con el desempleo que se ha cotizado con esos 2 años si en 2016 estuve desempleada, tendria derecho?
Buenas Elena,
Te recomiendo que contactes con un abogado laboralista para resolver la cuestión, ya que en Preahorro no somos expertos en el tema.
Hola, dices: «En este momento tendrás que elegir entre la nueva prestación y la que tienes pendiente por terminar». Al elegir una de las dos, ¿pierdo la otra? o una vez gastada la prestación elegida la otra se queda para un futuro por si la pudiera necesitar?
gracias
Buenas Bea,
Debes elegir entre el paro que te queda por consumir y el nuevo. Si eliges el que te queda, el nuevo se extingue, y no podrás disfrutar de él. Y lo mismo ocurre si eliges el nuevo. El paro que no elijas desaparece, no se guarda para el futuro.